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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() UNA DUDA: ¿En España, mejor dicho, un barco abanderado en España, si llevas inodoro es obligatorio el tanque KK por norma del estado? ¿que norma? ![]() |
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#2
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me he reído yo también un montón , jajaja,
![]() pero ya veo que quedan algunas dudas. he estado mirando en el libro, repasando apuntes MARPOL y sobre el Mediterraneo ... además esa fue una pregunta de mi examen. ..... 1 - Se puede descargar aguas sucias a más de 3 millas de la costa, si el buque dipone de un equipo para desmenuzar y desinfectar previamente el agua. 2 - A más de 12 millas si no lo tiene. 3 - Retención a bordo (tanque kk) de las aguas que no cumplan las condiciones anteriores para su posterior descarga en puerto. .... el convenio MARPOL también afecta a los abanderados en Belgica ![]() |
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#3
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¿También para barcos con capacidad inferior a 10 personas?![]() |
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#4
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sí. No está especificado la capacidad del barco.
en la normativa sólo viene lo de las millas, pero claro, yo tengo en cuenta de que lo que nos dicen es para nuestra titulación PER lo que está más regulado por ser el Mediterraneo zona especial de protección son los vertidos de los hidrocarburos, pero en lo que respecta a las aguas de kk, es eso. 3 millas con trituradora y 12 directo. aquí está el tocho del convenio MARPOL por si lo quieres consultar. http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr..._articulos.pdf |
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#5
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![]() ![]() ![]() ![]() Vuelvo a pegar la intervención de Gilinas en el hilo "Trámites cambio a bandera belga/holandesa": Cita: Originalmente publicado por genoves : A mi me asalta la duda de si las normas MARPOL son o no de obligado cumplimiento por encima de las banderas, y lo mismo que (a otro nivel por supuesto), España exige que un petrolero de la bandera que sea, que navegue por nuestras aguas territoriales sea de doble casco, podría exigir que los barcos que circulen por nuestras aguass tengan un sistema de retencion de líquidos y no emisión directa. Pero reconozco desconocer la postestad sancionadora de las capitanías marítimas a las embarcaciones extranjeras. Supongo que habrá que esperar unos veranos. El MARPOL es de obligado cumplimiento, pero en el Cita: ANEXO IV REGLAS PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LAS AGUAS SUCIAS DE LOS BUQUES REGLA 2 ÁMBITO DE APLICACIÓN Las disposiciones del presente Anexo se aplicarán a: a) i) Los buques nuevos cuyo arqueo bruto sea igual o superior a 200 toneladas. ii) Los buques nuevos cuyo arqueo bruto sea menor de 200 toneladas que estén autorizados para transportar más de 10 personas. iii) Los buques nuevos que, sin tener arqueo bruto medido, estén autorizados para transportar más de 10 personas, y a b) i) Los buques existentes cuyo arqueo bruto sea superior a 200 toneladas, diez años después de la fecha de entrada en vigor del presente Anexo. ii) Los buques existentes cuyo arqueo bruto sea menor de 200 toneladas que estén autorizados para transportar más de 10 personas, diez años después de la fecha de entrada en vigor del presente Anexo. iii) Los buques existentes que, sin tener arqueo bruto medido, estén autorizados para transportar más de 10 personas, diez años después de la fecha de entrada en vigor del presente Anexo. por el que deduzco que en barcos de capacidad menor de 10 personas NO es de aplicación MARPOL en lo referente al vertido de aguas sucias...salvo que la cita no esté actualizada. Por eso me preguntaba si la obligación generalizada del tanke de aguas sucias si se instala inodoro, venía en el caso español de una norma nuestra...cosa a la que somos muy dados, y no de una obligación derivada del MARPOL. ![]() ![]() ![]() |
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#6
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joer... la verdad que me haces dudar, ya.
Y eso que pensaba que lo tenía claro. Menudo lío ![]() aunque de todas formas no me encaja eso de que con nuestros veleros despachados para menos de 10 personas ( que creo somos la mayoría ), no se nos aplique el convenio MARPOL y podamos legalmente hacer lo que queramos. |
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#7
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![]() Bueno, eso estaría a tono con la obligación que impone la legislación española de revisiones de balsas o radiobalizas en plazos que no tienen nada que ver con lo que indican los fabricantes, etc. ¿Porque muchos nos hemos abanderado en Bélgica? ¿Por pagar menos impuestos? ¿Por no tener que revisar nuestra embarcación cada cuatro cinco años? No, no es por eso y estoy seguro que lo sabes y, posiblemente, hasta lo compartas. Por eso no me extrañaría que se tratara de una "cacicada" más de nuestra administración y que esa imposición del tanque de KK para barcos de capacidad menor de 10 personas no se dedujese directamente del MARPOL y que, por tanto, que si estás abanderado en otro estado no estuviese esa obligación. Y por eso intento que, entre todos, podamos aclarar este aspecto. ![]() |
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