La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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  #1  
Antiguo 27-10-2011, 19:46
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Predeterminado Re: Respuesta: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
El BOE,
http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/0...5049-45084.pdf

que es la ley lo dice bien claro





O sea cualquier persona física, y eso incluye a todos los españoles, puede alquilar 1 embarcación sin limitación alguna con el PCOC digan lo que digan las capitanías.
"PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD-Embarcaciones de recreo sin limitaciones".
Esto se refiere a que no hay limitaciones en cuanto a la embarcación que se haya de alquilar por parte de quien muestra esa acreditación, no a las circunstancias de quien acredita esa titulación, aquí estariamos a lo dispuesto en la disposición adicional quinta, sobre todo en su párrafo final cuando dice "con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo", y cuando dice "para los mismos", se refiere a "cualquier persona fisica". De aqui se puede deducir que la limitación es para ciudadanos que por motivos de residencia han tenido que obtener el PCOC, que no se convalida en ninguna Capitanía, y que solo da para la autorización de tres meses, lo cual parece graciable segun la Capitanía donde se pida.

Esto da lugar a tantas interpretaciones como Cofrades opinen, por mi parte, mi opinión está expuesta aquí y en otros hilos que sobre el tema se han abierto. El PCOC no se puede usar como un atajo para eludir el esfuerzo -económico o intelectual- que supone sacar una titulación que autorice a gobernar una embarcación, ni como un negocio, como hemos visto que sucedía en Ebay, donde claramente se vendía al mejor postor. Luego nos quejamos de esos barcos, a motor o vela que van por la mar sin respetar nada, pregúntémosnos cuantos de ellos tienen una titulación currada y pagada en una academia decente.

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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Choquero
nunezjuanma (28-10-2011)
  #2  
Antiguo 27-10-2011, 19:56
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Para los mismos se refiere obviamente a los titulos, mira el anexo XII, no dice NADA de personas.

Que es 1 agravio comparativo, es cierto, pero la ley lo permite.
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  #3  
Antiguo 27-10-2011, 20:28
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

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  #4  
Antiguo 28-10-2011, 02:49
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Saludos y unas cervezas para todos.

Soy totalmente novato en estos mares y en cualquiera de ellos, asi que os pido comprension si digo alguna tonteria.

Estoy estudiando para obtener el PER y en un futuro poder tener mi pequeño (o lo que de el bolsillo de si) velero.

Tras leerme todo el post sobre el titulo canadiense....mi pregunta es la siguiente:
Mi base de operaciones seria Huelva, si con el PER , puedo navegar 12 millas legalmente, no se exactamente cuanto tienen jurisdicionalmete de extension las aguas territoriales, pero yo creo que rapidamente saldria a las portuguesas, entonces en aguas portugueras y fuera de ellas... en aguas internacionales... estaria navegando legalmente con el titulo canadiense?

Muchas gracias por anticipado.
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  #5  
Antiguo 28-10-2011, 09:18
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

En Román paladín.

Un español que vive en Canadá, con el título “PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD” puede venir a España de vacaciones, con permiso de la capitanía podrá navegar en aguas españolas durante 3meses.
Puede navegar en un barco de lista 6º, Si hay una empresa que se atreva a alquilarle un barco.
Como tiene mucho dinero para estar de vacaciones 3 meses en España, se puede comprar uno lista 7º.
Una vez pasado este plazo se queda en tierra o se marcha a pasar mucho frio en Canadá, donde está su casa.


Un español que vive en españa, con el título “PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD”.
Solo puede buscar al cab*** que le ha vendido el título, para tomarse unas cervecitas y poder reírse juntos.
Porque solo puede navegar por internet. con este título.

saludos
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  #6  
Antiguo 29-10-2011, 02:29
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por kamisub Ver mensaje
En Román paladín.

Un español que vive en Canadá, con el título “PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD” puede venir a España de vacaciones, con permiso de la capitanía podrá navegar en aguas españolas durante 3meses.
Puede navegar en un barco de lista 6º, Si hay una empresa que se atreva a alquilarle un barco.
Como tiene mucho dinero para estar de vacaciones 3 meses en España, se puede comprar uno lista 7º.
Una vez pasado este plazo se queda en tierra o se marcha a pasar mucho frio en Canadá, donde está su casa.


Un español que vive en españa, con el título “PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD”.
Solo puede buscar al cab*** que le ha vendido el título, para tomarse unas cervecitas y poder reírse juntos.
Porque solo puede navegar por internet. con este título.

saludos
parece que no has llamado al teléfono proporcionado.
Lo que dices es MENTIRA!
informate bien porque no se puede venir aqui a decir con tal caradura lo que uno considera.

saludos.
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  #7  
Antiguo 29-10-2011, 06:51
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Predeterminado Re: Capitàn Yate en Canadá

Cita:
Originalmente publicado por PepeMacia Ver mensaje
parece que no has llamado al teléfono proporcionado.
Lo que dices es MENTIRA!
informate bien porque no se puede venir aqui a decir con tal caradura lo que uno considera.

saludos.
Como te dije en su día.
Yo si he llamado a marina mercante.

Te di la oportunidad y el beneficio de la duda. Pero prefieres atacarme.

Solo he dicho en castellano de la calle las informaciones que me han dado en marina (omitiendo algunos calificativos) y de algunos escritos de foreros en este hilo.

Ahora si voy a decir lo que pienso.
Solo un timador y un charlatán tiene la desfachatez de llamarme mentiroso.
Entiendo que intentes llenar tu bolsa de monedas, pero no me parece bien que lo hagas de esta forma. Tu grado de cinismo en querer mantener vivo este hilo es del tamaño del titanic.

saludos
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  #8  
Antiguo 13-02-2012, 20:06
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Originalmente publicado por Cubataman Ver mensaje
Saludos y unas cervezas para todos.

Soy totalmente novato en estos mares y en cualquiera de ellos, asi que os pido comprension si digo alguna tonteria.

Estoy estudiando para obtener el PER y en un futuro poder tener mi pequeño (o lo que de el bolsillo de si) velero.

Tras leerme todo el post sobre el titulo canadiense....mi pregunta es la siguiente:
Mi base de operaciones seria Huelva, si con el PER , puedo navegar 12 millas legalmente, no se exactamente cuanto tienen jurisdicionalmete de extension las aguas territoriales, pero yo creo que rapidamente saldria a las portuguesas, entonces en aguas portugueras y fuera de ellas... en aguas internacionales... estaria navegando legalmente con el titulo canadiense?

Muchas gracias por anticipado.
yo creo que si
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  #9  
Antiguo 28-10-2011, 15:04
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Predeterminado Re: Respuesta: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por Choquero Ver mensaje
"PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD-Embarcaciones de recreo sin limitaciones".
Esto se refiere a que no hay limitaciones en cuanto a la embarcación que se haya de alquilar por parte de quien muestra esa acreditación, no a las circunstancias de quien acredita esa titulación, aquí estariamos a lo dispuesto en la disposición adicional quinta, sobre todo en su párrafo final cuando dice "con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo", y cuando dice "para los mismos", se refiere a "cualquier persona fisica". De aqui se puede deducir que la limitación es para ciudadanos que por motivos de residencia han tenido que obtener el PCOC, que no se convalida en ninguna Capitanía, y que solo da para la autorización de tres meses, lo cual parece graciable segun la Capitanía donde se pida.

Esto da lugar a tantas interpretaciones como Cofrades opinen, por mi parte, mi opinión está expuesta aquí y en otros hilos que sobre el tema se han abierto. El PCOC no se puede usar como un atajo para eludir el esfuerzo -económico o intelectual- que supone sacar una titulación que autorice a gobernar una embarcación, ni como un negocio, como hemos visto que sucedía en Ebay, donde claramente se vendía al mejor postor. Luego nos quejamos de esos barcos, a motor o vela que van por la mar sin respetar nada, pregúntémosnos cuantos de ellos tienen una titulación currada y pagada en una academia decente.

choquero no desvirtues por interese personales, lo que esta escrito en el BOE y confundas al personal !! cuando dice " para los mismos" hace referencia a los titulos del anexo, y NO a "cualquier persona fisica" como tu escribes, de donde te has sacado eso???? hay!!! cuanto ineresado con las academias nauticas y su negocio hay por estos foros!!!
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  #10  
Antiguo 28-10-2011, 16:29
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Originalmente publicado por navegante 2007 Ver mensaje
choquero no desvirtues por interese personales, lo que esta escrito en el BOE y confundas al personal !! cuando dice " para los mismos" hace referencia a los titulos del anexo, y NO a "cualquier persona fisica" como tu escribes, de donde te has sacado eso???? hay!!! cuanto ineresado con las academias nauticas y su negocio hay por estos foros!!!

Te has saltado una intervención posterior en la que se me avisa y doy la razón a quien lo dice.
Escribiendo el post recibí una llamada del Cofrade Sachi, y al retomar el hilo, con las prisas, se me fue la pinza.
Pero si el "POZI" que le puse al cofrade no te es sufiente, dime a donde me tengo que dirigir para bajarme los pantalones a tu gusto.
Suyo affmo. Choquero, Patrón de Cabotaje por la Escuela Náutico-Pesquera de Huelva, Patrón de Yate convalidado, Carnets de conducir A1, A2, B, BTP y C, Piloto diplomado de acémilas y ganados diversos y otros títulos y carnets, aparte de los nobiliarios ya conocidos.



Pd. Antes de acusar de nada, mira quien saca tajada de estos cursos, que yo ni tengo academia, ni interés, siempre he defendido el bien común en esta Taberna, y por eso trato de ebvitar disgustos a terceros. El día que alguien esgrima una tarjeta de PCOC ante la GC y tenga una denuncia, quizás recuerde todo o leído aquí. De las consecuencias de esa denuncia, luego dará razón a unos o a otros, esperemos que ocurra y sabremos quien tiene razón. Yo me remito a lo que de viva voz oí.
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  #11  
Antiguo 29-10-2011, 02:35
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Predeterminado Re: Respuesta: Capitàn Yate en Canadá

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Originalmente publicado por Choquero Ver mensaje
Te has saltado una intervención posterior en la que se me avisa y doy la razón a quien lo dice.
Escribiendo el post recibí una llamada del Cofrade Sachi, y al retomar el hilo, con las prisas, se me fue la pinza.
Pero si el "POZI" que le puse al cofrade no te es sufiente, dime a donde me tengo que dirigir para bajarme los pantalones a tu gusto.
Suyo affmo. Choquero, Patrón de Cabotaje por la Escuela Náutico-Pesquera de Huelva, Patrón de Yate convalidado, Carnets de conducir A1, A2, B, BTP y C, Piloto diplomado de acémilas y ganados diversos y otros títulos y carnets, aparte de los nobiliarios ya conocidos.



Pd. Antes de acusar de nada, mira quien saca tajada de estos cursos, que yo ni tengo academia, ni interés, siempre he defendido el bien común en esta Taberna, y por eso trato de ebvitar disgustos a terceros. El día que alguien esgrima una tarjeta de PCOC ante la GC y tenga una denuncia, quizás recuerde todo o leído aquí. De las consecuencias de esa denuncia, luego dará razón a unos o a otros, esperemos que ocurra y sabremos quien tiene razón. Yo me remito a lo que de viva voz oí.
choquero,
como último favor te pido que llames al teléfono publicado del departamento de Marina Mefrcante encarado de títulos, convalidaciones y demás, preguntes por la persona a la que remiten en los mails de rafa y le preguntes:
Un español con residencia en españa, puede navegar legalmente con un titulo extrangero de los del anexo XII famoso (como lo es el PCOC canadiense) con un barco de alquiler (lista 6ª)??

su respuesta será: Si

te pido como ultimo favor en este tema que lo hagas.

a partir de aqui cada uno endrá su opinión sore si esto es mejor o peor y sobre si gusta más o menos pero todos sabremos que es legal 100%

Te pido que lo hagas a ti ya que eres una vo crítica en este tema pero me pareces una persona de fiar y creo que si lamas y te dicen que si, asi lo escribirás aqui.

Saludos,

Pepe
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