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Antiguo 25-07-2017, 22:04
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo por vivienda barco?

Yo se de alguien que estaba empadronado en una autocaravana. Como unico requisito era un buzon fijo. Hace 10 años de eso y la categoria de la autocaravana era furgon-vivienda. En españa es de risa. Tienes un terreno y no puedes ni poner un modulo ni una prefabricada. Si solo quieres pasar los fines de semana y te gusta el rollito casita pequeña de madera no entiendo por que no te dejan hacer lo que te apetezca en tu terreno. No entiendo!!
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Manu_WR (26-07-2017), vecino (26-07-2017)
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Antiguo 26-07-2017, 09:07
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo por vivienda barco?

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Originalmente publicado por Witget Ver mensaje
Yo se de alguien que estaba empadronado en una autocaravana. Como unico requisito era un buzon fijo. Hace 10 años de eso y la categoria de la autocaravana era furgon-vivienda. En españa es de risa. Tienes un terreno y no puedes ni poner un modulo ni una prefabricada. Si solo quieres pasar los fines de semana y te gusta el rollito casita pequeña de madera no entiendo por que no te dejan hacer lo que te apetezca en tu terreno. No entiendo!!
Por lo mismo que se ha comentado de que Hacienda te clava si vendes y no compras otra en 12 meses, o se dan ventajas a las cuentas ahorro vivienda, y desgravaciones varias. Para que pasemos por el aro de los bancos y las constructoras. Ahora estoy en un país donde el único requisito para construir en tu parcela es que dejes 2m de distancia hasta la linde. El resultado es que la gente se construye las casas por su cuenta, comprando un proyecto precocinado o encargando a medida, y luego se contrata una cuadrilla para edificar. Y no quedan nada mal.

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...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
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Manu_WR (26-07-2017), vecino (26-07-2017), Witget (26-07-2017)
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

Como dice Xplanero, una embarcacion no tiene consideracion de edificacion a efectos de la ley, y no es susceptible (aunque ha habido una excepcion con unos transmundistas ingleses que tienen su barco en Galicia, concretamente en Vilagarcia si mal no recuerdo, que se han quedado a vivir en Galicia en su barco y el Concello les ha permitido empadronarse en él), pero en principio no se permite el empadronamiento en una embarcación de manera general...por lo que si vendes la vivienda tendras que hacer frente a dicho impuesto para comprarle un coche oficial a algun político
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes...
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Manu_WR (26-07-2017), vecino (26-07-2017)
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Antiguo 26-07-2017, 11:54
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

En fin, jodido.

Cuando llegue el momento (si llega, eso espero al menos), veré con más detenimiento, y probablemente la opinión de algún gestor, cuáles son mis opciones.

Gracias a todos por la info.

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  #5  
Antiguo 27-07-2017, 20:31
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

Buenas, no es cierto que la ley (ni el reglamento, al que se remite) hable de edificación. Tan solo habla de nueva vivienda habitual.

La norma solo dice que se considera vivienda habitual aquella en que el contribuyente resida durante un plazo continuado de 3 años. En ningún sitio habla de edificación, de cimientos ni de ladrillos. Si alguien dice lo contrario, que cite el artículo (y lógicamente me descubro ante él, pues yo no lo he encontrado y él sí). Otra cosa es lo que Hacienda interprete, pero tan válida como la suya es nuestra interpretación. Tendrá que ser un Juez el que diga que interpretación es válida.

La segunda cuestión que está mal planteada es la del empadronamiento. De hecho la propia hacienda dice que el empadronamiento es una prueba más de que una vivienda es la habitual y que habrá que estar al resto de los hechos que se puedan demostrar (consumo de suministros, correspondencia, testigos, etc). Lógicamente Hacienda dice esto cuando en la vivienda que estás empadronado ellos dicen que no es tu vivienda habitual.

Yo personalmente, sin haberlo estudiado a fondo, creo que sí es posible. Habría que buscar jurisprudencia para ver que han dicho los jueces, si es que alguno de nosotros ya ha saltado del trampolín.
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  #6  
Antiguo 28-07-2017, 01:04
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

Cita:
Originalmente publicado por agb Ver mensaje
Buenas, no es cierto que la ley (ni el reglamento, al que se remite) hable de edificación. Tan solo habla de nueva vivienda habitual.

La norma solo dice que se considera vivienda habitual aquella en que el contribuyente resida durante un plazo continuado de 3 años. En ningún sitio habla de edificación, de cimientos ni de ladrillos. Si alguien dice lo contrario, que cite el artículo (y lógicamente me descubro ante él, pues yo no lo he encontrado y él sí). Otra cosa es lo que Hacienda interprete, pero tan válida como la suya es nuestra interpretación. Tendrá que ser un Juez el que diga que interpretación es válida.

La segunda cuestión que está mal planteada es la del empadronamiento. De hecho la propia hacienda dice que el empadronamiento es una prueba más de que una vivienda es la habitual y que habrá que estar al resto de los hechos que se puedan demostrar (consumo de suministros, correspondencia, testigos, etc). Lógicamente Hacienda dice esto cuando en la vivienda que estás empadronado ellos dicen que no es tu vivienda habitual.

Yo personalmente, sin haberlo estudiado a fondo, creo que sí es posible. Habría que buscar jurisprudencia para ver que han dicho los jueces, si es que alguno de nosotros ya ha saltado del trampolín.
Ojalá tuvieras razón chico, porque yo me empadronaria en mi barco y el cofrade Manu-wr no tendría que pagar pero va a ser que no.

Dices que no has encontrado normativa que hable de edificación...no te preocupes que mi trabajo hace que este harto de tratar con ella...Por cierto no necesito que te descubras ante mi...

Ahí la tienes:

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

TÍTULO IV

Deducciones de la cuota

CAPÍTULO I

Deducción por inversión en vivienda habitual

Artículo 54 Concepto de vivienda habitual

1. Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

En fin...ni el cofrade Xplanero ni yo hablamos a la ligera vente al fondo de este antro que aún te invitamos a una de grog como dice uno de los nuestros
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  #7  
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

Buenas, a esta ronda invito yo, a lo de que Hacienda entienda que un barco es única vivienda no lo sé pero tanto yo como mi mujer estamos empadronados en el barco q está en una marina de gran canaria, llevar la factura del pago del pantalan al ayuntamiento y ya está. Se extrañan un poco pero se lo explicas y sin problema y unos vecinos de pantalan han hecho lo mismo para poner a los críos cerca de la marina y sin problema alguno, saludos
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Fuerza 7 (28-07-2017), namornik (30-07-2017)
  #8  
Antiguo 28-07-2017, 15:29
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Predeterminado Re: Hacienda: cambio vivienda ladrillo porque vivienda barco?

Cita:
Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
Ojalá tuvieras razón chico, porque yo me empadronaria en mi barco y el cofrade Manu-wr no tendría que pagar pero va a ser que no.

Dices que no has encontrado normativa que hable de edificación...no te preocupes que mi trabajo hace que este harto de tratar con ella...Por cierto no necesito que te descubras ante mi...

Ahí la tienes:

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

TÍTULO IV

Deducciones de la cuota

CAPÍTULO I

Deducción por inversión en vivienda habitual

Artículo 54 Concepto de vivienda habitual

1. Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

En fin...ni el cofrade Xplanero ni yo hablamos a la ligera vente al fondo de este antro que aún te invitamos a una de grog como dice uno de los nuestros
Claro, este RD hace referencia a las deducciones en la declaración de IRPF. Pongamos que no pretendo que me deduzcan nada por el hecho de vivir en un barco, aunque tenga una hipoteca sobre él. Sería, según mi criterio personal, un agravio comparativo respecto a aquellas personas que sí tienen la deducción por el hecho de residir en una vivienda de ladrillo, pero quizá estaría dispuesto a resignarme.

El problema que planteaba es: si vendo y compro ladrillo, tengo derecho, si no me equivoco, a la exención del gravamen sobre la ganancia patrimonial, suponiendo que vendo por más de lo que me costó comprar.

En cambio, si vendo ladrillo y me voy a vivir a un barco, tengo que pagar, según he visto por ahí:

"los primeros 6.000 euros, al 19,5%, de 6.000 a 50.000 euros, al 21,5% y las cantidades que superen los 50.000 euros, al 23,5%"

lo cual me parece injusto.

Otra cosa es: ¿qué hay de las exenciones de las que he disfrutado mientras estaba pagando la hipoteca de mi vivienda de ladrillo? Pues mi opinión aquí es que debería devolverlas. Pero también se me hace cuesta arriba cuando pienso en que los que tienen mogollón de pasta tienen también sus trucos legales para no pagar lo que el resto de mortales pagamos. Por ejemplo, el asunto de las SICAV, pero hay muchos más...

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