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Antiguo 19-02-2014, 17:24
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Capitán pirata
 
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Originalmente publicado por trabañarru Ver mensaje
, norma foral??
Llámala "foral", "autonómica", o como mejor gustes. El enlace que acompañas remite al "Decreto 198/2000, de 03.10.2000, del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco" y que yo sepa, la normativa de tal gobierno solo afecta al ámbito territorio de esa Comunidad Autónoma.

Bueno, pues ese texto comienza así, ... "El ejercicio de la pesca marítima recreativa ha tenido en la última década un importante desarrollo e influencia
en las zonas costeras del País Vasco. Este desarrollo ha hecho necesario dotar a esta modalidad de pesca marítima del necesario marco legal, que establezca unas normas claras para el desarrollo de la actividad.
El Parlamento Vasco aprobó la Ley 6/1988, de 13 de marzo, de pesca marítima, que configura el marco legal y fija, entre otros, los objetivos y líneas directrices para el ejercicio de la actividad recreativa, dotando a ésta de la necesaria cohesión material y del marco legal
adecuado para el desarrollo y práctica de la pesca marítima recreativa
."

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  #2  
Antiguo 19-02-2014, 20:16
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Respuesta: Licencia de pesca y bandera de otro país de la Unión Eu

Cita:
Originalmente publicado por PEPOTE RAOR Ver mensaje
Llámala "foral", "autonómica", o como mejor gustes. El enlace que acompañas remite al "Decreto 198/2000, de 03.10.2000, del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco" y que yo sepa, la normativa de tal gobierno solo afecta al ámbito territorio de esa Comunidad Autónoma.


Como mejor gustes no, son dos cosas totalmente diferentes, esas leyes que nombras son autonomicas, no forales.
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