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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Barco a una Marina Seca, con un documento por el cual las dos terceras partes de la propiedad acuerdan depositarlo ahí, y comunicarle con burofax que dicha embarcación no está autorizada para la navegación por la mayoría de los titulares. A lo mejor así le interesa vender su parte o el barco completo.
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| 4 Cofrades agradecieron a viajero este mensaje: | ||
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#2
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....o 4 ot-tias bien dadas (insisto). Hay gente que no entiende otro idioma. Y lo sé porque me acabo de tragar una serie de TV, en el que los buenos ganan por ese método
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#3
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Yo estaba pensando lo mismo que viajero. Que saquen el barco del agua, o bien vas un día con un mecánico y te llevas medio motos a casa. Con llevarte el turbo, el codo de escape y la bomba de gas oil tienes suficiente. Son 2 horitas de mano de obra.
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#4
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Si no está en lista sexta y hace actividad lucrativa, siempre os queda el recurso de denunciarlo.
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#5
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esto mismo es lo que he pensado yo
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#6
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Cita:
![]() O amenazarlo con denunciarlo y si no se aviene a vender su 1/3 una somanta de buenos palos. Y como bien han dicho los profesionales también tienen familias que alimentar... ![]() La gentuza solo entiende una medicina, jarabe de palo! ![]() ![]() ![]()
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#7
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Cita:
Con eso ya tenéis todo hecho. Si el barco está en lista 6ª y el hombre tiene toda la documentación en regla para explotar el barco como barco de buceo, entonces sois vosotros los que cometéis irregularidad usándolo como propietarios cada vez que salís. Digo esto para chinchar, porque faltan muchos datos. Pero vamos, que como huele - por lo que cuentas - a caradura puro y duro, yo no le daría ostias, que me haría daño yo. Pero el dinero le duele a todo el mundo. El cambio de barco de pantalán sin informar o sin aprobación de la "sociedad?" es ilegal. ¿Habéis formado al menos una asociación deportiva? Faltan datos. También faltan las Ostias pero con caraduras.... mejor tribunales. ![]() ![]() ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#8
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Cita:
La excepción es si tiene menos de 4 años y te has acogido a la excención del impuesto de matriculación, pero eso es 1 excepción, aunque a veces parezca la norma. Y además, si vas como patrón, necesitas título profesional. Anda que no hay lios con las Zodiacs de buceo, legales al.100% hay pocas. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jiauka | ||
Juanitu (18-10-2016) | ||
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#9
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A ver que aparezca alguno de los cofrades abogados, pero yo diría que, salvo que sea una sociedad mercantil, cualquiera de los partícipes puede instar a la disolución de la sociedad. |
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#10
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Cita:
También recuerdo que los actos de disposición de la cosa común están sujetos a la unanimidad de los participes, sin embargo los de explotación (alquiler) los son por mayoria de ellos. Una solución alquilarlo a un tercero que tenga titulo suficiente y que pueda disponer del mismo excluyendo a los propietarios. O bien como ya se ha dicho artículo 400 CC y división de la cosa común. Pero los cofrades que han opinado que faltan datos son los más exactos en su apreciación. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SMJJ | ||
capitan kwak (18-10-2016) | ||
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#11
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![]() ![]() ![]() Da la sensacion de que en esta supuesta sociedad no hay nada firmado, el caracter cinico de susodicho se resuelve siendo mas cinico que el, madrugando mas que el, llegando al barco antes que el y esperarlo en la bañera, jodiendole los planes/contratos/negocios, provocando averias, robos, etc. Sembrarle una hectarea de hostias puede funcionar, tambien puede salir caro, si tiene jeta para hacer lo que hace, la tendra para joderos la vida a costa de la paliza, yo creo que en este caso hay que hacerlo desaparecer, al fin y al cabo cualquiera puede caerse por la borda y acabar molido por la elice, o cortado en porciones de 1/4 de kilo o desollado por cualquier otra fatalidad. |
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#12
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Y dialogar...?
Aunque sea por medio de terceros. Las situaciones límite nunca son aconsejables. Nuestro colega ahora tiene un problema, si le denuncian por agresión tendrá dos. Supongo que se ha intentado, pero tal vez volver a hacerlo por medio de un tercero con vocación dialogante. Un mal arreglo es mejor que un buen pleito. "Dios te de pleitos y los ganes, maldijo la gitana". Mi consejo, siempre, negociar. Que se quede con el barco y pague un precio razonable, o se venda a un tercero, o lo que sea. Intentada hasta la saciedad la negociación sin éxito, después es cuestión de mirar que tipo de contrato se suscribió, si es societario, como consta inscrita la titularidad del buque en el registro marítimo correspondiente, que documentación obra en poder de cada parte, quien puede acreditar qué (pagos, facturas, albaranes, testigos), etc. Se que a todos el instinto nos lleva a la imposición de la razón por la fuerza y más teniendo dicha razón, pero puedo asegurar que en el dialogo y la negociación está la mejor opción y más vista con el paso del tiempo. Es solo mi opinión.
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El hombre es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras. Editado por jesblau en 18-10-2016 a las 20:25. |
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#13
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Como dicen por aquí: las guantás que más duelen son las que no se dan.
Yo me dejaba de actos violentos (no solo con el personaje, sino también con el barco). Me pondría en manos de un abogado facilitándole todos los datos, pues en la consulta que haces falta saber muchas cosas, empezando por si tenéis una sociedad (mercantil o no) o un simple proindiviso. Es evidente que tienes un problema, pero en la definición de problema te encuentras que ésta es una situación que tiene solución (si no tuviera solución no sería un problema, sino un dato). En las contestaciones que te han dado ya se ven posibles soluciones (dependerá de cual es la situación real para ver si hay otras alternativas), empezando por el arrendamiento a un tercero (aunque sea un puro paripé, lo cual le impediría su uso) y a continuación la venta judicial del bien dado que éste es indivisible. Es mi opinión, pero como diría Groucho Marx si no os gusta la cambio. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a agb | ||
capitan kwak (18-10-2016) | ||
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#14
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Absolutamente de acuerdo con el Cofrade Secu.
El proceso puede parecer largo, pero es el adecuado, y cuando antes empieces antes acabas, todo ello sin perjuicio de que en la misma demanda de división de cosa común puedas pedir cautelarmente, para evitar que el abuso se prorrogue o que pueda estropearse el barco, su inmovilización por orden judicial. Ello puede consrituir el revulsivo para desencadenar la negociación de que el socio díscolo compre o le vendais la parte sin necesidad de llegar a la subasta. A estad alturas cualquier acuerdo de pactar nuevas normas de futuro en indiviso equivaldría a tropezar dos veces en la misma piedra, algo a lo que los humanos estamos aficionados... Suerte ![]() |
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#15
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Cita:
Bloodline |
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