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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
Llevar pasajeros (de los que pagan), a bordo de una embarcación de lista 6ª, exige cumplir con todos los requisitos legales (titulación, ITB's...) y disponer de un seguro obligatorio de viajeros, un botiquín específico y algún extintor más, además de un walkie vhf marino, más que en el caso de una embarcación de lista 7ª. Navegar en lista 7ª exige cumplir con sus requisitos específicos. En cuestiones de responsabilidad, si por ejemplo se produce una muerte a bordo, cumpliendo con todos los requisitos legales específicos de cada caso no creo que haya ninguna diferencia entre: - Un CY en un barco de 7ª en el que navega con sus amigos y no cobra nada. - Un patrón profesional en un barco de lista 6ª con pasajeros que han pagado su plaza. En ambos casos se le puede caer el pelo. Tendrá que demostrarse que la muerte se ha debido a una causa ajena a su manera de proceder, de otro modo, seguro que de homicidio involuntario no baja... ![]() Vamos que llevar pasajeros (paguen o no) es una gran responsabilidad, siempre y en todos los casos y no sólo por las consecuencias legales!
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Iñaki |
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