Cita:
Originalmente publicado por Bertie
Sí, ya sé que es una concesión, por eso he puesto las comillas...  y de hecho, en la mayoría de los portales se ponen anuncios de "venta" de amarre, lo que puede inducir a error a mucha gente.
Pero aún así es una modalidad que no se ve en otros países. Y lo que comentaba, me parece raro que en los precios de la "subrogación de la concesión" (para ser 100% exactos) no se indique el tiempo restante hasta la renovación. Porque en cierto modo es una lotería. ¿Qué pasa si pagas un pastón por el amarre, y al de dos, o cinco años, la empresa concesionaria quiebra (bastante común) y el concurso se lo lleva otra? ¿O sin que quiebre, no se le renueve la concesión? ¿Se respetan los derechos de los titulares de los amarres "por defecto"? ¿Tiene que estar contemplado en la letra pequeña del contrato? Demasiados cabos sueltos para una inversión de ese calibre.
En los anuncios de barcos te indican "ITB pasada hasta XXXX". En los de amarres debería ser algo parecido "Concesión a renovar en XXXX".
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Mira, cuando se hace el contrato hay que ir al notario y alli se redacta documento donde entre otras cosas esta escrito y descrito lugar, nº de amarre, medidas, fecha de comienzo, fecha de termino, precio y clausulas
Cuando expira la fecha de este contrato se termino tu uso y es igual si no sale la misma empresa adjudicataria o sigue, si quieres permanecer en el mismo puerto tendras que volver a pagar todo el tiempo de la concesion de una vez por el precio que te pidan o el alquiler mensual correspondiente
en el 2000 y viendo que me quedaba sin amarre por la locura del cambio a € y que de 20mil € pasaban a 40mil me adjudique dos de 12mx4'15m, uno para mi y otro para invertir
los alquileres pasaron de 310€ a 465€ al mes llegandose a pagar en el 2004 a 500€ y no habian....llego la hora de deshacerme de la inversion pagandome 120mil €, 78 mas de lo que pague, naturalmente tuve que pagar a hacienda la revalorizacion pero me quedo un buen pico en el bolsillo
SALUT

