Cita:
Originalmente publicado por North Side
Vaya, yo creo que con el documento expuesto anteriormente, está todo claro. La misma guardia civil no reconoce la soberanía española en la zona contigua, por lo que a las embarcaciones de pabellón extranjero no se les puede intervenir nada más que en determinadas circunstancias, en las que no incluyen el control de titulacion del Patron.
Cualquier otra interpretación es sin duda a mi entender, buscarle los cinco pies al gato.
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estoy leyendo y pone:sobre embarcaciones extranjeras...se podra intervenir sobre aquellas que hubiesen cometido cualquier infraccion de las leyes y reglamentos españoles...
blanco y en botella.
Ahora diras que no tener titulo no es infraccion de ninguna ley o reglamento español