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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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mas claro el agua.
muchas gracias
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MMSI 224647240 |
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#2
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¿Seguro?
A ver, mi barco por categoría de construcción puede despacharse para navegaciones hasta 60 millas de la costa, pero en este momento lo tengo despachado para la zona 4. Cuando salgo del puerto y estoy a 2 millas de distancia, ¿en qué zona estoy navegando en ese momento?. Porque la zona en la que esté navegando en ese momento es lo que determina el material de seguridad, etc. Saludos |
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#3
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un par de rondas, me habéis dado una alegría, por que yo estaba convencido de que tenias que llevar todo el equipo de seguridad independientemente de la zona donde estuvieses
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#4
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veamos segun veo yo aqui hay una "trampa"
desde las lineas de base, se empiezan a contar las zonas de navegacion, y tenemos quedesde esa linea hasta 5 millas, estamos en zona 5, pero la zona 4 "NO" se empieza a contar, desde esa linea de 5 millas, sino desde la linea de base, por so si estas a 3 millas dela costa, estas en zona 4 estas en zona 3 en zona 2 y en zona 1, lo que indica el nº de la zona es la distancia maxima a la que puedes alejarte de la costa, por ejemplo un barco despachado a zona 5 quiere decir que no puede salirse mas de 5 millas, un patron que su titulo no le permita alejarse mas de 5 millas tiene un titulo para zona 5 resumiendo, si estamos dentro de las primeras 5 millas, de la costa y el barco esta despachado para llegar hasta las 12 millas, la g.c. puede exigirte el material para ese limite de millas que es zona 4, aunque digamos que estamos en zona 5, no es cierto, porque las zonas no se establecen un a partir de la otra, sino que se empieza por la linea de base, y se van trazando limites,que se les denomina zona, por eso yo veo aqui una trampa,pues si yo estoy a 3 millas de la costa ellos no saben si cuando vuelvan la espalda yo voy a seguir mas adentro, por eso si el barco por su diseño esta despachado para 12 millas, me pueden exigir llevar ese material, esto es lo que yo veo y expongo como mi opinion personal, saludos |
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#5
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voy a terminar de explicar mi tesis
, si empezamos a contar desde la linea de base, hasta 5 millas, tenemos zona 5 a partir de ahi empezamos a contar 12 millas, y la zona 4, se amplia a 17 millas a partir de esas 17 millas empezamos a contar la zona 3, 25 millas, y esazona se nos queda, en 42 millas y a partir de esas 42 millas le sumamos 6o millas que es la zona 2 y ya tenemos 102 millas, "genial" no les parece, pues esto no es asi por eso vuelvo a mi primer razonamiento. graciasy saludos |
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#6
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Cita:
Saludos |
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#7
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Rascayus | ||
genoves (26-08-2014) | ||
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#8
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no amigo no fumamos, sin polemicas,
lo que delimita que material de salvamento, y seguridad, debemos llevar, es la distancia maxima a la que podemos alejarnos de la costa, porque la zona de navegacion empezando desde la costa ya es zona 1 -2 - 3 - 4 - 5 - 6 . |
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#9
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Cita:
saludos |
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#10
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Cita:
Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a papaventos | ||
kino (25-08-2014) | ||
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#11
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¿Alguien se ha leído y ha entendido lo que dice la DGMM en el oficio del 25/11/2013 cuyo enlace ha puesto el compañero inaf en el post nº 2 de este hilo?
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#12
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Cita:
Por supuesto que puedes despachar tu barco para una zona de navegación inferior a la que podría navegar por sus características constructivas y, desde luego, el material de seguridad en ese caso es el de la zona de despacho, no el de la zona en el que el barco podría navegar por características constructivas- El problema está en la interpretación de la frase "la embarcación deberá llevar los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente, que en muchos casos depende del número de personas que vaya a bordo y de la zona en que la embarcación se encuentre navegando en cada momento." Mira lo que dice la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo. Aquí la puedes ver en su versión consolidada (actualizada con las modificaciones posteriores): http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-9581 Artículo 5. Equipo de seguridad. 1. Todas las embarcaciones de recreo que se matriculen a partir de la entrada en vigor de esta Orden, están obligadas a llevar a bordo los elementos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y de prevención de vertidos que les corresponda en función de su Zona de navegación, y que se establecen en los Capítulos II, III, IV y V. Aquí habla de "su zona de navegación", Artículo 7. Chalecos salvavidas. 1. Las embarcaciones que naveguen en la Zona 1 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada, más un 10% del total. 2. Las embarcaciones que naveguen en las Zonas 2 a 7 llevarán como mínimo un chaleco salvavidas por persona autorizada. Aquí ya habla de embarcaciones "que naveguen en la zona ..." Sin embargo, el artículo 9 (pirotecnia), ya habla de "la zona de navegación que le haya sido asignada". Lo mismo en el artículo 12, respecto al material náutico. Artículo 9. Señales de socorro. 1. Toda embarcación de recreo deberá disponer de las señales pirotécnicas de socorro que se indican en la tabla siguiente, según la Zona de navegación que le haya sido asignada. Por último, el artículo 13, sobre material de armamento diverso, habla de las zonas de navegación autorizadas. .../... ii. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 5, deberán contar con el botiquín tipo número 4, según la Orden de 4 de diciembre de 1980 sobre botiquines a bordo de los buques y embarcaciones mercantes nacionales. iii. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para las Zonas de navegación 3 y 4, deberán contar con el botiquín tipo Balsa de salvamento (según las disposiciones citadas en el punto i). iv. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 2, deberán contar con el botiquín tipo C (según las disposiciones citadas en el punto i). v. Las embarcaciones sin tripulación contratada, autorizadas para la Zona de navegación 1, deberán contar como mínimo con el botiquín tipo C (según las disposiciones citadas en el punto i), que será completado en función de la duración del viaje, de los parajes frecuentados y del número de personas. Por último, las zonas de navegación se definen en el artículo 3, y todas ellas comienzan en la línea de costa, las zonas de navegación no son "disjuntas" en la concepción matemática del término, si no que se solapan. A dos millas de la costa puedes estar en zona 1 o 2 o 3 o 4 ... Por lo tanto, lo que determina a 2 millas de la costa en que zona estás navegando es el despacho del barco (esto último es mi opinión) Artículo 3. Zonas de navegación para las embarcaciones de recreo. 1. Se establecen las siguientes Zonas de navegación: A) Zona de navegación Oceánica. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «1». Zona de navegación ilimitada. B) Zona de navegación en Alta Mar. Comprende las siguientes Zonas de navegación: Zona «2». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas. Zona «3». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas. C) Zona de navegación en aguas costeras. Comprende las siguientes Zonas de navegación: Zona «4». Navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas. Zona «5». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible. Zona «6». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible. D) Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «7». Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. Saludos cordiales |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a papaventos | ||
kino (25-08-2014) | ||
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#13
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Cita:
Esta coexistencia de 2 tipos de Certificados podía conducir a que dos embarcaciones idénticas, con el mismo equipo y en la misma zona, una pudiera ser sancionada y la otra no, en función de tener el Certificado nuevo o el antiguo. Y la DGMM no tenia capacidad de canjear de forma inmediata todos los Certificados vigentes. Ante esta posibilidad, ANAVRE solicitó a la DGMM la emisión de Oficios dirigidos a las Capitanias y al Servicio Marítimo de la GC , aclarando este punto. A bordo hay que llevar el material para la zona donde estés, y para los tripulantes efectivamente embarcados, independientemente del tipo de Certificado que tengas. A finales del pasado año fueron emitidos por fin esos Oficios , que aparecen en el link de ANAVRE. Si para ir del amarre a la gasolinera quieres equiparte para zona 2, hazlo....pero no es obligatorio actualmente. Cordiales saludos..... |
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