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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días;
No quiero ni pretendo ninguna discusión sobre si es legalidad ó no. Solamente quiero saber si con una bandera belga ó Holandesa con un título de P.E.R sin habilitación a baleares,si me denuncian,como he leido,tengo soporte legal suficiente para rebatir la denuncia?. Un saludo y gracias!!
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Navegar...Vivir...Amar... Editado por jolly-roger en 04-11-2017 a las 09:24. |
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#2
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No
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#3
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Cita:
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CUANDO SE PIERDE EL NORTE NO HAY COMPÁS QUE MARQUE EL RUMBO
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#4
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Así lo entiendo yo:
Un español que resida en España tiene que tener la titulación española y atenerse a ella. Si residieses en Bélgica, aún siendo español, podría aplicarse otra norma, pero no parece ser tu caso. Tu título no tiene nada que ver con la bandera de tu barco Luego no puedes ir a Baleares... Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk |
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#5
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#6
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Te basas en algun juicio conocido, o solo es una opinion?
Gracias
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#7
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Cita:
Buenos días; No entro en lo que dice la ley(que ya se lo que es ),entro en si tengo suficiente soporte legal al amparo de la bandera belga por ejemplo...saludos
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#8
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Me baso en los reglamentos que regulan la materia, en concreto Real Decreto 875/2014 DA 5ª
Cita:
Bélgica no pinta nada aquí |
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#9
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Cita:
Belgica es la bandera y no explicicita si el patron es belga o frances... Pero como he comentado antes,lo que quiero saber es,si puedo salir relativamente airoso (y de paso tumbar una norma estupida) frente a una denuncia por esto que expongo,es si algun "avocat" ve factible una defensa solida. https://mobilit.belgium.be/sites/def...ekaft-2015.pdf saludos ![]()
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#10
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Mucha suerte con eso.... y dinero para el abogado
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#11
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Si eres español y navegas por aguas españolas tienes que tener la titulación pertinente para la zona que navegas. No importa que bandera lleve el barco que patronees.
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#12
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Cita:
Y en este caso parece que,tambíen las Baleares es Europa, siguiendo este hilo...tendría la capacidad España de meterse con una normativa extranjera fuera de España? No contradice la norma de libre trafico de personas y bienes ? Saludos ![]()
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Navegar...Vivir...Amar... |
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#13
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Ed Atarip : No procede
Editado por Atarip en 04-11-2017 a las 13:09. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast | ||
namornik (04-11-2017) | ||
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#14
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Mi opinión: no le des tantas vueltas, no tienes base legal ninguna para librarte.
En lugar de pagar abogados paga a una escuela, con navegar 24 horas, sin abrir un libro ni esforzarte lo más mínimo, amplías atribuciones a tu PER y cruzas en paz y armonía. Cuesta cuatro duros. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| 4 Cofrades agradecieron a humpback este mensaje: | ||
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#15
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Cita:
Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk |
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#16
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Haz caso a los de arriba - sácate la ampliación y listo. Súper fácil y amplias a la vez para poder llevar hasta 24m - que quizás un día decides alquilar algo más grande, nunca se sabe.
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Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior. Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian. ![]() ANAVRE: Socio 1928 ![]() Vendo mi barco. Más info aquí oceanis350.wordpress.com |
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#17
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Cita:
Por otra parte, creo que hay una cosa en derecho que es el principio de territorialidad: Cita:
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#18
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La respuesta a tu pregunta la encuentras en el RDL 2/2011 artículo 8
Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast | ||
doctaton (04-11-2017) | ||
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#19
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Entiendo que es una cuestión de principio, al cófrade le parece que la norma es demasiado restrictiva, es una queja razonable.
En este caso, la única salida que puede tener éxito es juntar esfuerzos con grupos de presión existentes, o montar uno nuevo, y hacer política para que cambien la ley. No digo que sea sencillo, pero es lo único que puede funcionar. Desafiar la ley, incluso en grupo, no me parece que vaya a ayudar... Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk |
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#20
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Cita:
Hay acciones que son claramente legales. Otras son claramente ilegales. Y otras, lo pueden ser o no según lo interprete la Administración o lo dictamine un juez.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bertie | ||
navegante 2007 (04-11-2017) | ||
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#21
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Yo creo que el PER, tiene suficientemente claros sus atributos.
Lo demás, es buscarle pelos a la rana. Yo tengo el PER y tengo MUY claro que no puedo navegar más allá de 12 millas de la costa mientras esté en aguas jurisdiccionales españolas. Saludos. |
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#22
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Bueno, yo también tengo el PER y por ese lado sí está todo clarito, hasta cierto punto. Pero como ya he preguntado en otros hilos:
¿Qué pasa si, sin salirme de las 12 millas, paso a aguas francesas y me voy hasta Bretaña? ¿Qué pasa si tengo un barco en zona 6 y estoy a más de dos millas del puerto de salida, pero cerca de una cala o playa que a mí me parece que es "puerto o abrigo"? ¿Qué pasa si miro en la web de fomento y ahí me encuentro que la zona de navegación 6 son 2 millas a la costa? Vale, ya sé que lo que vale está en el BOE.O si lo tengo en zona 5, y en unos sitios sale que es 5 millas de puerto o abrigo, y en otros que son 5 millas de la linea de costa. OK, de acuerdo... al BOE y si no lo tienes claro, pregunta en capitanía. Con las radios, otro tema. Que en el BOE dice una cosa, pero luego ha salido por ahí una circular en la que simplifican el tema, y si no te enteras de chiripa te quedas en la inopia. Material de seguridad: que al principio era según la categoría que te den en la ITB, pero luego salió otra circular, orden o lo que sea, en la que dicen que depende sólo de la zona por la que estés navegando. Y así muchísimas cosas... Vale que en la práctica si haces como Vicente y vas donde va la gente, pues no tendrás mayores problemas. Pero si se te ocurre hacer algo un poco fuera de lo común, pues lo llevas claro.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#23
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Cita:
bastante claro, otra cosa es que nos guste más o menos y lo compartamos más o menos. Para el resto, pues habrá que enterarse bien. Esto es una afición y no es cuestión de andar coqueteando con sanciones. Al menos así lo veo yo. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 Editado por El Temido II en 04-11-2017 a las 20:10. |
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#24
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Cita:
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#25
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Cita:
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jolly-roger (05-11-2017) | ||
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