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  #1  
Antiguo 14-01-2015, 19:33
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

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Originalmente publicado por capitan garfio Ver mensaje
Segun la pagina web de la escuela en la que yo estudie tanto la eslora como la distancia de navegacion es ILIMITADA

la limitacion viene dada por el arqueo y es de 3.000 GT
Se trata de un valor adimensional a pesar de que define un volumen y viene dado por la eslora,la manga el puntal y algun coeficiente.
Jugando con esta formula podriamos tener un barco de 1 m de manga,1 m de puntal y un valor de eslora alucinante.
En este momento este valor de 3.000GT no me sugiere gran cosa y agradeceria qu algun cofrade aportara valores de embarcaciones concretas y de su GT


.......mas que nada para acotar el tema.....gracias
disculpad que me autocite per me interesa reflotar el tema a ver si algun cofrade que disponga de datos nos cita algunas embarcaciones que tengan un valor de Gt alrededor de 3000....gracias
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  #2  
Antiguo 14-01-2015, 19:52
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Por poner dos ejemplos:

http://www.superyachts.com/motor-yac...cification.htm

http://www.superyachts.com/sail-yach.../sea-cloud.htm
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  #3  
Antiguo 14-01-2015, 20:05
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Pues yo con mi py voy donde me da la gana si no que me busquen en el medio del mar a ver si tienen guevos. Eso si que venga el principito que es muy guapo y mu alto y tienes muchas medallitas:veler o:
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  #4  
Antiguo 14-01-2015, 20:26
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

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Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje

Gracias Whitecast
El primero a motor parece que no llega a los 3000 pero en el caso del velero no indica el GT

gracias
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  #5  
Antiguo 14-01-2015, 20:39
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

El SEA CLOUD tiene 2532 GT, una minucia para las grandes atribuciones de los capitanes de yate

http://www.marinetraffic.com/ais/det...ssel:SEA_CLOUD

Resumiendo, unas 3000 Gt equivaldría a un buque de 100 m y 5 cubiertas
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  #6  
Antiguo 14-01-2015, 20:49
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Los cap de yate siempre han estado limitados un cy no puede llevar un yate de 100m ni antes ni ahoraya que a partir de cierta eslora o arqueo no se considera embarcacion de recreo igual que siempre haj estado limitado a 12 personas antes y ahora porque a partir de la persona 13 se considera pasaje
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  #7  
Antiguo 14-01-2015, 21:48
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

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Originalmente publicado por Franhomero Ver mensaje
un cy no puede llevar un yate de 100m ni antes ni ahora
Con la nueva normativa nadie te obliga a llevar en barco de 30m a ningún pasajero, ni a 12 ni a 66.
Puedes ir tú y tu pareja si te da la gana y no entrar en limitaciones profesionales.

¿No has leído que ya se ha firmado?. YA HAN FIRMADO.
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  #8  
Antiguo 14-01-2015, 22:14
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Lo acabo de leer y creo que sigue igual en 24 metros como antes
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  #9  
Antiguo 14-01-2015, 22:11
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

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Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
El SEA CLOUD tiene 2532 GT, una minucia para las grandes atribuciones de los capitanes de yate

http://www.marinetraffic.com/ais/det...ssel:SEA_CLOUD

Resumiendo, unas 3000 Gt equivaldría a un buque de 100 m y 5 cubiertas


gracias whitecast ahora ya me siento mas reconfortado para comprar un trasto como estos y montar en expedicion al polo
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  #10  
Antiguo 14-01-2015, 23:11
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

En el RD 804/2014 dice en su página 3:
https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10572.pdf

Definición:

"Buque de recreo»: Todo buque de cualquier tipo, con independencia de su modo de propulsión, cuya eslora de casco sea superior a 24 metros.

"Embarcación de recreo»: Toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, con una eslora de casco comprendida entre 2,5 y 24m.

Y en la página 7 dice:

"Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán
de Yate
".


Creo que no pueden quedar dudas al respecto.

No hace falta interpretar nada, ni leer entre líneas, ni decir que está rebuscado.

Por una vez está clarísimo, se puede decir más alto, pero no más claro.
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  #11  
Antiguo 15-01-2015, 00:40
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Pero como un capitán de yate no puede cobrar por su trabajo y dudo mucho que ningún armador de megayates quiera pilotar su propio barco (para eso ya está la tripulacion, los millonarios tienen mejores cosas que hacer) unido a que por motivos fiscales no hay casi ningún megayate con bandera española (los únicos que puede llevar un CY)....esto no deja de ser un brindis al sol con nula aplicación práctica
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  #12  
Antiguo 15-01-2015, 18:17
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

¿Es esto, no?:

https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10572.pdf
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  #13  
Antiguo 15-01-2015, 19:25
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

El Rd al que hace mencion el cofrade LSV se refiere a las embarcaciones y es del 2014

realmente la modificacion de titulos queda reflejada aqui:


http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/15/index.php?lang=gl


Que es la modificacion del anexo VII del Rd del 2014

Editado por capitan garfio en 15-01-2015 a las 19:36.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a capitan garfio
LSV (16-01-2015)
  #14  
Antiguo 16-01-2015, 23:46
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

A ver si nos aclaramos, todas estas cosas de las millas no tienen nada que ver con el mar, ni con los conocimientos náuticos, solo tiene que ver con la política que mueva más dinero en la dirección "adecuada".
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  #15  
Antiguo 17-01-2015, 00:28
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

Buenas, cofrades:

Hay otro asunto que queda bien aclarado, y es el de las atribuciones como operador radio. Antes tenías que explicar, sin que estuviera escrito en ninguna parte del título o de la tarjeta, que la certificación como operador (que en las titulaciones náuticas de muchos países es un certificado aparte) estaba incluida. Ahora está perfectamente claro.

En cuanto pueda hago los trámites para canjear la tarjeta antigua por la nueva.

Saludos,
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Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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  #16  
Antiguo 15-01-2015, 12:25
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

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Unas birras de antemano, no es por nada pero yo trabajo en un atunero indico 82m eslora 14,5 manga capacidad en cubas unas 1200 tns y el desplazamiento del barco son 2228 GT asiesque imaginate el yatecito que necesitas pa iwalar eso.....

por otra parte e estado esta semana en capitania preguntando sobre esto y la respuesta es que siempre que el barco sea pa uso privado NO hay limitacion de eslora, si te pillas con un barco de + 24 m eslora y haciendo charter te crujen ya que necesitarias patron de embarcaciones de recreo profesional, ya que muchas empresas de charter usavan a capitanes para trabajar aduntando el titulo de patron de recreo profesional que solo es asta 24 m y 60 millas, la forma tan liada de escrivir el texto parece ser que es pa que no qede ninguna laguna legal para que gente no profesional se dedique al charter

saludos
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  #17  
Antiguo 15-01-2015, 17:44
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Predeterminado Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones

¿Habéis visto como quedan las atribuciones en las nuevas tarjetas?. Hoy ha salido publicada en el BOE la Resolución de 27 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

En el dorso de las nuevas tarjetas ya afinan más.

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