Cita:
Originalmente publicado por kino
no amigo no fumamos, sin polemicas,
lo que delimita que material de salvamento, y seguridad, debemos llevar, es la distancia maxima a la que podemos alejarnos de la costa, porque la zona de navegacion empezando desde la costa ya es zona 1 -2 - 3 - 4 - 5 - 6 .
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El link de ANAVRE que han colgado con los Oficios de la DGMM , no es fruto de la casualidad, sino de reuniones personales mantenidas en Madrid con responsables de la DGMM.
A bordo hay que llevar el material obligatorio para la zona donde te encuentres, entendiendo por tal, la mínima autorizada. Pues por soltar amarras NO entras ya en zona 1....
Este es el criterio de la DGMM y del Servicio Maritimo de la GC.
Lo otro son debates semanticos para la RAE.
