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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Estimados cofrades... qu´e decir, qu´e añadir...¡¡¡¡¡¡¡
Ha sido un hilo impresionante, lleno de sabidur´ia, rigor y elegancia.... Gracias a todos los part´icipes, Verti, Kibo, Tupac... y todos esos valientes. Gracias. Mil birras para todos... ![]() ![]() ![]() ![]() Y enhorabuena por haber roto el cors´e y abrirnos las puertas a todos los demas.... Me lo he leido del tir´on¡¡¡¡¡ Varias horas.... 30 p´aginas...... Todo sabidur´ia..... Parece que hay una puerta abierta y hay que meter a cabeza en ella. Voy a evitar pol´micas in´uties.... como dec´ia un sabio; acude a las fuentes... no a los charcos....Me voy a permitir hacer una breve consulta, sin abusar de vuestros conocimientos, por si pudierais darme algo de ayuda. Estoy en tratos para adquirir una semirr´igida italiana, BWA, con marcado CE y modelo existente y homologado en España, que est´a en Italia legalmente habilitada para 12 millas. La embarcacion es de 8,50 metros, claramente sujeta a impuesto de matriculación en España del 12 por ciento. Es del 2005, de un propietario particular, de recreo. Estoy gestionando su importacion, pagando en España 4 por ciento TPYAJD y luego impuesto de matriculacion del 12. Para ello y siguiendo las valiosas indicaciones de un cofrade experto en estas lides -gracias RMR- estoy gestionando copia de factura original de compra con indicacion num serie motor y casco, detalle de IVA pagado, manual usuario, certificado CE, contrato de compraventa actual en ambos idiomas, exento de impuesto para exportacion, y certificado de baja en Italia.... para importar, pagar impuestos y matricular en España, en principio en 12 millas. Luego pensaba irla pasando a 25-60 millas -homologada B,C - segun fuera comprando esas "cosllas" que van haciendo falta.....pero ahora, tras la lectura de este pedazo de dossier.... me planteo 2 alternativas 1.- mantener pabellon Italiano, sujeto a sus normas de navegacion y seguridad, pagando los impuestos y procesos necesarios......siempre y cuando Italia consienta, como habeis aclarado de Blegica, mantener pabellon Italiano por un no residente fuera de sus aguas.... ¿Sabeis si es posible? de serlo... ¿compensa en zona 4 la normativa Italiana respecto a la Española? con que fuera algo menos restrictiva que la Española, y todo legal..... estoy dispuesto.... y harto de la Española.... 2.- lo mismo pero en caso de que no consienta Italia pabellon de no residentes, bien dar de baja pabell´on Italiano y solicitar el Belga -supongo que lo conveniente seria que lo hiciera el actual propietario y me la vendiera ya cambiada- ...... o podria importarla a España con baja Italia y aqui solictar pabellon belga...? Parece claro que este caso, de origen real Italia de segunda mano esta plenamente ajustado a legislacion -gracias por el rgor Tupac, se agradece... y algo queda...- pero me falltaria saber si pabellon Italiano consiente no residentes y si ademas su normativa compensa repecto a la española, y si no, pues solicitar la belga bien pasando por españa sin matricular o me la tendria que tramitar el propietario actual... algo mas dificil.... Respecto a titulacion, etc... no problem...soy PY y en fase de CY -cruzo los dedos- y lo del titulo de operador basico de radio lo pongo en marcha.... Agradeceria mucho si pudierais orientarme porque no veo en el foro a Italia como "objeto de deso" de ningun cofrade... y estoy en el momento justo para tomar nuevas decisiones... Lo dicho; gracias y enhorabuena por "abrir brecha" en un tema tan vital para algunos de nosotros. ![]() ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a TAORMINA | ||
Marcos Montesier (12-02-2013) | ||
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#2
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Cita:
En cuanto al planteamiento que tienes, es impecable. El plan debe ser tal cual lo expones. Pero en lo de si el registro italiano permite mantener la bandera no puedo ayudarte porque no lo se. Por mi situacion, yo, de momento, he optado por Holanda (pasando una temporada alli y obtener el MMSI) o por UK, todavia no lo he decidido. Si Italia permite mantener la bandera seria una buena opcion. Cuando lo averigües estara bien que lo comuniques aqui. Tambien se habla de Malta, y seguro que hay otras tambien convenientes. |
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#3
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Entiendo que si mantienes el pabellón italiano debes estar habilitado como Patrón según las normas de Italia...
En Italia mucha gente abandera en Holanda y Bélgica.
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. Si navegas con niños o tienes un Ro 300 o un Fortuna 9, la web de mi barco te puede gustar. |
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#4
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windi, Tupac, gracias. Voy a hacer una investigación, pero sospecho que no debe ser muy ventajoso el pabellón italiano, porque como indica Windi, al parecer mucho italiano está pasando a pabellón Belga......Lo de Malta.... habrá que mirarlo.....
Por cierto, Tupac, quiero entender que haciendo una importación legal de segunda mano italiana, pasando por caja (impuestos, etc...) aún tengo 6 meses para navegar bajo pabellón Italiano (original) hasta obligación de matricular.... Si así fuera parece una razonable opción no dar de baja pabellon Italiano, dentro de esos 6 meses, mas que nada para disponer de una embarcación legalizada en ese periodo -estival- aunque sujeto a norma de origen del pabellón, y en el momento adecuado, ya como nuevo propietario legal, dar de baja el pabellón Italia y soilictar nuevo pabellón.... sin pasar por matricular en España..... Voy bien? Insisto. Gracias. Según avance en opciones iré documentando.... ![]() |
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#5
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En Italia no se suelen matricular embarcaciones de menos de 10 m, son consideradas "natante", por eso no sé como podrás justificar la baja del pabellón a las autoridades de otro país.
http://it.wikipedia.org/wiki/Natante En Italia lo que vale son los motores jejeje Creo que solo abanderan un barco si tienen una eslora superior a 10 m o si quieren navegar a más de 12 m de la costa o fuera de las aguas italianas.
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 12-02-2013 a las 11:19. |
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#6
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Cita:
Primero: no tienes seis meses, tienes todo el tiempo que el registro Italiano te mantenga la matricula. Normalmente, el problema es que cuando caduca la matricula no te dejan renovar. O que quiza no te dejen registrar el cambio de dueño. Eso no lo se. Lo tendras que mirar ahi. Pero lo que si te digo es que eso de los seis meses es un plazo que no se aplica a los barcos, solo a los patrones (por ejemplo, si un holandes viaja con su barco a aguas del Estado español durante mas de seis meses deviene residente, con todas las obligaciones fiscales, de matriculacion, de todo...). Mucha gente se confunde y piensa que eso de los seis meses se aplica a los barcos y se lee muy a menudo en este foro. Pero es un error. Segundo: lo ideal es importar el barco ya con el pabellon definitivo. Si lo importas con pabellon italiano y luego lo matriculas en Belgica, por ejemplo, te podrian preguntar que que sentido tiene matricular en Belgica un barco que utiliza un residente en aguas del Estado español. Que lo logico, si vas a matricular en otro sitio, es matricularlo en la DGMM, ya que es donde corresponde a la ubicacion del barco y residencia del dueño. Y te podrian decir que esa matriculacion en Belgica es un fraude de ley. De ser asi, te abririan un expediente de fraude de ley para que se declare que te acogiste a la nueva regulacion para burlar la obligacion de matricular. Pero, insisto, eso seria si se pusieran estrictos un dia (cosa que, de momento, parece que no sera). Y ademas, mientras se tramitara el expediente de fraude de ley estarias navegando legalmente con el pabellon belga o de donde fuera, y eso podria durar años. Pero, en todo caso, si la matricula en el registro definitivo la hace el anterior dueño, ya no tienes que plantearte todas esas cosas (si es que falta hace). Tercero: Me parece que sobreestimas el tiempo que puede llevar matricular el barco en Belgica, Holanda, UK, Malta, etc. Seguramente por "deformacion" causada por los increibles tramites de la administracion española. Por ejemplo, en UK tienes el barco matriculado en minutos por internet (en el Part III, que es solo para residentes) y recibes los documentos de matricula en 3 o 4 dias. Y estoy seguro que en ningun sitio tardarian mas de un mes o dos (mera suposicion sin fundamento por mi parte). |
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#7
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Hola Cofrades, ,
He puesto un post , pero alomejor no era el sitio, Me he comprado un barco con bandera Holandesa, y tengo algunas dudas, a parte de , - no pasar ITB, ![]() - No tener zonas de navegación - La guardia Civil no puede entrar ![]() hay algún beneficio más por tener este tipo de bandera? ![]() He pagado el impuesto de trasmisiones, tengo que cambiar de titular en origen?? alguien sabe donde lo puedo hacer?? Tengo que cambiar/necesito algo mas , para qeu no me crujar luego en la mar?? ![]() Muchas gracias ![]() Saul |
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#8
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Saul el post que te comentaba era este
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...t=87731&page=6 Busca un cofrade que tenga bandera holandesa y le preguntas, saludos ![]()
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