La Taberna del Puerto Smartsails
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  #1  
Antiguo 05-07-2012, 02:56
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por Alvator Ver mensaje
Mi duda esta en que porque puedo gobernar embarcaciones de 11,99 m y no una de 12,01 m ? y de que eslora? la de flotación? la total? o cualquier otra?
saludos
Porque con el carnet de conducir B puedes conducir vehiculos de 3499 kilogramos de peso total autorizado y no de 3501 ???
pues es lo mismo.

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  #2  
Antiguo 05-07-2012, 10:23
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

Estimados Cofrades, saludos y

Este tema sale cada cierto tiempo, a ver si este es el último.


ORDEN FOM/3200/2007, publicada en el BOE 264 de 3 de noviembre de 2007.

La definición del tipo de barco está en los primeros artículos de la Orden.

y esta orden no tiene nada que ver con el R.I.P.A.

Otro saludo y más
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae.

Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro.
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  #3  
Antiguo 05-07-2012, 14:38
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

Como poder puedes, el problema es si la autoridad competente te da el alto.
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  #4  
Antiguo 05-07-2012, 18:28
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por doctormaligno Ver mensaje
Como poder puedes, el problema es si la autoridad competente te da el alto.
No le diran absolutamente nada por no llevar titulo para vela si va a motor
Si vas con un velero sin mastil hace falta titulo de vela?
Somos mas tontos que cipote
SALUT
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Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a NEFTA
bentevexo (06-07-2012)
  #5  
Antiguo 05-07-2012, 19:00
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por NEFTA Ver mensaje
No le diran absolutamente nada por no llevar titulo para vela si va a motor
Si vas con un velero sin mastil hace falta titulo de vela?
Somos mas tontos que cipote
SALUT
Si nos ponemos finos, el art 8 pone ... "Patrón de yate:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la navegación ...
".

Entonces ¿si estamos sin gobierno... no hace falta titulación?

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  #6  
Antiguo 05-07-2012, 18:52
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por mazarredo Ver mensaje
Estimados Cofrades, saludos y

Este tema sale cada cierto tiempo, a ver si este es el último.


ORDEN FOM/3200/2007, publicada en el BOE 264 de 3 de noviembre de 2007.

La definición del tipo de barco está en los primeros artículos de la Orden.

y esta orden no tiene nada que ver con el R.I.P.A.

Otro saludo y más
ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

__________________

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  #7  
Antiguo 05-07-2012, 19:01
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por Itaca2 Ver mensaje
ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

A ver Itaca creo que esta haciendo una interpretación errónea y torticera del BOE y del comentario del compañero Mazarredo. Además es posible que el funcionario que escribio el BOE ese día estuviese borracho o drogado, vete tu a saber. ¿Tienes alguna prueba de que esto no era así?
Yo tengo un primo que su cuñado que es bedel en el ministerio de defensa le dijo que se podía.
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  #8  
Antiguo 05-07-2012, 19:23
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

Cita:
Originalmente publicado por martinsabo Ver mensaje
A ver Itaca creo que esta haciendo una interpretación errónea y torticera del BOE y del comentario del compañero Mazarredo. Además es posible que el funcionario que escribio el BOE ese día estuviese borracho o drogado, vete tu a saber. ¿Tienes alguna prueba de que esto no era así?
Yo tengo un primo que su cuñado que es bedel en el ministerio de defensa le dijo que se podía.
Aunque esté borarcho, drogado o tenga un brote psicótico, lo publicado en el BOE va a misa
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  #9  
Antiguo 05-07-2012, 22:48
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por Itaca2 Ver mensaje
ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

Leed lo que pone en vuestro certificado de navegabilidad, en el mio, un jeanneau Aquila de 28 pies, pone que el tipo de embarcacion es MOTOVELERO y en la mayoria de barcos de vela dotados de motor, pone que el tipo de embarcacion es MOTOVELERO.
Yo puedo llevar mi barco con el PER de motor si voy a motor.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Flying Dutchman
bentevexo (06-07-2012)
  #10  
Antiguo 06-07-2012, 00:28
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

yo como voy en un motovelero, voy a ver si cuela poner gasoleo de ese que ponen los pescadores que es mucho más barato, y como a ellos les va bien, seguro que a mi barco tambien le va bien.

S fuera tan sencillo, para que puñetas han sacado la habilitación a vela.

Sales en tu barco a motor del puerto, miras al horizonte y no ves a nadie, sacas las velas y a navegar........, total despues las guardas y vuelves al puerto a motor, siempre cumples......

Las leyes y reglamentos están para cumplirlos, si no como decía aquel cofrade, que puede ir en un yate de más de 20 metros "sin gobierno", ya que su titutulo solo le habilita para gobernar embarcaciones de ......

Nada.... mi barco se ha vuelto ingobernable.... no tengo problemas de titulación.


__________________
Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
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  #11  
Antiguo 06-07-2012, 00:32
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

Por Dios la que se ha liado!!!!!! Por favor sacate la habiltacion a vela y en paz que ya que tienes el titulo es una pena no tenerlo y ademas queda muy bonito en la tarjeta!:v elero:Coronadobx
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  #12  
Antiguo 06-07-2012, 01:03
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

Cita:
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yo como voy en un motovelero, voy a ver si cuela poner gasoleo de ese que ponen los pescadores que es mucho más barato, y como a ellos les va bien, seguro que a mi barco tambien le va bien.

S fuera tan sencillo, para que puñetas han sacado la habilitación a vela.

Sales en tu barco a motor del puerto, miras al horizonte y no ves a nadie, sacas las velas y a navegar........, total despues las guardas y vuelves al puerto a motor, siempre cumples......

Las leyes y reglamentos están para cumplirlos, si no como decía aquel cofrade, que puede ir en un yate de más de 20 metros "sin gobierno", ya que su titutulo solo le habilita para gobernar embarcaciones de ......

Nada.... mi barco se ha vuelto ingobernable.... no tengo problemas de titulación.


No estamos hablando de hacer trampas, no hay por qué sacar la vela, tu navegas a motor y ya está, que diferencia hay en navegar a motor con un barco que tiene un palo a otro que no lo tiene? y las chalupas que se usan para el calamar que llevan una latina para aproarse al viento necesitan la habilitación para vela? por dios, estáis equivocados, mintras no uses las velas puedes navegar sin problemas (apuestas ) y ya por último, las prácticas de vela (yo las hice) no sirven ABSOLUTAMENTE PARA NADA
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o que ten cu ten medo
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  #13  
Antiguo 17-07-2012, 22:18
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Predeterminado Re: Navegar con PER para motor en velero

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Originalmente publicado por bentevexo Ver mensaje
No estamos hablando de hacer trampas, no hay por qué sacar la vela, tu navegas a motor y ya está, que diferencia hay en navegar a motor con un barco que tiene un palo a otro que no lo tiene? y las chalupas que se usan para el calamar que llevan una latina para aproarse al viento necesitan la habilitación para vela? por dios, estáis equivocados, mintras no uses las velas puedes navegar sin problemas (apuestas ) y ya por último, las prácticas de vela (yo las hice) no sirven ABSOLUTAMENTE PARA NADA
O sea que según tú: ¿Los PNB que tengan un velero de 8 m estan obligados a meter su barco en puerto a vela y buen tino, con el consiguiente "despiforcie" general, dado que su titulo solo les permite llevar barcos a motor de 7,5m? ¡Pues que putada!
¡apuesto!
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