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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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whitecast (11-02-2014) | ||
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#2
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Cualquier abogado coincidirá probablemente en que hay defecto de forma y la sanción no debería ir adelante...
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"Todos deberíamos creer en algo... Yo creo que me voy a tomar otra." Velero Rincewind - Falcon 920, CDN Punta UmbríaSocio de Anavre 1446 - por 35€ al año, apoyo a quienes nos defienden. |
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#3
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Que, por cierto, me he quedado de pasta boniato al leer esto al principio de la citada orden:
"De otra parte, el auge del turismo náutico aconseja establecer unos criterios de equivalencia respecto de los títulos o instrumentos similares emitidos por otros Estados, de modo que se armonice la práctica de las actividades propias de la navegación de recreo, por los poseedores de dichos títulos en las aguas sujetas a jurisdicción española, con el cumplimiento de los objetivos de seguridad en la mar, con las debidas garantías jurídicas y técnicas, sin que ello suponga un tratamiento discriminatorio respecto de los conocimientos y pruebas exigidos a los ciudadanos españoles." ![]() ![]() ![]() Me lo expliquen...
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"Todos deberíamos creer en algo... Yo creo que me voy a tomar otra." Velero Rincewind - Falcon 920, CDN Punta UmbríaSocio de Anavre 1446 - por 35€ al año, apoyo a quienes nos defienden. |
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Alandris (18-02-2014) | ||
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#4
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#5
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![]() En esto último te doy la razón y es muy triste: se están denunciando cosas que no son falta, delito ni infracción - ¡Vaya tela! ![]()
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"Todos deberíamos creer en algo... Yo creo que me voy a tomar otra." Velero Rincewind - Falcon 920, CDN Punta UmbríaSocio de Anavre 1446 - por 35€ al año, apoyo a quienes nos defienden. |
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#6
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![]() Seguro que, aunque algunos de ellos se recurran, la mayoría pagaran. ![]() |
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#7
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A un amigo mío la guardia civil le hizo un registro, en el amarre, y le denunciaron por llevar las bengalas caducadas. Cuando llegó la sanción, de la capitanía marítima, ésta era de 3.000 Euros. Ahora mismo está recurrida. A ver que pasa.
Este amigo tiene nombre y apellidos. Su barco tiene nombre y su puerto es mi puerto. Con esto quiero dar a entender que no es un "me comentaron" Saludos José
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Es muy agradable ser importante, pero es mas importante ser agradable Lo mas importante sobre mi es mi profunda ignorancia
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#8
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saludos |
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#9
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Venga ya, eso no se lo cree ni el guardia civil que le puso la sanción. Tengo muchos respetos por estos señores pero ya sabemos que a veces les obligan a cumplir ciertos cupos (aunque oficialmente nadie lo reconoce). Un saludo ![]() |
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#10
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Hay un pequeño truco, por el cual te librarías de todas las multas, que parece que muchos desconocéis.
No se si está bien que lo diga. Bueno, diré el truco para los que no lo saben. Es muy sencillo, solo hay que ir legal, tener el barco despachado, tener la titulación correcta, respetar la legalidad vigente, pasar la itb, la bandera es para llevarla puesta, si llevas 14 tripulantes en un barco para seis, no es la guardia civil sino tu quien va mal, hay que llevar los chalecos reglamentarios, que después somos nosotros mismos los que criticamos cuando hay un percance y no llevaban chalecos..........O sea que..........Oye..... ¿ cuanto dices que cuesta poner bandera belga?. ![]() |
| 10 Cofrades agradecieron a amurado este mensaje: | ||
arubas (14-02-2014), celicagrn (12-02-2014), Cenachero (12-02-2014), Descotado (15-02-2014), El belga (17-02-2014), jduran22 (02-09-2014), MrJohnson3,3 (18-02-2014), nanoelcapi (12-02-2014), nieve_sol (31-08-2016), Tur (18-02-2014) | ||
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#11
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Lo que no se es por que es tan importante que lo lea yo. Lo digo sinceramente, ¿me podrias dar una pista? Por tus dialogos con BadMan veo que va sobre alguna de las resoluciones. Pero, sinceramente, no he tenido tiempo de ver mas que alguna y no he visto nada que pueda relacionarse con los nuestros "debates" anteriores. Si tu sugerencia se refiere a una reosolucion en particular ¿Podrias indicar cual? Gracias. Editado por Tupac A. en 12-02-2014 a las 14:11. |
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#12
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No me sorprende en absoluto que unos funcionarios apliquen incorrectamente la legislacion. Para eso, precisamente, esta la jurisdiccion contencioso-administrativa. Si los funcionarios supieran bien la legislacion y lo hicieran todo bien no haria falta la Ley de Jurisdiccion Contencioso-Administrativa, ni los juzgados y tribunales de lo Contencioso-Administrativo, ni la Sala Tercera del Tribunal Supremo, etc. Y, concretamente, sobre el hecho de que la guardia civil y las capitanias creen que puede exigirse el titulo a un patron de una embarcacion extranjera, yo mismo abri publique un post sobre un amigo al que la guardia civil se empeñaba en exigirle el titulo en el puerto de Barcelona a pesar de llevar pabellon britanico. Y ya he mencionado en algun post que si se aprueba la orden ministerial con la disposicion adicional quinta (que pretende recoger expresamente esa exigibilidad), logicamente habra sanciones hasta que se anule por los tribunales. Y, mientras tanto, habra que pagar y esperar a que se anule. La lastima de estas resoluciones es que en todos estos casos la notificacion es edictal, por no responder a las notificaciones en su domicilio. Y en los dos que he visto, parece que el afectado tampoco recibio la notificacion de la instruccion del expediente y no dedujo alegaciones. Hubiera sido interesante ver que respondian en capitania a la alegacion del articulo 94 de la Convencion de las Naciones Unidas sobre Derecho del mar. De hecho, mi amigo que tuvo el encuentro con la guardia civil es abogado y me dijo que se planteo no enseñar el titulo, para que se abriera el expediente y asi poder alegar la Convemar y que eso sirviera para que en Capitania de Barcelona tuvieran que estudiar esta cuestion y aprendieran que no pueden exigir el titulo al patron de un barco britanico. Pero penso "que perezon..." y acabo enseñandolo. ¡Lastima! |
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navegante 2007 (12-02-2014) | ||
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#13
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![]() Yo también tengo bandera británica como bien sabes Tupac, alguna vez he recurrido a ti por este tema para que me comentaras tu parecer. ![]() A mi me abordaron una sola vez, pero únicamente miraron que tuviese pagados los impuestos. No me pidieron titulación. También es cierto que no fué la guardia civil, sino aduanas... |
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Tupac A. (12-02-2014) | ||
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#14
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Tupac A. (12-02-2014) | ||
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Si tienes el material pirotécnico caducado en casa ¿multan?
Es por si quemarlo en San Juan ![]() |
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#17
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Me pregunto, si tantos hilos sobre lo mismo, no es propaganda interesada y gratuita, para captar clientes que deseen cambiar de bandera.
Con lo fácil que es quitar una y poner otra, no se para que tantos trámites. ![]() |
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#18
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![]() ![]() Algunas de las multas publicadas en el BOE resultan llamativas. Dos ejemplos: “… y al ahora recurrente con multas de 17.000 y 6.000 € (total 23.000 €) por dos infracciones de carácter grave previstas en el apartado 2.h) y 2.m) del artículo 115 de la Ley 2/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante…” ------------------------------------------------------------------------- “…que impuso una sanción de 1.000,00 € por no mantener el día 10 de enero de 2010 en la embarcación nombrada MMMMMM una escucha continua obligatoria en la frecuencia de socorro de 156,8 Mhz (Canal 16 de VHF…” ![]() |
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#19
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¿Intereses ocultos? No se. La verdad es que no tengo ninguna informacion directa. Pero no minusvalores la creencia profunda y sincera de los funcionarios españoles de que sin su control todo seria un desmadre. Yo ya no estoy ahi, pero te podria contar cada historia... |
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navegante 2007 (14-02-2014) | ||
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#20
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No te lo vas a creer, pero en DGMM nos han dicho que el único agente social que ha alegado contra esta disposición adicional es ... pues esa Asociación que cada vez que se menciona despierta todo tipo de iras ... Anavre .. por cierto, de paso también pedimos la ratificación de la Resolución 40 de la UNECE y que de una puñetera vez reconozcan la validez del ICC (international Certificate of Competence). ![]() ![]() salud!!! |
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#21
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Hay muchos intereses para que eso no pase, empezando por las escuelas, habrían bastantes que cerrarían. Un ICC en Francia o UK te sale por 300 €.
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#22
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Quien sabe, quiza descubran un filon... |
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otoio (19-02-2014) | ||
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#23
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Que es la ICC? (me lo imagino por lo que decis Whitecast y me gusta tener la informacion precisa) |
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#24
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El ICC o International Cetificate of Competence no es más que dar validez internacional a tus titulaciones que son reconocidas por todos los países que han adoptado la Resolución 40. Así ocurre que no todos los ICC's tienen las mismas competencias, puesto que varían de un Estado a otro, pero lo esencial es que todos ellos constan de un examen teórico y un examen práctico y son emitidos por la autoridad nacional competente para ello, ya sea directamente o por delegación.
Creo que somos uno de los pocos países de Europa que no tienen reconocido el ICC, pero curiosamente en la lista de títulos extranjeros válidos para llevar un barco de bandera española se reconocen dos ICC's, el británico y otro que ahora mismo no recuerdo. ![]() ![]() salud! |
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Tupac A. (18-02-2014) | ||
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#25
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Cita:
![]() De qué disposición adicional estáis hablando? Con la gresca que ha habido he perdido el hilo del hilo ![]() ![]() ![]() |
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