Cita:
Originalmente publicado por golden dreams
Mas alla de las 12 millas se acaban las competencias en materia de titulos
Si el seguro te cubre a

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Ese es un tema demasiado complejo para decirlo asi, sin argumentar nada.
Lo de que un Estado tiene soberania en su mar territorial (12 millas) y, en cambio, sus competencias en la zona contigua y la zona economica exclusiva esten limitadas lo establece la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar. Pero este tratado internacional limita unicamente las competencias de un estado firmante frente a los otros estados firmantes, no en su propio Derecho interno ni ante sus propios subditos.
Es decir, cuando el Estado español impone obligaciones y prohibiciones a sus propios subditos (no a los de otros paises) mas alla del mar territorial no esta infringiendo la Convemar. Para ver si eso esas obligaciones y prohibiciones son conformes a Derecho habra que ver al propio Derecho interno del Estado español: la Constitucion, las leyes aplicables, etc.
O sea, que para decir lo que dices tu tendrias que hacer un analisis sobre la legitimacion del Estado para imponer obligaciones a sus subditos fuera de su ambito territorial, tendrias que hablar sobre la fundamentacion de la jurisdiccion universal, etc. Yo no lo hago porque, sinceramente, es un tema que no lo conozco lo suficiente y yo procuro no opinar sobre lo que no domino (a diferencia de lo que es tan habitual en este foro -y supongo que en otros- que la gente se lanza a decir lo que le apetece sin tener ni idea del tema).
Pero, en definitiva, ampararse en la Convemar para entender que el Estado español se este excediendo su capacidad de legislar sobre sus propios subditos mas alla de su territorio soberano es, perdona que lo diga asi, un desproposito.