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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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Iñaki |
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#2
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Cita:
¿Sin tener el PPer, ni el permiso de charter "con tripulación"?.Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#3
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Yo creo que Iñaki se refiere a facturar el alquiler del barco, no tus servicios como patrón.
Sin título profesional no puedes facturar legalmente tus servicios como patrón, teoricamente claro, porque muchas empresas de charter que ofrecen patrón por 150 euros al día. El patrón que ofrecen no suele (salvo honrosas excepciones) tener título profesional y cobra bajo cuerda... Y con los tochos del BOE que piden para el examen de PPER me temo que esta situación no cambiará en breve... |
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#4
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Sin embargo la posibilidad que comenta El Temido me parece muy interesante: Si te he entendido bien tienes tu barco en lista 6ª. Lo alquilas a un grupo de clientes, pagas tus impuestos, facturas el IVA, etc. Si ninguno de ellos tiene título de recreo te nombran patrón (sin cobrar) y hala, a pasearlos
Eso sí, solo les cobras el alquiler de tu barco y tus servicios de patrón "gratis" |
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#5
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Cita:
Esta es la "vía" que se ha "explotado" toda la vida, hasta hoy, con los títulos deportivos. Pero un GC/juez puede presumir que hay una prestación de un servicio que se factura de forma encubierta vía el alquiler... Que conste que yo no soy abogado, pero eso funciona mientras no hay problemas (daños al barco o a terceros, heridos entre la tripulación o simplemente descontentos...) y no haya posibilidad de que los mismos clientes o la compañía de seguros te denuncien... ![]() ![]()
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Iñaki |
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#6
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Es lo que me imaginaba.
Además antes de existir el PPER no habría otra cosa, pero claro supongo que ahora con la existencia del PPER si te quieren buscar las cosquillas... |
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#7
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Y enrevesando un poquito más....si tus clientes que alquilan tu barco de lista 6 no alquilan patron pero quieren contratar el servicio de un marinero? En este caso como se burocratiza el combinao de manera legal?
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#8
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Cita:
Y eso tiene muy poco que ver, con quien el "armador temporal" nombre libremente como patrón. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#9
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Cita:
A lo que me refiero es a que los clientes de la empresa de charter seguramente denunciarán al patrón, (al que casi seguro sólo conocen de esa navegación y que probablemente les ha recomendado la empresa de charter) si alguno de ellos sufre un accidente, por ejemplo, tanto si éste es "ilegal" como "legal", pero la diferencia está en que si es "ilegal" se las va a cargar con todo el equipo... ![]()
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Iñaki |
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#10
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Cita:
Armador el PPER y patrón el mismo PPER. ![]()
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Iñaki |
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