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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() Pues no lo entiendo,a mi el recibo del seguro me lo envían por correo electrónico y yo en mi casa lo imprimo,hasta el momento ningún problema,por lo menos en puertos y en capitania,la GC no me lo ha pedido todavía,pero si en capitania vale debería valer también para la GC ¿no? Saludos.
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ROyOR (14-04-2017) | ||
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#2
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Primero copas,
, luego al tema.Aunque no soy un experto en el tema, sí para la Guardia Civil "de Tierra", no es necesario disponer físicamente del recibo del Seguro, no sé cual es la razón de qué, de forma análoga, no sirva para los barcos este procedimiento. Sí el agente que te pide el recibo del Seguro, no tiene razón en su "petición", ¿puede considerarse este proceder, una prevaricación, y pedirle responsabilidad por ello?. Creo que muchas veces, la Autoridad, se "pasa", y que el personal "traga" con todo. Naturalmente, siempre con buenas maneras, responder ante estas supuestas arbitrariedades es algo que debíamos ejercer con más frecuencia. Más copas. ![]() , pero no muchas que luego te hacen "soplar". |
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#3
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Vuelvo otra vez al tema, ya que lo considero una situación algo esperpéntica y no se me va de la cabeza.
Estamos viendo y oyendo a diario, "la presunción de inocencia", que tenemos todos (al menos teóricamente). Sí al agente peticionario, le indicas que efectivamente tienes pagado el seguro aunque no dispongas en ese momento físicamente el recibo, ¿cual es la razón de que no aplique la tan citada presunción de inocencia?. Otra cosa es que en ese momento la acepte, y después verifique sí es o no verdad, en cuyo caso el "palo" debería de ser doble. Por no tenerlo y por mentir a la Autoridad. Pero ya sabemos, sólo "la casta" disfruta de dicha presunción, el resto "sí, amo". ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#4
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Hola Jesús, esto lo teníamos que estar hablando en el bar del náutico
¿cuando vienes por estas tierras? Dame un toque cuando "subas" a esta esquinita.Eso de "la presunción de inocencia" en nuestro tiempo no puede existir, ya que hay mucho con una cara mas dura que una barra de pan de hace 3 meses ![]() Un abarzo Rafa
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#5
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Cita:
Enviado desde mi LENNY2 mediante Tapatalk |
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#6
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Eso mismo es lo que he hecho, y además he acompañado copia del DNI, incluso lleve el contrato del seguro, la documentación de la moto y la factura, pero eso no me lo quisieron coger.
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#7
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Cita:
¡¡¡Incomprensible!!! Rebe |
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ROyOR (24-04-2017) | ||
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#8
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Como ves, eso aumenta el desatino. Para la GC un pdf, o una pagina impresa, son "falsificables". Ese misma pagina impresa con un sello bancario (que se podria haber hecho con una patata), es un documento legal solo comparable a las tablas de piedra de Moises (siempre que tengan su sello, claro). Lo peor es que si vas al banco con tu impresion del recibo, no te querran poner el sello, primero porque no te lo han impreso ellos, y segundo, porque ese documento es perfectamente valido. Lo correcto seria que la GC tomase nota de la barca y del numero de recibo del seguro, y cuando llegase a puerto, lo comprobara en la base de datos, ya que desde hace 5 años, las compañias de seguros publican diariamente en un directorio, la relacion de asegurados. Eso, por ejemplo, ya pasa con la GC de trafico, donde lo consultan por matricula Online. Pero claro, al agente le da pereza, y le es mas facil " extender" la receta. En fin... Un brindis por el sentido común, el menos común de los sentidos! |
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#9
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Hola Fontxu la GC no nos pide un recibo con sello bancario, pide el recibo que le enseñamos en el móvil pero impreso.... por esto mismo no me entra en la cabeza que me puedan sancionar por esta TONTERIA y lo pongo en mayúsculas porque creo sinceramente que es una chorrada. No es un documento sellado por el banco, ni es una copia compulsada por un notario... es el MISMO documento que me envía el banco por correo postal o por correo electrónico.
Saludos Rafa
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#10
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Cita:
Enviado desde mi A0001 mediante Tapatalk |
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#11
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A mí me han pedido documentación dos veces, las dos veces me pasó lo mismo con el recibo del seguro... las dos veces lo llevaba en el móvil, las dos veces sin problemas... estas cosas frecuentemente dependen del criterio del Capitán Marítimo, del mando de la GC de la zona, o incluso del criterio del agente de turno... puede ser un poco desesperante.
![]() ![]() salud!!! |
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ROyOR (15-04-2017) | ||
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#12
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La función
![]() recaudadora de cualquier ministerio es un sinsentido..luego se quejan que pongamos bandera belga.... |
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kiqu (14-04-2017) | ||
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#13
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Pero Rafa, si llevo una semanita aquí disfrutando de Galicia, y la que me queda también. Llueva o no llueva, para mí es igual.
Y lo de cervecita, aprobado por mayoría unitaria; pero mejor la semana que viene, que esta está llena de madrileños. ![]() ![]() Lo del recibo es un problema que yo también tengo, pues desde que pagas hasta que te llega físicamente el papelito del banco, pasa un mes largo ya que ese tiempo es el tienes para poderlo aceptar o no en el banco. Total un mes largo que tienes la espada de Damocles sobre tu cabeza, a expensas del criterio de la correspondiente Autoridad. En el caso de tu hijo, yo devolvería la pelota a la Comandancia correspondiente, indicándoles lo de la presunción de inocencia al mismo tiempo que les facilitaba todos los datos referente a la Póliza, número, dirección física de la Compañía de Seguros e incluso su correspondiente teléfono, al objeto que fuesen ellos quienes confirmasen la veracidad de lo dicho -siempre indicando lo que la famosa presunción-, e indicándoles que es un derecho constitucional. Además les indicaría que te comunicasen la decisión tomada -en el caso favorable hacía tu hijo-, de las medidas tomadas contra el agente sancionador. Ya sé que es fácil decir esto tras el ordenador, y que poner el cascabel al gato es complicado, pero o lo haces así o te aguantas con lo que te hagan. Saludos y copas para todos, menos para los "aforados". ![]() ![]() |
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#14
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Cita:
Al menos eso me pasó a mi, me dijeron que tenía que ser bueno, llevar todo los los papelinos o a la próxima me sancionarían. ![]() ![]() |
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#15
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"No sirve mucho de excusa eso de los papelitos impresos en internet y esas cosas.
La ley lo dice claro. Hay que llevar los documentos originales en papel. Y la ley esta para ser cumplida. Es logico que unos agentes de hacer cumplir la ley, exijan eso, que se cumpla. Cuando cambie la ley, ya sera otra cosa. Pero mientras exista esa ley hay que cumplirla" Lo entrecomillo y pongo en cursiva porque no comparto para nada esas ideas, pero son las ideas que se han dicho en esta misma taberna. Me acuerdo del hilo de uno, pobre, al que sancionaron por llevar banderas de igual tamaño que el pabellon español, y que en esta taberna, algunos justificaban la sancion porque, literalmente se dijo: la ley está para cumplirla y si en algún momento decides incumplirla debes acatar la sanción que te pongan. |
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Fendetestas1971 (23-04-2017) | ||
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#16
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Yo lo veo así:
A priori hay que ser políticamente correcto y no polinizar, pero una vez que expenden el papelito, se pide el número de identificación. Por supuesto antes se intenta razonar Saludos y ![]()
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Y las birras que las pague el de arriba
(Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble) ![]() ![]() |
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cormaran (25-04-2017) | ||
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#17
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Como comentan algunos, me imagino que depende del agente. A mi me han pedido la documentación, y el seguro se lo he mostrado a través de la aplicación del banco en el móvil.
En Barcelona, concretamente en Port Ginesta. ![]() |
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#18
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Cita:
Me pasó hace unos años, fui Capitanía, me levantaron la inmovilización y me dijeron que era obligatorio llevarlo, sin más. Eso sí, no pude mover el barco de mi amarre, hasta ese momento. ![]() ![]() ![]() |
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cormaran (25-04-2017) | ||
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#19
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Desde el momento en que te cargan en la cuenta el importe del seguro, es tan simple como entrar en la web del banco e imprimir el cargo bancario, que es lo que posteriormente te mandara el susodicho banco.
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. Slava Ukrayini!.
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#20
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Otra cosa es que todos los que trabajamos en esto estemos un poco de los nervios, adaptando procedimientos e intentando cambiar nuestras mentalidades, que cuesta un poquito. De la Ley 39/2015, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas (que entró en vigor el pasado 2 de octubre), artículo 28: Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. Si llevas una copia electrónica del seguro, no te pueden decir que no la llevas. Incluso, si está firmada electrónicamente es mucho menos falsificable que una copia en papel. Saludos burocráticos. ![]() |
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#21
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Cita:
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Cita:
Cita:
Cita:
Saludos Rafa
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