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#1
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Parece que los franceses han cortado por lo sano!!
http://www.bateaux.com/article/23615...-article-texte ![]() ![]() ![]() Mal asunto |
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#2
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Shhhhhhhhh......
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#3
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Conociendo a nuestros administradores, veremos que pronto aplican el "invento" francés.
Para lo malo, es tan fácil copiar ......... Ya lo dice el refrán: "Cuando las barbas de tu vecino veas cortar ........... Copas para nos y a los otros, que les den ...... |
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#4
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"On peut garder le pavillon étranger et simplement se mettre en règle en passant le bon permis et en embarquant le matériel de sécurité correspondant. Le retour sous pavillon français est aussi possible…"
¿Dónde está el problema? ![]() |
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#5
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De verdad se puede legislar en materia de titulación y seguridad sobre el pabellón de otro país y además con discriminacion respecto a ciudadanos comunitarios?
lo digo desde la ignorancia ![]() ![]() |
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#6
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Aunque mi Francés es patético, por lo que leo en enlace, entiendo que el cambio legislativo va más en la línea de requerir titulaciones a los residentes en Francia (como en España).
Un saludo. |
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#7
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#8
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Este comentario: http://www.actunautique.com/2016/02/...-francais.html de hace unos meses y que ya ha salido en algún otro hilo en esta Taberna ya dice : "Reste à savoir comment cette mesure se conjuguera avec le principe de la liberté de circulation des biens et des personnes énoncé par l'article 26 du traité sur le fonctionnement de l'Union Européenne." En resumen yo creo que la ley francesa ![]() . Eso sí, a los afectados le esperan las consabidas idas y venidas a tribunales, hasta que lo ganen. Esperemos que sea pronto y que sirva de escarmiento a "otros".Por otra parte, sabiendo que la reglamentación náutica de recreo española es de las más (si no la más) restrictivas del mundo ¿en qué cabeza cabe que si nuestra querida Administración hubiera visto el más mínimo resquicio no habría puesto en práctica alguna medida semejante? Mientras tanto, como dice el cofrade Caribdis: Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 06-07-2016 a las 19:59. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
fab (06-07-2016) | ||
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#9
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Y lo que es ya una burla maléfica es que la ley francesa empiece diciendo:
"Afin d'encourager le secteur de la plaisance..." A menos, claro, que "encourager" tenga también la acepción de "encabronar"... ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#10
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« Art. L. 5241-1-1.-Quel que soit leur pavillon, les navires de plaisance et les véhicules nautiques à moteur appartenant à des personnes physiques ou morales ayant leur résidence principale ou leur siège social en France ainsi que les navires de plaisance et les véhicules nautiques à moteur dont ces personnes ont la jouissance sont soumis, dans les eaux territoriales françaises, à l'ensemble des règles relatives aux titres de conduite des navires et au matériel d'armement et de sécurité applicables à bord des navires de plaisance et des véhicules nautiques à moteur battant pavillon français. » A lo bruto: sea cual sea el pabellón de un barco perteneciente a una persona física con residencia principal en Francia, estan sometidos en las aguas territoriales francesas al conjunto de reglas relativas a los títulos de navegación y al material de seguridad aplicables a los barcos de pabellón francés.... ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#11
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#12
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No legisla sobre pabellones extranjeros, cosa que no podría hacer, a ver como le pides a un Holandes que según en que país este de la CE vaya cambiando equipos
legisla sobre el ciudadano francés que lleva bandera holandesa y navegue en aguas francesas.Si navegas en aguas internacionales no te afecta, eso si, si cruzas el Atlantico nada de llegar a Martinica ![]() ![]() |
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#13
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Cita:
Los simples ciudadanos se pensaban que iban a poder con un sector tan importante en Francia, pensad que en Francia se paga un impuesto anual por tener una embarcación, el estado habrá echado cuentas ![]() ![]() |
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#14
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Lo que yo pienso, supongo que en contra de muchos, es que en las aguas territoriales de un país se han de cumplir las normas del mismo y que ya es hora de que se unifique la legislación comunitaria en navegación.
Anavre tendría mucho que decir en esa hipotética unificación de normativas.
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#15
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A mí lo que más me gusta del artículo es que a las personas jurídicas se les llame "personas morales"
Tal como nos van las cosas en nuestro país sería complicado encontrar a esa clase de personas a las que poder aplicar el precepto. ![]() Si lo copian posiblemente afecte a muy pocas personas ![]() Saludos ![]() |
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#16
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Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados. 1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad. 3. La acreditación de la residencia para los españoles se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de ciudadanos españoles en los registros de matrícula de oficinas consulares en el extranjero. |
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#17
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Interesante cuestión en la que coincido contigo, cofrade:
La Administración española ha llegado hasta donde podía llegar (a pedir titulaciones para impedir que los patrones españoles navegaran sin título en aguas españolas) mientras que la Administración francesa ha llegado donde quería llegar (a forzar el cumplimiento de normas francesas sobre material de seguridad a las embarcaciones propiedad de franceses con pabellón extranjero que naveguen en aguas francesas). En mi opinión, la Administración española ha sido mucho más cauta que la francesa, ya que es consciente de que no puede exigir el cumplimiento de normativa a las embarcaciones de pabellón extranjero, pero sí a los patrones españoles (creando,eso sí, un galimatías descomunal con la famosa Disposición Adicional Quinta); la Administración francesa, sin embargo, se ha lanzado a legislar sobre algo para lo que no tiene competencias, las embarcaciones con pabellón extranjero. Veremos cómo les va... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#18
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Quizás no es una comparación del todo correcta, pero en el tránsito rodado se hace lo que cada estado manda (p.ej. conducir por la izquierda). Me cuesta creer (por mucho que pueda interesarme) que no puede hacer nada frente al españolito con su barquito surcando aguas españolas, por mucho que figure una banderita de otro color en su popa. Pero más allá de esas elucubraciones, hay algo que hay que tener muy en cuenta: - El que ha cambiado el pabellón, se ha metido en unos trámites, papeleos y gastos (amén de renovaciones periodicas para las que estará "colgado" de un gestor que ni conoce y que puede desaparecer a la que se acabe el chollo), que no le habrán servido de nada. - Si en España se aplica lo que en nuestros vecinos y todo se acaba adquiriendo (y renovando) todo el material de seguridad, como decía antes, se habrá tirado tiempo y dinero, pero el sufrido navegante podrá darse por contento. Pero como la Administración Española diese un paso más (cosa posible) y se tuviera que volver a abanderar los barcos, que Dios nos coja confesados! Esperemos acontecimientos y mientras, a rezar fervorosamente... ![]()
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Buena proa! |
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#19
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Un Francés que recalo en un puerto de Chile fue obligado a tener abordo un hacha y una balsa salvavidas y si no no le daban el zarpe, era lo obligado para las embarcaciones chilenas, el hacha fue fácil y barata pero la balsa imagina, el tipico frances sin un centimo con un barquito de 9 mts :nosabo
Me temo que para los franceses pinta mal ![]() ![]() |
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#20
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En el caso francés no sé, pero en el español estoy seguro de que la Administración no tiene competencias sobre las embarcaciones con bandera extranjera. Copio el art. 10.2 del vigente Código Civil: "Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen." Como ves, y siguiendo tu mismo ejemplo, la propia legislación distinge entre buques, aeronaves, etc. y medios de transporte por carretera, y les aplica criterios distintos. Lo que no quita para que sigamos rezando fervorosamente, como tú mismo dices. ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#21
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. Slava Ukrayini!.
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#22
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Hola.
Supongo que Europa tendrá que definirse y es muy difícil que ante un recurso de miles de europeos perjudicados por en sus intereses mire hacia otro lado. En Francia las asociaciones, sindicatos y armadores aún no han dicho nada pero su deporte favorito es " la greve " (la huelga) y suelen dar ejemplo a toda Europa de la capacidad que tienen para defender sus derechos. Yo esperaría pero cuando llegue ese momento podremos crear una asociación que nos represente ante Europa y al final pues quien viva verá. ![]() ![]() ![]() Saludos |
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#23
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Estas hablando de la jurisdicción civil, pero no de la administrativa, que es diferente. Un ejemplo facil que por tener un vehiculo de matricula extrajera y supongamos de un pais que no exige carnet de conducir, no te pediran para circular en España el carnet internacional , la carta verde etc. etc.. Pues es exactamente lo mismo. Como decia el cofrade que no se tengan que volver a abanderar las embarcaciones. Montoro piensa ![]() como cubrir el deficit. ![]() ![]() Pero no es para reir, no brindo. |
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#24
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Quizás no es una comparación del todo correcta, pero en el tránsito rodado se hace lo que cada estado manda (p.ej. conducir por la izquierda). Me cuesta creer (por mucho que pueda interesarme) que no puede hacer nada frente al españolito con su barquito surcando aguas españolas, por mucho que figure una banderita de otro color en su popa.
En realidad, lo de la banderita significa que es territorio soberano del pais cuya banderita enarbola, y eso no es moco de pavo. Pero más allá de esas elucubraciones, hay algo que hay que tener muy en cuenta: - El que ha cambiado el pabellón, se ha metido en unos trámites, papeleos y gastos (amén de renovaciones periodicas para las que estará "colgado" de un gestor que ni conoce y que puede desaparecer a la que se acabe el chollo), que no le habrán servido de nada. El papeleo es muy inferior al español y ademas baratisimo, para nada esta colgado de ningun gestor, la burocracia esta a años luz de la española en todos los sentidos, para que te hagas una idea, ahora llevo dos papelitos en el barco, antes una carpeta entera. cualquier futuro tramite lo puedo hacer por internet o correo, no como aqui que estos mansos de las capitanias aun no tienen ni una simple terminal para tarjetas de credito, lo cual te obliga a perder una mañana para cualquier gilipollez como si siguieramos en el siglo XIX. Todo el papeleo me supuso una mañana en casa y entre tasas españolas, correo, impuestos Belgas y demas, 138€. Solo pasar una ITB me supone alrrededor de 700 €, entre varaderos, bengalas, inpectores, DGMM, etc, ademas de perder varias mañanas, entre viajecitos a la capitania, varaderos, etc. Cuando tenga que renovar la lletre de pavillon dentro de 4 años aproximadamente, el tramite es tan simple como mandar por correo la lletre de pavillon a Belgica un mes antes de que caduque y hacer un ingreso de 51€ por transferencia bancaria desde el PC de casa, unos dias despues me remiten la nueva documentacion para 5 años mas. - Si en España se aplica lo que en nuestros vecinos y todo se acaba adquiriendo (y renovando) todo el material de seguridad, como decía antes, se habrá tirado tiempo y dinero, pero el sufrido navegante podrá darse por contento. Pero como la Administración Española diese un paso más (cosa posible) y se tuviera que volver a abanderar los barcos, que Dios nos coja confesados! Aunque se llegue a pedir algun dia el material de seguridad español, (solo se podra exigir el de la zona 4, porque mas alla no es territorio español) a los barcos de pabellon comunitario, (que no es exactamente extranjero), eso no significa que se tenga que re-abanderar en ningun caso, y si alguien quiere re-abanderarse, tampoco es problema porque ya existe documentacion española de ese barco. Al final, estamos hablando de normas comunitarias y por lo tanto de rango mayor, pero ademas al estado lo que le interesa es la pasta y esa la cobra exactamente igual, ademas de ser con mucha diferencia el pais con las tasas mas caras de europa. Hacienda no tiene ningun problema mientras trinque, en francia es diferente porque abanderar fuera si que supone al parecer merma de ingresos. Aqui los unicos que quizas esten jodidos son los de siempre, el momio de las ITB, que por cierto, cuando lo hacia la administracion costaba menos de 30€ y al darselo a las empresas particulares sufrio un incremento de mas del 1000%. ![]() Por mi parte, de momento tranquilo. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 07-07-2016 a las 09:51. |
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#25
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Montoro cobra igual independientemente del pabellon del barco porque a los residentes en el estado español les cobra las mismas tasas he impuestos y encima son responsabilidad de otro estado Schengen, o sea, cojonudo. Los barcos se rigen por normas muy anteriores a las de trafico que son iguales en todo el mundo y ademas al igual que las embajadas, tienen el rango de territorio soberano del pais donde esta abanderado. Y ademas, hay que distinguir entre bandera extranjera y pabellon europeo comunitario donde existe libre transito de bienes y personas. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 07-07-2016 a las 09:32. |
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