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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Está visto que hay temas que no se pueden tratar civilizadamente.
Sobre el tema de la sonda y la corredera, Hombre, yo también pase una vez la ITB con un calcetín de cada color, pero creo que no se trata de eso, aunque tu ve dando ideas. ![]() Solo por dar algún dato concreto que indique hasta qué punto de esquizofrenia normativa asistimos en este país; Incluso en equipos de radio homologados por la propia DGMM como el ICOM330 que llevan incorporado el DSC, resulta que en bastantes casos parece que los "instaladores autorizados" se niegan a firmar el boletín si no se instala un segundo GPS externo con la excusa de que el equipo está homologado, pero el GPS interno del aparato no. ![]() ![]() ![]() https://www.mareshop.eu/boat_es_es/i...0aAtQHEALw_wcB Al final resulta que vas a pasar la ITB con el GPS de tu plotter dependiendo de si el inspector a follao o no, ese día. ![]() El problema en España es simple, la exigencia de doble homologación y el chanchullo de las firmas oficiosas que se exigen para todo, encarecen y hacen cualquier proceso farragoso consiguiendo el efecto contrario del que se pretende oficialmente,lejos de mejorar la seguridad, tenemos los barcos peor equipados porque cualquier cosita que pongas vale un paston, nadie lleva balsa por lo mismo, algo impensable en el resto de Europa. Yo ahora propongo una pregunta; .-¿Ha algún armador español le parecería mal que desaparecieran las dobles homologaciones en España? Es tan descabellado que cualquier técnico en radiocomunicaciones pudiera instalar una emisora, aunque no fuera de los autorizados por la DGMM. Incluso el propio armador cuando se trata de montajes simples, sobre todo teniendo en cuenta que es lo que se hace, generalmente y es después cuando viene el fulano y firma. Por ejemplo yo como muchos armadores, soy diplomado A por el ministerio de obras públicas y transportes, la secretaria de telecomunicaciones me autoriza a diseñar e instalar torres de telecomunicaciones en un edificio con tantas antenas como solicite y para emitir con miles de vatios., pero tengo que llamar a un tío para que me conecte los dos cablecitos en el barco.
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. Slava Ukrayini!.
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Javi-Miss Regina (30-10-2018) | ||
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#2
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Cita:
![]() Eso lo puede hacer cualquiera y sin saber leer solo viendo los.dibujitos.del manual. En cuanto al tema.de la.doble homologacion.wue mencionas... Por no andar mezclando temas he.considerado oportuno abrir un hilo para el.tema.de.los requisitos de los equipos ya que ultimamente se.estaban contaminando otros hilos (entono mi parte del mea.culpa ) con este tema.dejando de.lado el proposito de los mismosPor.cierto el tema ITB mi opinion.es clara para embarcaciones.de uso privado exclusivo SOBRA salvo podriamos admitir casos concretos (remodelacion.del casco, remotorizacion, tras colision varada o brecha y otros casos similares o cambio de.zona de.navegacion) Editado por Erikblade en 30-10-2018 a las 11:51. |
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Javi-Miss Regina (30-10-2018) | ||
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#3
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El tema ITB está todo mal. Por empezar, a mi me pasaron una ITB con bengalas caducadas igual que los extintores y con falta de varias cosas. Aún así, sólo contemplaría la ITB para el sector professional, nunca los de uso privado, pero únicamente si tuvieran algo de responsabilidad. Es decir, si revisen un barco, firman, y luego pasa algo con ese barco relacionado con algo que se supone que tenía que revisar, pues creo que hoy en día no tienen responsabilidad. Y si es así, ¿de qué sirve?
En fin - habrá que seguir buscando países no EU donde abanderar. Por cierto, los del UK, si tienes IVA pagado, aun con el brexit, tienes el IVA pagado dentro de Europa por lo que no te lo podrán exigir de nuevo. Para los barcos no EU que anteriormente han sido EU y tienen el IVA pagado, tampoco será necesario pagar IVA de nuevo aunque lo vendes. Ya está pagado. La cosa es tener el IVA pagado en Europa. y no olviden, la EU a nivel de aduanas e IVA, es como si fuese un único país. Los diferentes estados sólo podrán exigir otros impuestos o requisitos especiales como en el caso de España que exige el de transmisiones/transportes (no me acuerdo el nombre exacto). Sinceramente, creo que la mejor opción va ser un tercer país no EU y no habrá que sacarlo de la EU - que hemos pagado (again). ![]()
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Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior. Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian. ![]() ANAVRE: Socio 1928 ![]() Vendo mi barco. Más info aquí oceanis350.wordpress.com |
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Javi-Miss Regina (23-11-2018) | ||
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#4
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Hola amigos, reabro este tema a ver si me podeis ayudar a tomar una decision....
Os pongo en antecedentes, hace 4 años compre un barco en Francia, se dio de baja la bandera francesa y al llegar a España se abandero en Holanda. Se decarto la bandera española por un tema de costes, no solo por ITBs si no tambien porque al ser un barco del 1980 anterior al marcado CE se necesita un certificado de un ingeniero naval que me costaba unos 3000 euros aun sabiendo que es un barco de un astillero reconocido. El barco es un Baltic 37. En fin, pongo bandera holandesa y pago transmisiones patriomoniales e impuesto de matriculacion. Ahora parece ser que la bandera holandesa ya no vale y tengo que darle de baja. Mi principal opcion ahora es la bandera britanica, tengo un buen amigo alli y la idea seria poner la mitad del barco su nombre, y creo que asi no tendria problemas para ponerla. El barco estara el 100% del tiempo en España y como el brexit esta muy cerca, queria saber si alguien sabe si ha habido cambios al respecto, sera un barco con bandera no UE, tendre que sacarlo de la UE cada 6 meses ? que ventajas tengo con referencia a la ITB ? Gracias, saludos y ronditas para todos. foner |
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#5
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Cita:
Yo no pondría el barco a medias con otro sólo para registrarlo en el Reino Unido. Puedes tener desavenencias con tu amigo, o algún problema más grave que nunca esperamos que sucedan, pero suceden (enfermedad, fallecimiento, etc.), y te quedas sin la mitad de tu barco. El abanderamiento fuera de la UE es perfectamente factible en otros lugares; mira aquí: https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=186610 y en cuanto al estatus del barco como mercancía UE, mira aquí: https://www.agenciatributaria.es/sta...a_%20yates.pdf Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#6
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Gracias Apagapenol por tu mensaje,
de cada vez estoy mas liado y no tengo claro que hacer......En mi caso, que me recomendarias ? abanderarlo en pais UE o no UE ? al haber estado anteriorement con bandera francesa, me seria mas facil volver a la bandera francesa ? o hay restricciones para los españoles ? Moi ICP en holanda esta renovado hace pocos meses, puedo mantenerlo hasta que caduque o mejor cambiar ya mismo ? Gracias por tu ayuda. foner |
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#7
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Cita:
https://foro.latabernadelpuerto.com/...3&postcount=10 De todos modos, lo que te recomiendo es, por este orden: - Léete los hilos de abanderamiento de las banderas que te pudieran interesar (sí, ya se que algunos son interminables y que muchos tienen información que ya no es válida, pero es por donde hay que empezar). - Compara las condiciones, el material obligatorio y los impuestos que has de pagar. - Haz números, aunque sean aproximados, teniendo en cuenta tu plan de navegación. Conviene que los cálculos sean comparables, realistas y a largo plazo: descartar un abanderamiento por un gasto que, aunque sea elevado, es por una sóla vez es tan malo como decidirse por otro que tiene gastos pequeños continuados en el tiempo. - Pregunta. A compañeros de pantalán, a gestorías o aquí mismo en La Taberna. Saludos y ![]()
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