La Taberna del Puerto Bandera de Polonia
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 28-11-2012, 13:09
Avatar de Galletas
Galletas Galletas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 27-10-2006
Localización: Rias Baixas
Edad: 57
Mensajes: 727
Agradecimientos que ha otorgado: 51
Recibió 208 Agradecimientos en 116 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Hacienda y los extra

En "calificación jurídica" figura:
"En cuanto a la base imponible... estará constituida a)En los medios de transporte nuevos, por el importe que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determinado como base imponible a efectos del impuesto sobre el valor añadido, .... la base imponible del impuesto especial sobre determinados medios de transporte, se haya constituida por el valor del medio de transporte y de los accesorios incorporados con anterioridad al momento del devengo"
Por eso consideraba que la electrónica o las velas, aunque el pago se haya realizado en el momento de la compra por las condiciones que me ofrecía el vendedor por hacerlo así, al ser incorporadas una vez que el barco ya ha sido entregado no deberían incluirse.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 28-11-2012, 21:15
Avatar de 4rosas
4rosas 4rosas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 20-05-2010
Localización: Cantábrico
Mensajes: 690
Agradecimientos que ha otorgado: 496
Recibió 205 Agradecimientos en 146 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Hacienda y los extra

Hola, el derecho de la administración para exigir las deudas tributarias prescribe a los 4 años (artículos 66 y siguientes de la Ley General Tributaria), es posible q ya lo sepas, si es así , pero por si acaso . Dependiendo de las fecha de 2008 y 2012 podría estar prescrito . Aquí puedes saber algo más: http://noticias.juridicas.com/base_d...03.t2.html#a66
Si fuese el caso haces un escrito solicitando la anulación por prescripción y a esperar (y míralo bien, no sea que tu propio escrito interrumpa la prescripción).
Saludos
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Bandera de Polonia

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:48.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto