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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Espero no incordiar metiendo este tema aquí:
¿qué pasa al revés, si compras un barco en lista sexta y lo quieres usar como particular? En este blog dicen que si has pagado el impuesto de matriculación puedes utilizarlo como particular, la ley no lo prohibe: http://blog.nautal.es/puedo-usar-mi-...el-particular/ Un saludo ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#2
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Cita:
Artículo 3 Tipos de reconocimientos Reconocimientos adicionales. Será obligatoria la realización de reconocimientos adicionales, en los supuestos siguientes:
Saludos y ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Tal vez no me he explicado bien al pedir información aunque creo que fuí bastante conciso. Ya sé que necesito hacer una inspección, ya sé que debo darme de alta en una actividad. Lo que pregunto es: EN QUE CONSTA LA INSPECCIÓN? para 2 millas lista 6ª? que te piden? que te ven? etc...hay alguien que sepa del tema? algún inspector o algo así???
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
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