![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
Entendiendo por abanderar tener el barco dado de alta y navegar por aguas europeas, al menos eso creo. La unica diferencia con el "abanderamiento" anterior, es que fuera de aguas europeas no estaras protegido por la legislacion Holandesa, o algo asi. ![]() Tampoco lo tengo claro, hay cofrades aqui bastante mas puestos en el tema.
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#2
|
||||
|
||||
|
No confundir al personal , países bajos ha dejado de ser una opción viable, desde que pone flag not aplicable, el ICP no es más que un registro de propiedad privado emitido por un club de navegación, si eso es legal, vas igual con un contrato de compraventa
|
|
#3
|
||||
|
||||
|
Disculpa, se ha hablado mucho sobre el tema holandés y hay duda sobre eso que afirmas con rotundidad, de modo que igual eres tú el que confunde al personal. Para informar, nada como pasarse por el hilo abierto al respecto.
Saludos y ![]()
__________________
Y las birras que las pague el de arriba
(Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble) ![]() ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
Recibo una carta en mi domicilio del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL PORTUGUÉS. ( me cagué en las patas) Me dicen literalmente que Portugal NO reconoce el abanderamiento Holandés actual, y me instan a : Regularizar la situación o quedar advertido que en caso de entrar en aguas Portuguesas el barco queda requisado. Punto Por suerte he llegado a tiempo de cambiarlo a Belga por 5 años ![]()
__________________
...EL PIBE DE LOS ASTILLEROSNUNCA SE RENDÍA... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Don Armano | ||
hma (28-01-2019) | ||
|
#5
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Portugal a sido el primero.. luego esta el tema del seguro.. Saludos |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Lo veo normal , es que no es un abanderamiento ni lo ha sido nunca el ICP es un documento de propiedad , ya que en Holanda no es obligatorio abanderar embarcaciones , pero en España y Portugal si.. lo que me alucina es que hay "gestorías" que siguen anunciándose como si nada , entre eso y algunos posts que se escriben por aquí es posible que algún incautó caiga
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
Y si el barco es holandés (por su IPC) y en Holanda no es obligatorioabanderar: ¿que hacen con los barcos holandeses?. ![]() Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() También opino que es como lo de aquí, te quieren acojonar para que vuelvas al redil portugués... ![]() ![]()
__________________
* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. Editado por Boston en 29-01-2019 a las 17:03. |
|
#10
|
||||
|
||||
|
En justa reciprocidad, Holanda podria hacer lo mismo, no reconocer el abanderamiento Portugues y listo.
![]() Aunque en vista del pauperrimo estado de la nautica de recreo en Portugal daria igual. ![]() En cualquier caso, llegado el momento ya veriamos en que queda el tema en los juzgados, parece que la MM portuguesa o lo que coño sea que controla el tema alli es aun mas tercermundista que la española que ya es decir.
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#11
|
||||
|
||||
|
Claro que es lo que tiene el libre mercado, puedes escoger entre el redil portugués, el redil español, el redil italiano, o la libertad de los mares y los ciudadanos europeos de países no bananeros...
__________________
* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Boston | ||
Apagapenol (29-01-2019) | ||
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
De cualquier manera queda claro que no les vale. ![]()
__________________
...EL PIBE DE LOS ASTILLEROSNUNCA SE RENDÍA... |
|
#13
|
||||
|
||||
|
¿No les vale con tu barco en particular o, como dice más arriba el cofrade El Temido II, no les vale con todos los barcos que llevan - legalmente - el ICP porque en sus países de origen no es obligatorio el abanderamiento mediante registro?
Francamente, leyendo la Resolución nº 13 de la UNECE (https://www.unece.org/fileadmin/DAM/...S-SC3-131e.pdf), me parece perfectamente admisible y de sentido común. Lo que no entiendo es la salida de pata de banco de la Administración portuguesa... ![]() Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|