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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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La verdad es que se cuentan unas cosas, que sin dudar de ellas (por supuesto que no, faltaria mas) pero no tienen ni pies ni cabeza
¿Y si el barco se compra en Leasing Nautico? Tecnicamente, el propietario del barco es la empresa del Leasing, y el usuario del barco es solo un arrendatario (con opcion de compra que puede ejecutar o no) Por tanto no veo la diferencia. Seguro que a la financiera (que posee el barco, pero no el amarre, que es del arrendatario), no le ponen pegas para que el arrendatario amarre un barco que, en teoria, no es suyo. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Keith11 | ||
Karonte1888 (30-04-2018) | ||
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#2
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Cita:
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#3
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Cita:
Si yo quiero alquilar es a través de ellos (concesionaria) y me dan una parte que si no me equivoco coincide con mi cuota, es decir lo comido por lo servido porque la cuota me la cobran, ellos se quedan con el exceso y yo si me dejan alquilar es únicamente para recuperar mi cuota, y lo gestionen ellos. Se que en otras Marinas es diferente y un poco mejor el tema pero por aquí... (el cofrade creo que anda por el Estrecho) pues que pregunte en Sotogrande, Manilva, Estepona... En una plaza de amarre tuya sólo te dejan meter un barco que esté a tu nombre, todo o parte, y viceversa, No es contar cualquier cosa, y no habiendo dudas efectivamente no tiene ni pies ni cabeza pero es lo que hay. Por cierto en la venta de un amarre con todas las partes de acuerdo se solicita permiso a la Junta de Andalucía que tarda unos tres meses o más en responder si se puede hacer o no la operación. SI es tuyo el amarre y el barco lo tienes con un contrato de leasing no tengo claro la respuesta pero de primeras seguro te dicen que no lo puedes amarrar, pero elevarán la consulta a instancia superior y la respuesta puede ser cualquiera, no está claro. ![]() ![]() ![]()
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"Nunca te acostarás sin haber leído un post de La Taberna nuevo" |
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#4
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Cita:
![]() En cualquier caso, no me referia ni a ti ni a nadie, sino en general. Es que es todo un poco surrealista. Las cosas deberian ser "así o asá", pero para todos lo mismo. Lo que me sorprende que es que para Pepito sea asi pero en el mismo puerto para Yates Pepe sea de otra manera. O que en ese puerto sea así y en el de al lado sea asá. No sé, me parece muy incoherente, sobre todo cuando se trata de la misma actividad y el mismo escenario tanto en un puerto como en otro. Así, cuando vengan problemas legales, uno no sabe nunca si lleva razon o no, porque no sabe si lo que hacen en ese puerto se ajusta a ley o no. Porque que en un puerto decidan hacerlo de una manera, no necesariamente quiere decir que lleven razon, que a lo mejor se estan tomando libertades que no les corresponden. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Keith11 | ||
Zephyros (01-05-2018) | ||
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#5
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Entiendo que la clave de todo está en conocer que normas rigen en cada Club Naútico, según sea él mismo concesionario, y si se está o no dispuesto a respetarlas.
Las apreciaciones posteriores de si son o no justas, de si el amarre es barato o caro, de si debería poderse ceder a gusto de su titular sin respetar una preferencia al puerto, ...etc, se convierte en un debate esteril, pues una vez consentido y firmado un contrato hay que respetarlo para garantizar la seguridad jurídica de las partes y la norma esencial de que el cumplimiento de los contratos no puede quedar al arbitrio de una de las partes. El concesionario se presenta a un concurso público, efectúa unos compromisos de inversión a su propio cargo y a cambio obtiene el uso de los amarres durante el tiempo de la concesión. Una vez obtenida la concesión subroga por cesión a terceros en el uso de los amarres a cambio de precio y fijando cuales hayan de ser las normas esenciales de uilización, que pueden consistir en un uso personal e intransferible, o transferible libremente, o con un derecho de preferente adquisición a favor del propio concesionario en iguales condiciones de precio que un tercero, condiciones de libre cesión de uso en alquiler a un tercero o necesariamente a través de la bolsa de alquiler del propio club.Cada club puede tener sus propias normas. Cuando te pones en la piel de quien ha efectuado por su cuenta y riesgo, y a su cargo, las mejoras previstas en el pliego de condiciones, ha corrido con el riesgo de quedase con los amarres a disposición sin que salgan al precio necesario para recuperar la inversión comprometida, ha organizado un conjunto de servicios, en amarres ( fingers, muertos, cadenas, anillas, boyas, bolarsos, red de agua potable y arquetas de energía eléctrica), Restaurante, local social, personal, nóminas , áreas de aparcamientos, control de accesos...etc) es lógico que de alguna forma quiera que en el entorno de la concesión desee controlar las pautas de negocio, y quiera evitar que sus propios socios lleven a cabo un mercadeo de “ sus “ derechos de amarre que puedan pugnar con los de la propia concesionaria en precios, pero que se aprovechen sus usuarios de los demás servicios provistos por la concesionaria inversora. Entrar en considraciones de si el amarre se gasta o no me parece un razonamiento muy simple, y quien no quiera ver en un puerto un servicio que le proporciona quien comete la osadía de cobrarle por usarlo, que intente echar el ancla en mar abierto y deje allí su barco si así lo considera conveniente y se lo permiten..... En cuanto a buscar el equilibrio sobre el precio de un amarre para calificarlo e cao o barato,nuevamente juega el ratio oferta- demanda y el lugar más o menos cotizado de donde se encuentre el amarre. En Baleares un amarre se cotiza tres o cuatro veces más que en Valencia capital, en Denia o Javea tambien mucho más que lo que puedas pagar en Castellón,y en la Costa Brava aproximadamente el doble que en el Maresme, a solo veinte o treinta millas.Ya quisiera yo poder disponer de un punto de amarre a 400eur.al mes! O sea y en resumen, la cuestión estriba en si hay o no voluntad de cumplir el régimen conocido, consentido, y firmado, o si por contra vamos de listos y nos lo pasamos por el arco del triunfo, con las consecuencias que de ello hayan de derivar. Si decidimos lo segundo creo que cuando menos hay que evitar buscarle justificación, salvo que nos plazca hacernos trampas al solitario. Saludos ![]() |
| 2 Cofrades agradecieron a mazatlan este mensaje: | ||
markuay (30-04-2018) | ||
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#6
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Y la pirula o estrategia del 1% ?
Se que se hace. Se traspasa el 1% de la propiedad del barco al que tiene el amarre, asunto liquidado. |
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#7
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Y no se pude dejar en préstamo el velero a tú amigo ?
Yo tengo un garage alquilado , si me dicen que no puedo llevar otro coche , familiar o de amigo porque tengo el mío estropeado , pues ........ ![]()
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#8
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Cita:
Y además si no he entendido mal, es un club náutico con lo cual el resto de socios han pagado una cuota, este señor si quiere tener los mismos derechos, lo lógico es que pague la misma cuota. Si es caro o barato siempre dependerá del punto donde se encuentre y de la oferta y la demanda. Si yo no puedo vivir en la Castellana de Madrid pues mirare otro sitio, es lo que hay. Y si además hay una lista de espera y unos socios esperando...... Tanto las marinas ( pliego de condiciones), como los club náuticos ( estatutos ) tienen una reglamentación que deberíamos conocer antes de firmar nada, como para cualquier otra cosa que se compre, alquile, etc. Es mi opinión.
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. Slava Ukrayini!.
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#9
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Cita:
Y en según qué garajes, no podrá entrar un coche que no sea del titular de ese garaje. .
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. Slava Ukrayini!.
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