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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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como es eso?. Una noticia muy interesante!!. A partir de que año tiene que ser del barco?, de que bandera( Union europea o cualquier pais)?, cuales son los tramites a seguir al comprar bandera extranjera a partir de ahora?. mas info por favor y unas rondas para soltaros la lengua
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#2
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Hay varios hilos al respecto , se trata del Da 1 , con aplicacion al 1 de enero del 2011 , vale solo para la CEE , lo dejas con la bandera de origen pero tienes que pagar los impuestos , y cambiar en nombre del propietario en el país de la bandera , a capitanía no hace ni falta pasar .
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a vertijean | ||
Troton25 (01-12-2011) | ||
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#3
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¿Puedo entender entonces que si me compro un barco bandera UE y la mantengo, no tengo porque seguir la para algunos " absurda y exagerada" normativa española?...creo que si es asi muchos acudiran al mercado UE para comprar y asi como se vaya llenando los puertos de banderas extranjeras igual se les ocurre a las autoridades que es conveniente unificar criterios en la UE con lo que ganamos todos.
![]() Editado por xelest en 07-11-2011 a las 12:29. |
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#4
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Cita:
Pregunta en Capitanía si tienes interés en saber lo que hay, en los foros la genta da su opinión y siempre hay quién habla sin tener ni pu** idéa de lo que está diciendo. Y si quieres, después, nos cuentas lo que te hayan dicho. Saludos. |
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#5
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Cita:
Yo tengo bandera francesa desde Agosto, he ido a Capitanía y me dicen que desde este año se puede, que no hay problema . Les he preguntado que pasa con el tema hacienda y ellos me dicen que no tienen ni idea, que eso no les incumbe a ellos. He ido a Hacienda, y me han mandado de ventanilla en ventanilla y nadie ha sabido decirme nada claro. En hacienda unos me han dicho que pague transmisiones ( pero como voy a pagar transmisiones si el barco ya esta a mí nombre??) y otros me dicen que si lo tengo a mí nombre, que no pague nada. Vamos, que veo que no tienen ni idea ( por lo menos los de la oficina en la que yo estuve) con lo cual de momento voy a esperar a que se aclaren. Mi intención no es en ningún caso eludir ningún pago ni impuesto pero visto lo visto me quedo a la espera de que se aclare el asunto. |
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#6
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Os voy a dar un buen consejo : id lo cuento entes a hacienda , ventanilla de impuestos especiales sobre vehículos , liquidar el impuesto de matriculación si la nave mide mas de 8 mts , en el caso contrario su exempcion y entregar una fotocopia a nuestro puerto , os evitareis problemas con aduanas cuando se van a pasar por los pantanales .
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#7
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Pues aqui otro cofrade que ha hecho todas las averiguaciones:
Personalmente (no aquello de un amigo de un amigo, no, yo mismo) he estado en Capitania: Respuesta: no hay problema. Desde el 1 de enero está permitido. Nosotros no tenemos nada que ver con los barcos de bandera EU. Personalmente, de nuevo, fui a la Guardia Civil- Nosotros sólo comprobamos el estado en regla de embarcaciones ESPAÑOLAS o extranjeras en lo referente a drogas-contaminación-seguridad. Y respecto a la seguridad, ellos entienden que cada barco con su bandera EU llevará el equipamiento y títulos que exiga su legislación. De hecho, el sargento con el que hablé me dijo que llevan una hoja plastificada abordo a modo de resumen con lo que exigen las principales banderas EU: Inglaterra, Francia, Alemania, Holanda, Bélgica, Italia. Personalmente de nuevo fui a Hacienda: Respuesta: Si el barco tiene IVA pagado en pais EU, lo demuestras con documento y no hace falta pagarlo. Si no, lo pagas. Lo que SI que tienes que pagar es el Impuesto de Matriculación del barco, al ser mayor de 8 metros, (si es menor de 8 metros no pagas nada). Pues pagué el 12% del valor actualizado de mi barco, y el IVA, que ya lo tenía pagado, lo justifiqué con documento de la Hacienda Inglesa. Acudo después a ADUANAS, y me dicen que ellos no se meten con las banderas, que les da igual la que lleves, SIEMPRE Y CUANDO lleves docuemtnos que acrediten que el barco es tuyo y RESGUARDO de haber pagado los impuestos en España. Resultado: perfectamente legal, y aquí un servidor navegando con todo en regla bajo pabellón británico.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#8
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Corroboro cada pintón, es exactamente así , yo tengo bandera. Alemana .
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#9
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Cita:
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#10
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Cita:
MAs de seis meses en España obliga a pagar los impuestos españoles correspondientes. Es decir IVA ,si fuera el caso que no se hubiese pagado e IMpto de Matriculacion del valor que hacienda tase el barco 12 %. Ojo ¡¡ pOr lo demas puedes mantener la tricolor |
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