La Taberna del Puerto Almayer
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Antiguo 09-11-2014, 19:43
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Que tendrá que ver un Capitán de la Marina Mercante, con uno de un velero de 12m, si el primero lo único que hizo fue navegar en petroleros de 300m de eslora, es como comparar un piloto acrobático, con uno que lleve un bombardero, cada uno en lo suyo sera el mejor, pero no por eso sera el mejor en todo, ni en MAS SEGURO.
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  #2  
Antiguo 09-11-2014, 19:59
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Los que van en barcos de 12 m se llaman patrones.

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  #3  
Antiguo 09-11-2014, 22:05
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

"Aqui pretendemos que un PER, PY o CY pueda llevar profesionalmente un barco con 12 tios bajo su responsabilidad sin más requisitos que no haber fallado más de no se cuantas preguntas tipo test, o saber identificar Betelgeuse al paso por el meridiano inferior, y 20 -40 o 60 horas de navegacion junto con otros 7-8 alumnos y sin tocar la rueda? En el caso de un PPER con una declaración responsable. eso sí."
Sería conveniente que te informases de los requisitos para obtener la habilitación (que no titulación) para obtener el PPER. Me parece que te dejas bastantes cosas (certificados, días de navegación etc.). Evidentemente no se pueden equiparar a los conocimientos o años de navegación que se requieren para obtener el mando en la mercante, pero me parece que nadie pretende equiparar eso. Estamos hablando de barcos de recreo, de uso comercial hasta 24 metros, y a no más de 60 millas de la costa.
En todo caso, por favor, no menospreciemos de un plumazo (llamando paridas), a la gente que ha obtenido esas acreditaciones. A lo mejor algunos nos creemos eso de la declaración responsable y estamos acostumbrados a decir la verdad.
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  #4  
Antiguo 09-11-2014, 22:54
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Yo no se porque alguno se empeña en minusvalorar las titulaciones de recreo, ademas nadie pretende equipararse a un marino mercante, es que no tiene nada que ver una cosa con la otra, un patrón de yate no tiene por que tener los conocimientos de un marino mercante, pero puede ser tan buen marino o MEJOR que este, navegando con un velero de 12m, que es de lo que estamos tratando, los que sean Capitanes de La Marina Mercante, me parece muy bien, pues ya saben a navegar con esos grandes barcos por el mundo mundial,pero no hay por que despreciar a los demás, no se me parece a mi
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  #5  
Antiguo 09-11-2014, 23:13
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Predeterminado Respuesta: Nuevas titulaciones náuticas

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Originalmente publicado por KULUXKA2 Ver mensaje
Efectivamente en todas partes cuecen habas, pero en algunos ámbitos, mucho más que en otros, y a toneladas...
Si hablamos de un velero y un Capitán de la MM no sabe lo que es un génova, pues claro que no pinta nada.
Yo no defiendo que ese velero lo lleve un tio de éstos, prefiero a mi vecino francés, por ejemplo, que ya se ha cascao cuatro Figaros, y ha navegado por las Scilly, por toda Bretaña, por el Mar del Norte, EScocia e Irlanda con su 27' y por no tener no tiene ni el PER francés que no existe.
Pero no hablamos de eso, creo que el hilo era "NUEVAS TITULACIONES NÁUTICAS", entiendo que de recreo, es decir particulares, y sus atribuciones y ha derivado en que las titulaciones de recreo tal como están paridas según algunos deben de ser "profesionales" y lo siento pèro no lo veo así.
Claro que debería de haber titulaciones profesionales que habilitaran para la náutica de recreo, y por supuesto que no se necesita ser Capitán de la MM para eso, pero desde luego mejor paridas que PPER, RYA etc y que tengan el visto bueno de la IMO y STCW.
De hecho eso ya está inventado hace tiempo en Francia, lo llamado en su dia Brevet pour la Plaisance a Voile, BPPV, hoy en día Capitaine 200 voile, que sí cumple con STCW y es admitido internacionalmente. (5-6 meses en el Licée maritime y 2, sí como siempre 2 años para tener mando)
Allí no hay conflicto entre los profesionales de la Marine Commerciale, porque cada uno lo es a su nivel, desde el Capitaine 200 que se dedica a llevar barcos de charter en Martinique o Raiatea, al Commandent que lleva un petrolero de 200.000 tons. Todos han cumplido con su recorrido profesional y contrastado
A mí vecino francés anterior ni se le ocurre hacer de patrón profesional, porque si lo pillan va al talego, asi sin más, y capacidad no le falta, estoy seguro, pero sí le falta la titulación que se exige en Francia.
Aqui pretendemos que un PER, PY o CY pueda llevar profesionalmente un barco con 12 tios bajo su responsabilidad sin más requisitos que no haber fallado más de no se cuantas preguntas tipo test, o saber identificar Betelgeuse al paso por el meridiano inferior, y 20 -40 o 60 horas de navegacion junto con otros 7-8 alumnos y sin tocar la rueda? En el caso de un PPER con una declaración responsable. eso sí.

La capacidad, y en eso estamos creo casi todos de acuerdo la dan por un lado lo estudios, y por otro la práctica. O sea cortando cojones se aprende a capar.
Si a tiítulos náuticos profesionales para la Náutica de Recreo, pero con un poco de seriedad, empezando por ACREDITAR o PROBAR, DEMOSTRAR experiencia.
Si es así, bienvenido.
Unas



Coincido contigo, está finiquitado, al menos por mi parte
Cita:
Originalmente publicado por AILANAUTIC Ver mensaje
"Aqui pretendemos que un PER, PY o CY pueda llevar profesionalmente un barco con 12 tios bajo su responsabilidad sin más requisitos que no haber fallado más de no se cuantas preguntas tipo test, o saber identificar Betelgeuse al paso por el meridiano inferior, y 20 -40 o 60 horas de navegacion junto con otros 7-8 alumnos y sin tocar la rueda? En el caso de un PPER con una declaración responsable. eso sí."
Sería conveniente que te informases de los requisitos para obtener la habilitación (que no titulación) para obtener el PPER. Me parece que te dejas bastantes cosas (certificados, días de navegación etc.). Evidentemente no se pueden equiparar a los conocimientos o años de navegación que se requieren para obtener el mando en la mercante, pero me parece que nadie pretende equiparar eso. Estamos hablando de barcos de recreo, de uso comercial hasta 24 metros, y a no más de 60 millas de la costa.
En todo caso, por favor, no menospreciemos de un plumazo (llamando paridas), a la gente que ha obtenido esas acreditaciones. A lo mejor algunos nos creemos eso de la declaración responsable y estamos acostumbrados a decir la verdad.
Me habré explicado mal
Creo estar al corriente de las condiciones necesarias mínimas para obtener el "certificado de especialidad" que no Título profesional de la Marina Mercante,

(Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante)
"Disposición adicional quinta. Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
1. Se crea el certificado de patrón profesional de embarcación de recreo y que será emitido por la Dirección General de la Marina Mercante a las personas que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
a) Estar en posesión del título de capitán de yate.
b) Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
c) Haber cumplido 20 años de edad.
d) Poseer el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro, además de los de supervivencia y contraincendios de primer y segundo nivel.
e) Superar el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.
f) Superar la prueba de conocimiento que determine la Dirección General de la Marina Mercante"

siendo barco mercante,
"10. «Buque mercante»: todo buque civil de navegación marítima, excluidos los pesqueros, los yates de recreo no dedicados al comercio y los buques de madera de construcción primitiva, de conformidad con el artículo III del Convenio STCW" y completado recogiendo lo acordado en el Convenio de Manila de 2010 en "Real Decreto 938/2014, de 7 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante", que dice lo mismo en cuanto a "Buques mercantes" puesto que no lo modifica.

Esto anterior, que es un coñazo emana de la IMO y no de una merienda en el Club Náutico de turno.
Yo jamás he llamado paridas en el sentido que creo tú le das a los que que han obtenido con mucho esfuerzo, algunos, no lo dudo, estos certificados, sino que han sido mal pensadas y plasmadas por parte de la ínclita DGMM porque jurídicamante están cogidas con papel de fumar, (de ahí que solo sirvan para España, barcos españoles y 60 millas) o sea mal paridas las leyes, jamás los que las han obtenido.

Si quieres decirme que los certificados de básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro, aportan algo práctico a la actividad de charter en un 40', pues no lo veo. Lo siento.
Pero eso no es culpa del que "sufre" las condiciones que impone DGMM que no sabía como darle cuerpo a este certificado, y lo hizo incluyendo otros certificados STCW.
Sí aportan los de formación básica, GMDSS, contraincendios etc y faltarían algunos como ARPA, Formación sanitaria avanzada etc en mi opinión.
¿Como se controla, para que sea verdad, que no dudo que habrá muchos que, como tú, lo cumplen de sobra, el punto b) Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
Pero también estoy seguro de que hay muchos, algunos conozco, que no han navegado en la puta vida y firman esa declaración tan pichis. y son tan PPER como tú---Dios nos pille confesados

En fin estimado
AILANAUTIC, no creo que estemos tan lejos en el planteamiento que cada uno de nosotros defendemos. Es evidente que con esa redacción del RD no se separa el grano de la paja, ya me entiendes,

Mi máximo respeto a gente que lleva toda la vida navegando en barcos de recreo de cualquier tipo, pero poco o ninguno a los "marinos" de titulitos náuticos que amarillean en la cartera y que NO NAVEGAN, ni ganas que tienen, pero no se pierden una reunión del Náutico de turno, cenas y homenajes varios y si salen con 12 nudos se dan la vuelta, porque no veas qué temporal me he comido....

Estos últimos no tendrían un gran ranking en el registro de patrones que en otra intervención proponías, que me parece un abuena idea por otro lado

Reitero que personalmente SÍ A TITULACIONES PROFESIONALES DE RECREO, pero coño, con garantías, sin que haya que estudiar, antes cinco años, ahora cuatro y navegar no menos de 3 años, que eso se lo dejamos a los Capitanes de la MM, pero sí unos mínimos, no te parece?
Con verdadera simpatía y afecto.

Editado por KULUXKA2 en 10-11-2014 a las 00:00.
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custodio (10-11-2014), Mateando (10-11-2014), whitecast (09-11-2014)
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Sinceramente, creo que esto está derivando en un sinsentido ... Ayer y hoy he estado de regatas, de las de verdad, no de las virtuales, estoy agotado, he leído lo que he leído y casi me da la risa lo que estáis haciendo es ridículo ... así de simple ... Yo conozco marinos mercantes incapaces de meter un velero en un amarre ... y estoy seguro de que ningún PER, PY o CY es capaz de manejar un mercante de 100.000 toneladas ... Pues claro que no, otra cosa es que hablemos la posibilidad de acceder desde una titulación náutico-recreativa a la posibilidad de manejar barcos de chárter ....

Nos pongamos como nos pongamos, eso lo inventaron los británicos y su RYA cuando dejan muy clarito que mientras un barco sea de uso particular lo puede llevar casi cualquiera, pero como sea de chárter ... o tripu profesional o no hay charter ....


En fin, no me intentes convencer de quién se supone que puede llevar mejor un barco ... dame datos y deja que juzgue yo mismo ...

Editado por Jadarvi en 17-11-2014 a las 10:40.
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Predeterminado Respuesta: Re: Nuevas titulaciones náuticas

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Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Sinceramente, creo que esto está derivando en un sinsentido ... Ayer y hoy he estado de regatas, de las de verdad, no de las virtuales, estoy agotado, he leído lo que he leído y casi me da la risa lo que estáis haciendo es ridículo ... así de simple ... Yo conozco marinos mercantes incapaces de meter un velero en un amarre ... y estoy seguro de que ningún PER, PY o CY es capaz de manejar un mercante de 100.000 toneladas ... Pues claro que no, otra cosa es que hablemos la posibilidad de acceder desde una titulación náutico-recreativa a la posibilidad de manejar barcos de chárter ....

Nos pongamos como nos pongamos, eso lo inventaron los británicos y su RYA cuando dejan muy clarito que mientras un barco sea de uso particular lo puede llevar casi cualquier, pero como sea de chárter ... o tripu profesional o no hay charter ....


En fin, no me intentes convencer de quién se supone que puede llevar mejor un barco ... dame datos y deja que juzgue yo mismo ...
Si te refieres a mí, mejor lo dejamos...

Editado por KULUXKA2 en 10-11-2014 a las 07:49.
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Neska (10-11-2014)
  #8  
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Si te refieres a mí, mejor lo dejamos...
No,me refiero en general a esta especie de competición que se monta cada vez que se habla de ciertas cosas, que si uno tiene más días de mar, que si otro ha hecho el Atlántico siete veces en un velerito de 27 pies, etc ...

Igual fui demasiado cáustico, pero lo que quiero decir es que cada uno está preparado para lo que está preparado ... Y no creo que un señor que se pasa cinco años estudiando para ser marino mercante tenga como objetivo profesional acabar patroneando un barco de 50 pies en verano para gente que no sabe navegar.

Otra cosa es que eso pueda ser una salida profesional en un sector en el que las cosas no están fáciles.

Y otra cosa es que haya países en los que se ha obrado con sentido común, separando la marina mercante de la "marina recreativa", y se ha creado una vía de acceso que permite patronear profesionalmente embarcaciones y buques de recreo partiendo de titulaciones náutico-deportivas; sin que ello excluya de esa posibilidad a los marinos mercantes.

Lógicamente, entiendo que un señor que ha estudiado náutica está más capacitado para llevar un barco de 2.000 GT que un CY ... pero eso mismo puede hacer que un CY esté más capacitado, no tanto por conocimiento como por práctica, para llevar un velero de 50 ó 60 pies ...

Además, la reacción que ha habido desde algunos sectores contra el hecho de que los buques de recreo puedan estar al mando de un CY también me parece estéril, porque la tripulación sigue teniendo que ser profesional y ese CY tendrá a su lado profesionales que son los que al final llevarán el barco ... no porque ese señor sea tonto, o incapaz, es que estamos hablando de bichos tan grandes como ferrys ...

Creo que la lucha no está en quién es mejor y para qué, sino en compatibilizar y entender bien las cosas ... Un yate, embarcación de recreo, buque de recreo, llamémoslo como nos dé la gana, no es un mercante no un buque de pasaje .... así que si se crea una vía para que los titulados náutico.deportivos puedan llegar a ejercer profesionalmente, es lógico que esa vía no les habilite para llevar mercantes, en fin, la cosa ya está inventada .. basta con copiar.

Pero aquí parece que las autoridades prefieren la burocracia y nosotros pelearnos a silletazos en las tabernas.

salud!!!!
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  #9  
Antiguo 10-11-2014, 00:00
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

El gran problema de la titulación PPER, es que debido al paripé de la declaración responsable nunca podrá ser homologable por el convenio STCW y por lo tanto estará limitada a navegar en aguas españolas y en yates de bandera española , limitando en gran medida las oportunidades laborales de sus poseedores ( no he visto en ninguna crewing agency de las que hay por Palma ofreciendo embarques con esa titulación)
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  #10  
Antiguo 10-11-2014, 09:01
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
El gran problema de la titulación PPER, es que debido al paripé de la declaración responsable nunca podrá ser homologable por el convenio STCW y por lo tanto estará limitada a navegar en aguas españolas y en yates de bandera española , limitando en gran medida las oportunidades laborales de sus poseedores ( no he visto en ninguna crewing agency de las que hay por Palma ofreciendo embarques con esa titulación)
Esta reflexión me plantea varias dudas:

- Desde el punto de vista profesional, "títulos" como el Ocean Yacht Master con Comercial Endosament, de la RYA, aceptado en todas partes ¿Cómo justifican sus días de navegación?

- Desde el punto de vista aficionado ¿Cómo podría controlarse mejor (o al menos algo) los días de navegación y la calidad de los mismos sin burocratizar cualquier salida a la mar?

__________________
-----------------------------------------------
...¿y por qué no?...
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  #11  
Antiguo 10-11-2014, 14:21
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Originalmente publicado por iperkeno Ver mensaje
Esta reflexión me plantea varias dudas:

- Desde el punto de vista profesional, "títulos" como el Ocean Yacht Master con Comercial Endosament, de la RYA, aceptado en todas partes ¿Cómo justifican sus días de navegación?

- Desde el punto de vista aficionado ¿Cómo podría controlarse mejor (o al menos algo) los días de navegación y la calidad de los mismos sin burocratizar cualquier salida a la mar?

Este es el tema. Porque al final, lo que cuenta, además de los conocimientos teóricos, son los dias de navegación. Y hay fórmulas que no son tan complicadas. Si navego es que embarco y salgo de un puerto y entro en otro o en el mismo y desembarco. ¿Si?. Salir y entrar. Embarcar y desembarcar. Eso es lo que debería ser el enrole. En la actual legislación existe la figura del "autoenrloe", que realiza el capitán o patrón. ¿Sería tan complicado que ese autoenrole, fuese acompañado de la certificación del puerto en que el barco atraca? He leído en otro post que la guardia civil pide la titulación a la capitanía de un Club (que supongo será el concesionario de una marina),¿Que pasaría si una reforma legal (por ejemplo un Real Decreto), regulase que la libreta marítima del patrón o capitán de una embarcación o buque de recreo fuese también certificada por la Capitanía del puerto donde atraca el barco?. Aunque lo hiciese con caracter mensual. ¿no es tan complicado desde las capitanías de las marinas deportivas llevar un registro de entradas y salidas, que por otra parte deberían ser obligatorias?. Por otra parte existe el AIS donde se registran los movimientos de las embarcaciones. Sabríamos lo que navega un barco y quien lo gobierna ¿o nó?. ¿y eso no conforma los días de navegación y el tipo de barcos en los que se navega?. Es solo una sugerencia.
Saludos
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