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Antiguo 09-01-2018, 17:39
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por NIC0LE Ver mensaje
Los mayoría de los mejores navegantes que conozco son de países en los que no se necesita titulación y no tienen titulación ninguna, y ni que decir tiene que saben leer cartas hasta a oscuras, nada tiene que ver.
hola nicole,
el cofrade Marcos te está hablando en " Metafora " te está diciendo exactamente lo mismo que dices tu

saludos
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  #2  
Antiguo 09-01-2018, 17:56
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

Buenas,
Es obligatorio llevar las cartas náuticas "oficiales y actualizadas" de los sitios por los que navegas. Pero no tienen que ser necesariamente cartas en papel, también valen las cartas electrónicas, siempre que las mismas y los equipos para su lectura, cumplan los "requisitos" legales.


La obligatoriedad que tiene todo buque de tener a bordo cartas náuticas y que éstas deben ser apropiadas y actualizadas y producidas bajo norma S-57, puede entenderse cumplimentada si el buque dispone de un sistema de información y visualización de Cartas Electrónicas (SIVCE), de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo V, Regla 19.2.1.4 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar de 1974 (SOLAS) en su forma enmendada el 1 de julio del 2002.

Para mayor detalle:
https://www.boe.es/boe/dias/2006/07/...8562-28563.pdf

Editado por papaventos en 09-01-2018 a las 18:01.
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  #3  
Antiguo 09-01-2018, 18:00
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
Buenas,
Es obligatorio llevar las cartas náuticas "oficiales y actualizadas" de los sitios por los que navegas. Pero no tienen que ser necesariamente cartas en papel, también valen las cartas electrónicas, siempre que las mismas y los equipos para su lectura, cumplan los "requisitos" legales.


https://www.boe.es/boe/dias/2006/07/...8562-28563.pdf

Pues eso, lo que yo he dicho, no tienen que ser de papel.

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  #4  
Antiguo 09-01-2018, 18:15
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por Javi-Miss Regina Ver mensaje
Pues eso, lo que yo he dicho, no tienen que ser de papel.

Desde luego. Yo pretendía aportar la base normativa, pero me parecía que tenía que poner el resumen de la conclusión de la misma, no lo podía dejar en el enlace al BOE.

Por otra parte, lo justo es decir que tu pusiste eso con un "creo", por lo tanto mi afirmación no la considero de más. Para nada pretendía "pisar" la aportación de nadie.

Además, y para que no haya malos entendidos, la edición de mi contestación (lo que está en verde) la hice antes de ver esta última contestación tuya, son prácticamente simultáneas y, de nuevo esa edición pretendía aclarar un poco más el apoyo normativo.

Saludos cordiales
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  #5  
Antiguo 09-01-2018, 18:33
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
Desde luego. Yo pretendía aportar la base normativa, pero me parecía que tenía que poner el resumen de la conclusión de la misma, no lo podía dejar en el enlace al BOE.

Por otra parte, lo justo es decir que tu pusiste eso con un "creo", por lo tanto mi afirmación no la considero de más. Para nada pretendía "pisar" la aportación de nadie.

Además, y para que no haya malos entendidos, la edición de mi contestación (lo que está en verde) la hice antes de ver esta última contestación tuya, son prácticamente simultáneas y, de nuevo esa edición pretendía aclarar un poco más el apoyo normativo.

Saludos cordiales

Tienes razón . Gracias por la información


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  #6  
Antiguo 09-01-2018, 18:49
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por Javi-Miss Regina Ver mensaje
Tienes razón . Gracias por la información


Jejeje ... Javi, tengo mucho más interés en que se crea en mi buena fe, que en mi razón. Por ahí iba la aclaración.
A éstas invito yo
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  #7  
Antiguo 09-01-2018, 19:46
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

Aun siendo la pregunta de NIC0LE estrictamente sobre la obligatoriedad o no, me permito aportar mi opinión, que discrepa de la de muchos

A estas alturas opino no es práctico utilizar cartas de papel. Las cartas en papel son caras, difíciles de manejar, ocupan mucho espacio, son caras de actualizar.

Todo el mundo puede llevar ahora múltiples sistemas de GPS a precios ridículamente bajos, con todo detalle y facilidad para actualizarlos. Tienes cartas en el plotter, en los móviles (y en un barco hoy en día llevas muchos móviles). Tienes apps como Google Maps que a malas te pueden servir para sobrevivir cerca de la costa. Tienes mecanismos para cargar móviles en caso de pérdida de energía en el barco (con una pequeña placa solar, con un portátil cargado...)

No tengo bandera española y por tanto no me aplican normas de la DGMM como la de las cartas en papel. Y esta es una de las múltiples razones
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  #8  
Antiguo 09-01-2018, 23:51
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

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Originalmente publicado por Auskalo Ver mensaje
A dia de hoy y en bandera española es obligatorio llevar cartas de papel. Los plotters de nautica recreativa no cumplen con la normativa para considerarlos ecdis. En megayates ya la cosa puede cambiar.
Saludos
Auskalo
Pues sí, porque si nos "justificamos" en la Orden que ha puesto Papaventos (que también la había visto, he empezado a leer y me ha parecido o que no es aplicable o que hablamos de otra cosa) creo que eso no justifica nuestros plotters sencillos, GPS de mano o aplicaciones de móvil.

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Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
Buenas,
Es obligatorio llevar las cartas náuticas "oficiales y actualizadas" de los sitios por los que navegas. Pero no tienen que ser necesariamente cartas en papel, también valen las cartas electrónicas, siempre que las mismas y los equipos para su lectura, cumplan los "requisitos" legales.
La obligatoriedad que tiene todo buque de tener a bordo cartas náuticas y que éstas deben ser apropiadas y actualizadas y producidas bajo norma S-57, puede entenderse cumplimentada si el buque dispone de un sistema de información y visualización de Cartas Electrónicas (SIVCE), de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo V, Regla 19.2.1.4 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar de 1974 (SOLAS) en su forma enmendada el 1 de julio del 2002.

Para mayor detalle:
https://www.boe.es/boe/dias/2006/07/...8562-28563.pdf


La Orden es muy cortita, pero extracto algunas cosas, o "requisitos" , como decía el cofrade Papaventos

Cita:
La obligatoriedad que tiene todo buque de tener a bordo cartas náuticas y que éstas deben ser apropiadas y actualizadas y producidas bajo norma S-57, puede entenderse cumplimentada si el buque dispone de un sistema de información y visualización de Cartas Electrónicas (SIVCE),
...
Teniendo en cuenta lo anterior, y considerándose que el uso de la cartografía electrónica, en conjunción con el Sistema Automático de Identificación (AIS/Automatic Identification System), el radar y la aguja giroscópica, hacen de dicho sistema un elemento imprescindible de seguridad marítima, al posibilitar al Capitán y Oficiales que realizan guardias de navegación del buque...
...
resulta aconsejable el establecimiento de dichos sistemas y su uso en los buques mercantes de bandera nacional.

La presente orden se aplicará a los buques de bandera española, independientemente de su tamaño, que pretendan instalar a bordo un sistema (SIVCE)...
...
Para ser aceptado por la Administración Marítima el sistema SIVCE debe de estar homologado y tendrá que cumplir con los siguientes extremos:
a) El equipo que configure el sistema SIVCE deberá llevar el marcado de conformidad, ...
b) El marcado de conformidad consistirá en la figura esquemática de un timón , ...
c) El equipo que configure el sistema SIVCE deberá contar con el oportuno Certificado de Seguridad, expedido por el organismo notificado, ...
d) Llevar un segundo equipo SIVCE independiente o un conjunto apropiado (a determinar por el Capitán del buque en relación con el viaje previsto) de cartas de papel actualizadas.
...
1. Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos que se indican en los artículos 4 y 5, para poder sustituir el uso de las cartas náuticas oficiales en formato papel por un sistema de información y visualización de cartas electrónicas, el Capitán del buque comprobará, al enrole de los oficiales que deban de realizar guardias en el puente, que dichos oficiales tienen conocimiento sobre el manejo de dichos sistemas.
2. La compañía o la empresa que lleve la gestión náutica del buque adoptará los procedimientos que sean necesarios a fin de garantizar que el personal responsable de las guardias de mar en el puente de gobierno conoce el funcionamiento de los diferentes equipos y, en especial del sistema SIVCE.
A mí me parece que esto no lo cumple mi GPS de mano ni mi OruxMaps para Android.
También he intentado negociar con la almiranta rebajarla a Oficial de puente para poder enrolarla y que se chupe las guardias, pero me ha dicho que nanai...

Sorry, pero si hablamos de cumplir la normativa de nuestra bien amada administración meganáutica , no tiréis las cartas todavía
(Of course, mi opinión)
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  #9  
Antiguo 10-01-2018, 18:26
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

Cita:
Originalmente publicado por otoio Ver mensaje
También he intentado negociar con la almiranta rebajarla a Oficial de puente para poder enrolarla y que se chupe las guardias, pero me ha dicho que nanai...
No necesitas rebajar la graduación de la almiranta. Mírate las definiciones y el ámbito de aplicación de la orden ...
Entre ellas:
f) Oficial de guardia en el puente: persona que está a cargo de la guardia de navegación en el puente de gobierno en un buque, en virtud de la correspondiente titulación.
O sea, que puede ser un humilde PER o una Almiranta de la Mar Océana.

Y ya sin coña ... lo que ocurre es lo que ha señalado Auskalo, ninguna embarcación de recreo va a montar esos equipos ... pero también nos aplican el régimen sancionador de los buques mercantes y eso nadie lo discute.
Saludos cordiales,
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  #10  
Antiguo 10-01-2018, 18:58
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

Cita:
Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
No necesitas rebajar la graduación de la almiranta. Mírate las definiciones y el ámbito de aplicación de la orden ...
Entre ellas:

Cita:
Originalmente publicado por papaventos Ver mensaje
Y ya sin coña ... lo que ocurre es lo que ha señalado Auskalo, ninguna embarcación de recreo va a montar esos equipos ... pero también nos aplican el régimen sancionador de los buques mercantes y eso nadie lo discute.
Saludos cordiales,
Por supuesto. A lo mejor un día vemos una 'dirección de la náutica recreativa" con legislación y requisitos propios y razonable...
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  #11  
Antiguo 10-01-2018, 19:40
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas

He encontrado un pdf de la Armada Española con informacion relativa a las cartas nauticas, ya sean en papel o en ECDIS.

http://www.armada.mde.es/ihm/Documen...vigor_2017.pdf

Yo aun estoy aprendiendo a leer y entender esta jerga, pero no se.. parece que el papel es un requisito legal.

Me siento a ver si alguien canta al menos "linea"...

ah!!! una ronda de cerveza fresca para los presentes!
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NIC0LE (10-01-2018)
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Predeterminado Re: Obligatoriedad cartas náuticas


Es que Marcos es asi,como la orden esa, queda un poco a interpretación de cada uno.
Marcos,ya sabemos que estas por ahí y no querras derrochar,pero gasta unos centimos en emoticonos.
Saludos.
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