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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Buenas de nuevo,
He estado revisándome toda la legislación relativa a Radio Comunicaciones y he encontrado: Articulo 59. Zona de Navegación 4. Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4 deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radioelectrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009. Esto está en esta Orden del Ministerio de Fomento Y, además, en la misma página de Fomento se encuentra el Resumen del Equipo Además, no aparece en el Ministerio de Fomento ninguna otra orden posterior que modifique o derogue ésta, con lo que se supone que es la que se aplica. Un saludo, |
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