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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#12
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Pues aqui otro cofrade que ha hecho todas las averiguaciones:
Personalmente (no aquello de un amigo de un amigo, no, yo mismo) he estado en Capitania: Respuesta: no hay problema. Desde el 1 de enero está permitido. Nosotros no tenemos nada que ver con los barcos de bandera EU. Personalmente, de nuevo, fui a la Guardia Civil- Nosotros sólo comprobamos el estado en regla de embarcaciones ESPAÑOLAS o extranjeras en lo referente a drogas-contaminación-seguridad. Y respecto a la seguridad, ellos entienden que cada barco con su bandera EU llevará el equipamiento y títulos que exiga su legislación. De hecho, el sargento con el que hablé me dijo que llevan una hoja plastificada abordo a modo de resumen con lo que exigen las principales banderas EU: Inglaterra, Francia, Alemania, Holanda, Bélgica, Italia. Personalmente de nuevo fui a Hacienda: Respuesta: Si el barco tiene IVA pagado en pais EU, lo demuestras con documento y no hace falta pagarlo. Si no, lo pagas. Lo que SI que tienes que pagar es el Impuesto de Matriculación del barco, al ser mayor de 8 metros, (si es menor de 8 metros no pagas nada). Pues pagué el 12% del valor actualizado de mi barco, y el IVA, que ya lo tenía pagado, lo justifiqué con documento de la Hacienda Inglesa. Acudo después a ADUANAS, y me dicen que ellos no se meten con las banderas, que les da igual la que lleves, SIEMPRE Y CUANDO lleves docuemtnos que acrediten que el barco es tuyo y RESGUARDO de haber pagado los impuestos en España. Resultado: perfectamente legal, y aquí un servidor navegando con todo en regla bajo pabellón británico.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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