La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Antiguo 26-07-2018, 18:20
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Predeterminado Re: Zonas de Navegacion

Me surge una duda, que depende de la interpretación de los términos, y que, si no me he pasado por alto, no se define en la legislación correspondiente (ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por
la que se regulan los equipos de seguridad,
salvamento, contra incendios, navegación y
prevención de vertidos por aguas sucias, que
deben llevar a bordo las embarcaciones de
recreo.)

¿A qué se refiere con zona protegida de un abrigo o playa accesible?

1. La zona de abrigo me imagino que se limita a los puertos, alguna ría, etc., verdad?

2. ¿Las playas accesibles qué son exactamente? Una en la que esté señalizada la entrada de embarcaciones a través de las boyas rojas y verdes, o cualquiera a la que podamos entrar con el barco?

Un saludo
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Sergio Ponce

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