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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Vale. Con un PER son 12 millas. Pero a mas de 12 millas no te paran porque estas en alta mar.
Y a menos, estas legal (sea en Ibiza o en Barcelona). Y si te preguntan en Ibiza (que no lo haran), con decirles que cruzaste con un amigo PY, que hoy no esta a bordo... En definitiva: lo importante no es el titulo, sino saber navegar para hacer el trayecto con tranquilidad. |
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#2
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![]() 1. hay alguna via para que otra persona que no sea el propietario pueda gobernar la embarcacion sin el propietario presente? (Aparte de matricular zona 6). Luego te comento lo de la zona 6, que es la lista 6º en realidad pero sobre si ha de estar el armador a bordo: no, no es necesario. Pero no está de más llevar una autorización del mismo.2. Es dificil obtener zona 6? que coste tiene? La lista 6ª es para embarcaciones de alquiler. En la web de la DGMM encontrarás toda los requisitos para abanderar en lista sexta. 3. Hay alguna via que puedan constar varios usuarios? El concepto de "usuario" digamos que no nos deja muy claro que es lo que preguntas, pero como te han comentado el barco puede estar a nombre de varios armadores. Si se trata de un barco de lista sexta, habrán contratos de alquiler. 4. Como cruzar de la penisula a ibiza con el PER? Que opciones legales? Existen casos de sanciones, cual es el grado de permisividad? Actualmente no. Es posible que con la reforma de la normativa, se pueda. Pero como te ha indicado Jiauka, no solamente es una cuestión del título. El barco tendrá que estar despachado en función de la distancia a la que quede Ibiza desde donde quieres cruzar, si fuera Barcelona sería para zona 2 y contar con los elementos de seguridad obligatorios, seas patrón de yate, capitán o per. No sé si te he aclarado algo o te he líado más ![]() ![]() |
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#3
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Cita:
el permiso para "cruzar" segun pretenden ellos, es Perpendicular desde El cabo de san antonio, a ibiza, no desde Barcelona ni desde Malaga, ni desde ningun otro sitio, Solamente Denia - Ibiza, sin cambiar el despacho, del barco, pues si se cambia el despacho, " ya es un barco " en zona 2 y entonces ya a los p e r les falta titulacion, |
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#4
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Cita:
Es como hoy, con PER puedes ir de Mallorca a Ibiza, peor el barco DEBE estar despachado en zona 1 , 2 o3, no sirve 1 barco en zona 4. No hay que confundir diseño del barco, titulación y zona de navegación, son conceptos totalmente distintos, el hecho de que 1 barco categoría CE C, la zona 4 y el PER habiliten para navegar a 12 millas de la costa no significa que sean lo mismo. Para navegar a Baleares a fecha de hoy se necesita minimo P.Y., barco Categoría B y despachado en zona 3 minimo. Quizás con la reforma se pueda con el PER, pero se necesitará barco de catergoría B y despachado minimo en zona 3, eso no va a cambiar. |
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#5
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desde luego, saber navegar es importantisimo, pero esto no es lo que pregunta el cofrade que abre el hilo,,
lo que se dice despues, barco en zona 2 o 3, balsa et, ya no es "un permiso especial, para los p e r - haciendo unas practicas, pagandolas, etc, eso a mi entender, es despachar, el barco a zona 3 o zona 2 y ya entramos, en una contradiccion, pues en esas zonas no sirve el p e r , Si lo que prettenden, las autoridades, es una autorizacion especial, para los p e r sera otorgandola solo para esa navegacion, sin cambiar el despacho del barco, sin exigir nada mas, que el pago, de ese permiso, Este verano pasado habiamos varios barcos pescando un poco mas fuera de las 12 millas, y llego la G Civil, y los que tenian per, - no le multaron - cosa r ara, pero le hicieron meterse hacia adentro de las 12 millas, y a todo esto, el cofrade que abre el hilo, esta esperando, respuestas, a su pregunta, |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a | ||
Tupac A. (18-02-2014) | ||
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#6
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desde luego, saber navegar es importantisimo, pero esto no es lo que pregunta el cofrade que abre el hilo,,
lo que se dice despues, barco en zona 2 o 3, balsa et, ya no es "un permiso especial, para los p e r - haciendo unas practicas, pagandolas, etc, eso a mi entender, es despachar, el barco a zona 3 o zona 2 y ya entramos, en una contradiccion, pues en esas zonas no sirve el p e r , Si lo que prettenden, las autoridades, es una autorizacion especial, para los p e r sera otorgandola solo para esa navegacion, sin cambiar el despacho del barco, sin exigir nada mas, que el pago, de ese permiso, Este verano pasado habiamos varios barcos pescando un poco mas fuera de las 12 millas, y llego la G Civil, y los que tenian per, - no le multaron - cosa r ara, pero le hicieron meterse hacia adentro de las 12 millas, y a todo esto, el cofrade que abre el hilo, esta esperando, respuestas, a su pregunta, |
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#7
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Cita:
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#8
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Xavi Ibiza...
que no te pase nada... ya empezamos con las idas de tema y discusiones eternas... Cualquier cosa, mándame un email y te cuento lo que dice la ley hoy ![]() ![]() |
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| 12 millas, baleares, patron, zonas |
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