![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
|
Bueno, parece uno de esos casos típicos en los que las comunidades autónomas van por detrás de las leyes, nada más. Dentro de un par de años, un funcionario se dará cuenta de como está eñl asunto y lo arreglará, mientras tanto, a aguantarse.
Por cierto, no des ideas sobre papeles a pedir, la Administración es un mosntruo que engendra obligaciones para sus administrados a poco que se le moleste. ![]() ![]()
__________________
Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Hola a todos:
Ese trámite, aunque no genera ingresos, genera información, Hacienda nunca duerme. Saludos. |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Nada nuevo bajo el Sol.
La Adminsitración es cómo el escorpión que picó a la rana, sabiendo que ambos se ahogarían en el río. ¡¡¡Es su naturaleza!!!....esté en manos del PSOE o del PP. Antes las cosas de palacio iban despacio. Ahora, las cosas de palacio, siguen yendo despacio....pero sin consecuencias (para el funcionario, of course) |
|
#4
|
||||
|
||||
![]() pedir papeles es una forma de luchar por el puesto de trabajo. ¿te imaginas lo que hace el trabajador interino en la capitania durante todo el dia si ya casi nadie compra un barco? pues generar trafico administrativo sino su trabajo no se justifica. ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Hacienda es así.
Normalmente la no sujeción de impuestos implica que no es necesaria hacer declaración, pero si lo es en el caso de las exenciones. En tu caso se trata de un supuesto de no sujeción, pero fíjate en los subrayados que te pongo. El impuesto especial de matriculación viene regulado en el artículo 65.1.b) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, modificado por la Disposición Adicional sexagésima segunda de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para el año 2008 (BOE núm. 310, de 27 de diciembre). [FONT='Arial','sans-serif']I1. Estaran sujetas al impuesto:[FONT='Arial','sans-serif']mpuesto Especial b) La primera matriculacion de embarcaciones y buques de recreo o de deportes nauticos, nuevos o usados, que tengan mas de ocho metros de eslora, en el registro de matricula de buques, ordinario o especial o, en caso de no ser inscribibles en dicho registro, la primera matriculacion en el registro de la correspondiente Federacion deportiva IMPRESO 06: IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADO MEDIOS DE TRANSPORTE DECLARACIONES (EXENCION Y NO SUJECIONES SIN RECONOCIMIENTO PREVIO) [/font][/font]Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte DECLARACIÓN (EXENCIONES Y NO SUJECIONES SIN RECONOCIMIENTO PRE
__________________
SAL PARADISE MMSI: 224295240 ![]() "Los españoles tenemos una mala costumbre: Primero tomamos partido y luego justificamos nuestro argumento, cuando antes deberíamos informarnos y después tomar partido.". |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Pues no es así, la norma no solo impone obligaciones de pago, también de aportar documentación o facilitar información. La Agencia Tributaria que gestiona este impuesto, la única forma que tiene de controlar si una embarcación está sujeta o no al impuesto, por eslora menor a 8 metros, es haciéndote pasar por la ventanilla, con la documentación del barco. Al funcionario de Capitanía, que no sabe, ni tiene que saber de impuestos, solo se le pide que controle que la Agencia Tributaria, previamente, ha reconocido la no sujeción. En un país con tanto “espabilao” no hay más remedio que poner muchos controles y como siempre acaban pagando justos por pecadores. Saludos. |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Estimados SAL PARADISE y LP706 no dudo lo que dice la ley, sufro lo que dice la ley.
La disposicion adicional se refiere al paso de siete y medio a ocho metros para la exencion (hablo de memoria). En la ley original eran 7,5 los metros exentos. Creo que si la ley excluye a todos los barcos menores de ocho metros del pago del impuesto, la simple presencia de la documentacion del barco ya justifica su exencion ante cualquier organismo. En la capitania no saben de impuestos pero si de requisistos para la matriculación y saben que un barco de menos de ocho metros no paga este impuesto. Con todo esto no quiero entrar en polemica, es mi punto de vista, respeto el vuestro aunque no coincidimos. Yo pienso que el camino correcto es hacer la vida mas facil a todos y simplificar los tramites sin perdia de efectividad administrativa, esto me trae a la cabeza esa cosa que existe, y no se utiliza, llamada "VENTANILLA ÚNICA". El otro camino es certificar lo certificado por la evidencia y el sentido común. A los "listos" con unos buenos cruces de datos entre administraciones y gente que analice estos "cruces" es suficiente. No es cuestion de muchos controles, pocos pero bien hechos. Y ya entramos en un mal de este pais, no es cuestion de trabajar mucho ... es cuestion de trabajar bien. |
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() birras para todos, hasta para los buenos funcionarios de Capitanía, que me consta que también los hay![]() ![]() |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Hola a todos:
Las cosas podrían ser muuuucho más fáciles, de eso ni hay dudas, pero al día de hoy son como son y hacer las cosas siguiendo los cauces normalizados es mucho más fácil que intentar convencer a un funcionario que se salgo de las pautas que le marcan las normas. Saludos. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|