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#1
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Buenos días a todos. Pues que acabo de venir de Capitanía de Vigo (donde me han atendido de maravilla) ya que quería cambiar la zona de navegación, de Zona 4 a zona 5 y me han dicho que el nuevo modelo de certificado de navegabilidad cambia lo del equipo de seguridad. Lo que determina una zona de navegación es la categoría de construcción del barco. Por ejemplo , el puma 26 tiene según mi certificado categoría de construcción C ( 12 millas) pero si yo navego a menos de 5 millas de abrigo sólo tengo que llevar el material de seguridad para esas 5 millas.
Es más, en el nuevo modelo de certificado ya no aparecen los equipos de seguridad que aparecían en el anterior modelo. Parece ser que es una norma que acaba de cambiar. Yo creo que es un avance ya que si algún día tengo que ir a más de 5 millas sólo cambiaré el equipo de seguridad pero no tendré que hacer otros trámites. Eso si, el nuevo certificado vale 70 € de tasas. Otra cosa, ¿en vuestros barcos ( puma 26) también aparece categoría de construcción C?, lo digo porque me pareció ver en algún foro que había pumas 26 con categoría B. Un saludo ![]()
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Navegar sin temor, por el mar es lo mejor... ![]() COFRADE DEL CLUB DE VELEROS PUMA http://clubpuma.ning.com/ |
| 5 Cofrades agradecieron a berobreo este mensaje: | ||
boooom475 (12-12-2013), Descotado (06-12-2013), enric rosello (05-12-2013), genoves (13-12-2013), norin (09-12-2013) | ||
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#2
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Hola,
Parece muy interesante, pero 70€ es una pasada. ¿Tiene caducidad? Unas ![]() |
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#3
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Esto tiene más lógica que andar cambiando zona de navegación o despachando para varias.
Imagino que tambien afectará al numero de plazas, creo recordar que hay quien tiene diferente nº de plazas según este en una zona u otra. saaalut ![]() |
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#4
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#5
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fecha de caducidad. ![]() En las observaciones de la inspección, pone para que zona la ha pasado. Creo que si no pusiese nada, sería mejor. ![]() Salud y ![]() PD: este hilo es para el sub-foro "Cuestiones legales". ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a El Temido II | ||
Christian (06-12-2013) | ||
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#6
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En efecto ya era así pero sólo para barcos con marcado CE que tienen categoría de construcción "europea". Para barcos anteriores al 96 (creo que es esa la fecha donde se creo el marcado CE), todo seguía igual al menos en Valencia. Yo el año pasado pedí el nuevo certificado de navegabilidad y a pesar de que mi barco se homologó en Francia (y por la Lloyds, etc) como categoría B, me dijeron que de eso nada, que si quería categoría 2 en el certificado, tenía que comprar todo el equipo de seguridad y pasar otra vez la ITB, y bla bla, bla.
En fin que es una sorpresa que por otros sitios sí que se pueda hacer. Como siempre a depender de la interpretación de la Capitanía local de turno. Cuando ya no quede ni uno con bandera española, alguno aún se preguntará que ha pasado. |
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#7
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Regalo barras portaequipajes para un Citroen Zx. Están en Valencia |
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#8
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Hola Berobreo . yo quiero pasar en breve un velero de zona 4 a 5 ¿has tenido que pasarle itb para el cambio? que documentacion te han pedido y precio del cambio.
Un saludo y Brandy de Jerez para todos |
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#9
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Regalo barras portaequipajes para un Citroen Zx. Están en Valencia |
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#10
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Yo cambié al contrario pase de la 5 a la 4 en Motril y me dijeron que todo depende del material que lleves para la zona de navegación, en ningún momento me refirieron nada del marcado CE, mi barco no lo tiene y tuve que hacer un expediente de homologación en el 2010.
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#11
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Al navegar por zona5 nada mas, Ya no tienes que llevar el Equipo de Seguridad que le correspondea la zona 4, Ni dentro de esa zona 5 te lo pueden exigir, Tal como dice mas arriba otro cofrade el equipo de seguridad lo define laa zona por la que navegues, Otro cofrade pregunta si el Certificado de Navegabilidad tiene fecha de caducidad pues claro que la tiene, la fecha de caducidad la MARCA la fecha en que expira la I T B Ahora bien si el barco NO tiene que pasar I T B entonces el certificado te pone I T B INDEFINIDA lo que si tiene fecha de caducidad es el Permiso de Navegacion que otorga la Capitania, esto es como en los autos tienes el Permiso de Circulacion - que no caduca - y el certificado de la I T V que si caduca |
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#12
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Esta próxima semana tengo que recoger el certificado de navegabilidad nuevo. En teoría no tienes que preocuparte por lo del cambio de zona ya que en el nuevo certificado no aparece este dato, sólo aparece la categoría de construcción ( en mi caso C) con lo que si navegas a menos de 5 millas de abrigo sólo necesitas el material para esa zona. Repito, en este nuevo certificado no especifica ningún equipo como pasaba en el anterior.![]()
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Navegar sin temor, por el mar es lo mejor... ![]() COFRADE DEL CLUB DE VELEROS PUMA http://clubpuma.ning.com/ |
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#13
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![]() Yo es que lo de las """fresas""" fuera de temporada, como que no lo veo. ![]() ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#14
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#15
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Pues oiga que no me voy a pelear con estos de la Capitanía de ValenciaUnas ![]() |
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#16
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de antemano. Salud y ![]()
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#17
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Sabéis los k mas al tanto estáis, y mas os preocupáis si estos individuos de la DGMM tienen previsto hacer algo con los k no tenemos marcado CEE, o vamos a tener k seguir pasando por vicaria y encima con muchísimas menos posibilidades, y si yo también estoy ya con la bajada de bandera que es la única solución k veo si kiero irme con mi barco donde kiera legalmente, sin los absurdos despachos a k nos obligan y k encima a los viejos ni nos dan
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#18
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CAPITANÍA DE ALICANTE
Hace apenas unos días me informó amablemente que si quería pasar de zona 4 a zona 3, tenía que solicitarlo y que el inspector informara de que 'mi barco tenía a bordo todos los elementos de seguridad a bordo en la inspección'. Preguntado el inspector que me ha dado precio para la ITB, me dice que para pasar la ITB de ZONA 3 'Respecto a la existencia de la balsa salvavidas: El día de la inspección debe de haber a bordo una balsa salvavidas (ya que es obligatorio) para las personas que corresponda y con el certificado de revisión; dando igual de quien sea la propiedad de esta.'. Entiendo que la radiobaliza debe estar incluida, pues debe estar inscrita en la LEB y por tanto debe tener constancia la DGM ¿pero la balsa?. Podría hacerse una cartita a la DGMM para que de verdad se pronuncien a estos respectos como con el tema de la balsa (que Capt. de Alicante no asume) y no sea solo materia de un foro, y que puedas ir con eso al inspector (de capitanía), pese a que el de la ITB pueda dar un disconforme, pero la última palabra la tiene el inspector marítimo. Por cierto, si un funcionario oculta una información de reglamento o protocolo dictada por un superior, puede ser prevaricación. |
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#19
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nelson | ||
genoves (13-12-2013) | ||
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#20
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Los que teneis el nuevo certificado; Que refleja vuestro Permiso de navegación?
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#21
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GENOVES si el inspector que te va a pasar la I T B te dice lo que tu has puesto en tu post, Se la esta jugando, no puedes tener un objeto, da igual lo que sea solo para pasar la inspeccion y una vez pasada esta sacar el objeto del barco - y dejarselo a un amigo para que le pasen la inspeccion a el, todos los elementos de SEGURIDAD tienen que quedar reflejados en el Certificado con su nº de serie y caracteristicas, y en cuanto salgas a la mar y te pare una patruyera SI NO LLEVAS LA BALSA te la has jugado . No lo pngo en duda pero ME EXTRAÑA mucho esa afirmacion pues el inspector ademas de ver la balsa tiene que ver la documentacion de la misma Factura de compra Homologacion, Fecha de caducidad, nº de serie etc. y hacerlo constar en el Certificado |
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#22
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Cita:
Desde hace más de un año el nuevo certificado ya no lleva de la balsa número de referencia ni nada para ninguna zona. Sólo debes llevarla en navegación por la zona en la que estés navegando. La novedad de la que va este hilo es que ya ni aparezca la zona de navegación y sólo la clase de navegación habilitada por el fabricante. Y mi problema es que el inspector necesite ver una balsa a bordo no siendo obligatorio. El hilo también va de lo que dices, que coincide con lo que dicen algunas capitanias, pero no la DGMM por escrito (visita www.anavre.es). Un caos. Hace ya tiempo que se habló de eso: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=80451 Editado por genoves en 14-12-2013 a las 09:14. |
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#23
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Ya llevamos algun tiempo hablando de este tema. Lo del Certificado lo tenemos claro nosotros, las capitanias y las ITB; pienso que seguimos en un callejon hasta que se aclare lo del Permiso de navegacion.
Que pone en vuestro Permiso? ![]() |
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#24
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Cita:
va una copita de champan acompañando ![]() |
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#25
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Cita:
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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