La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 08-02-2014, 20:50
Avatar de Iovis
Iovis Iovis esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 13-01-2014
Mensajes: 176
Agradecimientos que ha otorgado: 93
Recibió 125 Agradecimientos en 50 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

Hola genoves. Este tema de la titulación necesaria para gobernar un barco en función de la zona para la que está autorizado a navegar ya se ha debatido en otros hilos. Desde un punto de vista estricto habría que respetar lo que fije el apartado "Titulación mínima exigida" del Permiso de Navegación. En un barco habilitado para zonas 2 ó 3 pondrá PY y aunque navegues a menos de 12 millas de la costa no te valdría el PER. Sé que en alguna capitanía consultada han respondido que un PER puede gobernar un barco habilitado para zona 3 a menos de 12 millas de la costa pero, eso sí, con todo el equipamiento que se exige para zona 3 (¿para qué?) Pero no deja de ser una interpretación que no se ha respondido por escrito (que yo sepa)

Por eso doy por hecho que si un PER puede cruzar de la península a Baleares tiene que poder hacerlo con un barco habilitado para zona 4.

En fin, como siempre, navegando en un mar de dudas.

Saludos.




Saludos.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 08-02-2014, 20:59
Avatar de Salat
Salat Salat esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 15-04-2007
Edad: 45
Mensajes: 703
Agradecimientos que ha otorgado: 453
Recibió 560 Agradecimientos en 183 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

No creo...
La reforma permitirá que un Per pueda, previo paso por caja (léase prácticas) ir a Baleares, pero lo podrá hacer si lleva un barco habilitado para zona 2
No he visto en ningún borrador que diga que a un zona 4 se le permita ir a Baleares.
De hecho hasta ahora un Per ya podía hacer navegación interinsular, pero para ir de Ibiza a Malloca necesitaba ir en un barco en zona 2.
Un per claro que puede alquilar o llevar un barco en zona 1 o 2 si no se separa más de 12 millas de la costa, sólo falta que nos pongamos más límites de los que hay, que ya hay suficientes...
Y si lleva un zona 2 pero no se separa 12 millas con el nuevo certificado no hace falta que lleve a bordo la balsa, por ejemplo.
Citar y responder
  #3  
Antiguo 08-02-2014, 22:45
Avatar de genoves
genoves genoves esta desconectado
El Quisqueyano
 
Registrado: 29-02-2008
Localización: Mar Adentro
Edad: 60
Mensajes: 5,159
Agradecimientos que ha otorgado: 4,669
Recibió 2,894 Agradecimientos en 1,113 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

Cita:
Originalmente publicado por Iovis Ver mensaje
Hola genoves. Este tema de la titulación necesaria para gobernar un barco en función de la zona para la que está autorizado a navegar ya se ha debatido en otros hilos. Desde un punto de vista estricto habría que respetar lo que fije el apartado "Titulación mínima exigida" del Permiso de Navegación. En un barco habilitado para zonas 2 ó 3 pondrá PY y aunque navegues a menos de 12 millas de la costa no te valdría el PER. Sé que en alguna capitanía consultada han respondido que un PER puede gobernar un barco habilitado para zona 3 a menos de 12 millas de la costa pero, eso sí, con todo el equipamiento que se exige para zona 3 (¿para qué?) Pero no deja de ser una interpretación que no se ha respondido por escrito (que yo sepa)

Por eso doy por hecho que si un PER puede cruzar de la península a Baleares tiene que poder hacerlo con un barco habilitado para zona 4.

En fin, como siempre, navegando en un mar de dudas.

Saludos.




Saludos.

No tiene nada que ver lo que te habilita tu titulación con aquello a que está habilitado el barco. Yo soy PY y mi barco es zona 4, luego no puedo pasar de 12 millas en mi barco.

Cuando cambie la legislación sobre las atribuciones de titulaciones mi barco seguirá en zona 4, y ni tu con PER ni yo con PY podremos ir a las islas, ni por el camino más corto.

No te líes
__________________
'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'
Citar y responder
  #4  
Antiguo 09-02-2014, 19:14
Avatar de Iovis
Iovis Iovis esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 13-01-2014
Mensajes: 176
Agradecimientos que ha otorgado: 93
Recibió 125 Agradecimientos en 50 Mensajes
Sexo:
Smile Re: Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

Cita:
Originalmente publicado por genoves Ver mensaje
No tiene nada que ver lo que te habilita tu titulación con aquello a que está habilitado el barco. Yo soy PY y mi barco es zona 4, luego no puedo pasar de 12 millas en mi barco.

Cuando cambie la legislación sobre las atribuciones de titulaciones mi barco seguirá en zona 4, y ni tu con PER ni yo con PY podremos ir a las islas, ni por el camino más corto.

No te líes
Disculpa que insista, genoves. Lo que digo es que (léase creo que) sí que te limita tu titulación. Si el barco está habilitado para zona 3 no lo podrás gobernar con PER aunque tenga menos de 12 m y navegues a menos de 12 millas de la costa, porque en el permiso de navegación te especifica la titulación mínima para gobernarlo, que será PY en este caso. Y no hay excepciones especificadas.

Mira este comentario de EDMAGO57: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...4&postcount=26

En esa conversación se debatía este tema y esa respuesta es la que más documentada me ha parecido. Por supuesto que cada participante daba su punto de vista y cada uno tenía su parte de razón. Es interesante ver el hilo completo: http://foro.latabernadelpuerto.com//...ferrerid=60670

Si tienes algún problema la aseguradora podría poner pegas a la hora de soltar la pasta...

Buena tarde para polemizar (en el buen sentido) calentitos en casa

¡¡¡Tabernero, ron para todo el mundo, incluido tú!!!

Saludos.
Citar y responder
  #5  
Antiguo 09-02-2014, 21:06
Avatar de genoves
genoves genoves esta desconectado
El Quisqueyano
 
Registrado: 29-02-2008
Localización: Mar Adentro
Edad: 60
Mensajes: 5,159
Agradecimientos que ha otorgado: 4,669
Recibió 2,894 Agradecimientos en 1,113 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

Cita:
Originalmente publicado por Iovis Ver mensaje
Disculpa que insista, genoves. Lo que digo es que (léase creo que) sí que te limita tu titulación. Si el barco está habilitado para zona 3 no lo podrás gobernar con PER aunque tenga menos de 12 m y navegues a menos de 12 millas de la costa, porque en el permiso de navegación te especifica la titulación mínima para gobernarlo, que será PY en este caso. Y no hay excepciones especificadas.

Mira este comentario de EDMAGO57: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...4&postcount=26

En esa conversación se debatía este tema y esa respuesta es la que más documentada me ha parecido. Por supuesto que cada participante daba su punto de vista y cada uno tenía su parte de razón. Es interesante ver el hilo completo: http://foro.latabernadelpuerto.com//...ferrerid=60670

Si tienes algún problema la aseguradora podría poner pegas a la hora de soltar la pasta...

Buena tarde para polemizar (en el buen sentido) calentitos en casa

¡¡¡Tabernero, ron para todo el mundo, incluido tú!!!

Saludos.
CORRECTO, te limita, pero no te habilita, y dependerá (cuando cambie la legislación DE TÍTULACIONES) de la zona para la que esté habilitado el barco.

Entiendo que tras la aprobación, el PER te habilitará A TI para navegar más de 12 millas, pero siempre y cuando el barco esté también habilitado a tal efecto, es decir esté en ZONA 3 o superior. Si el barco está en zona 4, por mas que tu estés habilitado para más, no te dejarán como nos ocurre ahora mismo a los PY.

En España lamentablemente se deben cumplir las dos condiciones para navegar más allá de las 12 millas, habiltación del patrón y de la embarcación.

Por eso te insisto, contestando a tu primera intervención que cito abajo, en que el hecho de que el PER pueda estar en el futuro habilitado para navegación fuera de las 12 millas, condiciona que solo podrá hacerlo en un barco habilitado en esa zona, que hoy en día es zona 3, aunque esperamos que esto cambie también.



Cita:
Muy interesante.

De lo que nadie habla, quizá por evidente aunque ya se verá, es que si un PER puede cruzar de la península a Baleares, lo podrá hacer con un barco habilitado para zona 4, que es la máxima que corresponde a esta titulación. Lo digo más que nada por cuestiones de equipamiento de seguridad (balsa, radio baliza, etc.) ya que para realizar esta travesía hay que alejarse bastante más de 12 millas de la costa. Igual por una vez se confía en el buen criterio del patrón para que se equipe como mejor considere, como ocurre en otros países del entorno (ya me extrañaría)

Y otra cuestión más: Se puede cruzar a Baleares desde muchos sitios, por ejemplo desde Barcelona a Menorca... ¿Se fijará por dónde realizar la travesía?

En fin, ya se irá viendo.

Un saludo.

Tabernero, unos carajillos para todos a mi cuenta.
__________________
'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Sergio Ponce

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 03:53.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto