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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Saludos cofrade,
por lo que tengo entendido es un acuerdo entre las partes. Es decir las partes acuerdan quien se hará cargo de los gastos y queda recogido en el contrato de arrendamiento. Si firmaste un contrato deberían constar los detalles. Lo que conste en el contrato va a misa! Si es un contrato verbal se complica, pero demostrando los pagos periódicos realizados también se puede defender. A ver que te dicen los cofrades más duchos en la materia... ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Xinanhook | ||
kiqu (12-10-2016) | ||
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