Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi
El borrador actual es este http://www.caib.es/sites/proteccioespecies/f/237308, y el que tú has encontrado es la primera versión, ahora el tema de los emisarios lo regula diciendo que hay que emitir un informe anual y que, en caso de que haya afección, la Conselleria PODRÁ adoptar medidas... podrá, no adoptará, hará, obligará... no, podrá, ¿y sabes por qué? Pues porque todos los emisarios autorizados son de titularidad pública, y no me imagino al Govern sancionándose a si mismo, es más fácil embestir a los "ricos de los yates".
   salud!
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Siguen refiriendose a los emisarios, de manera aún más detallada que en la primera versión...Se podrá estar de acuerdo o no con lo que dispone sobre ellos el proyecto de decreto, pero decir que ni los contempla ni regula ni limita sus efectos me parece claramente innecesario y que descalifica gratuitamente a los alegantes..
Veo que en este borrador desaparece la figura del fondeo de bajo impacto, que resultaba claramente ambiguo, y se reitera en las boyas ecológicas, detallando incluso la existencia de boyas intermedias en la línea de fondeo para que la cadena no cree un circulo de destrucción alrededor del punto de fijación.
También me parece un poco extraño en las alegaciones que se rechace el decreto por ir contra la legislación básica estatal y otras cuestiones mayores y al mismo tiempo se pida la modificación de determinados artículos del mismo, proponiendo textos adicionales...
Pero bueno, cada uno es muy libre de plantear los temas como mejor lo entienda...
Un saludo
