![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Pero volvamos al tema inicial.
Los 12 m los mide un inspector de la DGMM como le convenga al astillero para ponerle el sello de habilitado para PER. ? |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Ni hablar, nadie mide nada. viene en la documentacion desde astillero
__________________
Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Correcto y lo que se anota en la documentación del barco es la eslora del casco. Siempre que esta sea inferior a 12 metros, se podrá llevar con PER. Independientemente de la eslora total que tenga el barco. La diferencia entre las dos esloras ya se ha indicado más arriba (apéndices, etc.). Para nada se considera la eslora de flotación (esta te facilita otro tipo de información útil, como la habitabilidad interior de la que vas a disfrutar, si todo lo demás es igual).
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|