Cita:
Originalmente publicado por Conescom
Este es el impreso de solicitud de licencia de la comunidad valenciana.
http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/26067_BI.pdf donde podéis ver el recuadro destinado a embarcaciones extranjeras.
¿Es válida la licencia expedida en una comunidad autónoma para pescar en aguas de otra comunidad?
Según se establece en el Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, en su disposición adicional quinta (reconocimiento de licencias). La licencia de actividad de la comunidad autónoma será la expedida por la comunidad en la que la embarcación de pesca recreativa tenga su puerto base. Las comunidades autónomas establecerán mecanismos de colaboración y cooperación para el reconocimiento mutuo de licencias.

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Hasta donde yo sé, no existe el concepto de "aguas territoriales de una comunidad autónoma", por lo que la pregunta carece de sentido. Otra cosa es que la vigilancia se lleve a cabo por efectivos basados en una o otra CA, pero la licencia debería de ser válida. Lo mismo que los títulos de recreo también son expedidos por las correspondientes consejerías, pero son válidos en todas las aguas territoriales españolas.
Pero vamos, que igual me equivoco...