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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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El BOE del 27/1/2012 http://www.boe.es/boe/dias/2012/01/2...-2012-1297.pdf limita más el uso de las titulaciones extranjeras:
Serán admitidos por la Dirección General de la Marina Mercante las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo emitidas por aquellos Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, además de los que figuran en el siguiente cuadro. La persona que esté en posesión de un título para el gobierno de embarcaciones de recreo emitido por un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o por uno de los incluidos en el siguiente cuadro, deberá demostrar su residencia en el Estado expedidor del título en el momento de la expedición, si su nacionalidad difiere con la de dicho Estado expedidor. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a hole19 | ||
ercapitantan (29-01-2012) | ||
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#2
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Ed. Tabernero. Incumple las norma del foro
Editado por Tabernero en 31-01-2012 a las 12:51. |
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#3
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Me parece totalmente inoportuno sacar temas policos y menos aun partidistas.
Editado por Tabernero en 31-01-2012 a las 12:51. |
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#4
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A mi, más que un tema político, me parece una reacción lógica a la famosa polémica sobre ese título canadiense de Craf Operator..., que siempre resucita en este foro...!
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Iñaki |
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#5
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Cita:
![]() ![]() ![]() Saludos. Coronadobx |
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#6
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Hombre , según eso ya habrá muerto el bicho canadiense este , pero os planteo otra duda : que pasa con los barcos de la EU , y de fuera , que navegan legalmente en España , amparados por el DA 1 , puede navagar uno con un barco holandés sin titulo ?
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#7
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Ya existe un hilo al respecto. Foro incorrecto
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