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Antiguo 07-05-2019, 12:33
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Predeterminado Re: Pabellon Frances

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He ido a hacienda con al factura y la documentacion de la embarcacion para pagar los impuestos.
Me comentan que en la factura falta el articulo fiscal que justifica la ausencia de IVA sobra la compra.
Es una compra de un particular a una nautica (empresa) de una embarcacion de segunda mano por lo que no hay IVA, pero dicen que fala el codigo del articulo que lo justifique.
Segun comentan, la embarcacion podria haber sido usado de forma comercial anteriormente, en vez de venir de un particular , por loq ue falta especificarlo en la factura con este codigo…
Alguien sabe que codigo deberia mencionar la factura?
En hacienda no me lo sabian o querian decir.

por otra parte, he pasado por Capitania para preguntar si al tener bandera francesa pero Puerto de base Pasaia hay que hacer alguna gestion con ellos y me han dicho que si sigo con la bandera francesa, ellos no intervienen para nada.
Si has comprado la embarcación usada a una náutica, lo normal es que te haga un Fra por la compra según el régimen REBU. SI que hay IVA, pero sólo sobre el margen de beneficio de la náutica. Es decir si la náutica compra por 1000 y quiere ganar 100 en la compraventa, el IVA se aplica sólo al beneficio de la operación, los 100, no a los 1000. Y así consta este Régimen en la Fra (REBU)

Pero para ello, la náutica debe haber comprado la embarcación a un particular, NO a un profesional o empresa que se hubiera deducido el IVA en la compra inicial.

Deberías contactar con la náutica que te la vendió para aclarar la cuestion

__________________
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Rotterdam (07-05-2019)
  #2  
Antiguo 07-05-2019, 13:08
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Si has comprado la embarcación usada a una náutica, lo normal es que te haga un Fra por la compra según el régimen REBU. SI que hay IVA, pero sólo sobre el margen de beneficio de la náutica. Es decir si la náutica compra por 1000 y quiere ganar 100 en la compraventa, el IVA se aplica sólo al beneficio de la operación, los 100, no a los 1000. Y así consta este Régimen en la Fra (REBU)

Pero para ello, la náutica debe haber comprado la embarcación a un particular, NO a un profesional o empresa que se hubiera deducido el IVA en la compra inicial.

Deberías contactar con la náutica que te la vendió para aclarar la cuestion

Gracias por la aclaración Nelson.
Asi lo hice, ellos me informaron que esta embarcacion lo habia dejado un cliente como parte de pago de otra embarcacion nueva.
Estoy a la espera de respuesta de la nautica, que lo iba a consultar con su gestoria.
Insisten en que han vendido varias embarcaciones a España ultimamente y nunca han tenido problemas emitiendo las facturas de la misma forma.
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  #3  
Antiguo 20-05-2019, 11:17
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Gracias por la aclaración Nelson.
Asi lo hice, ellos me informaron que esta embarcacion lo habia dejado un cliente como parte de pago de otra embarcacion nueva.
Estoy a la espera de respuesta de la nautica, que lo iba a consultar con su gestoria.
Insisten en que han vendido varias embarcaciones a España ultimamente y nunca han tenido problemas emitiendo las facturas de la misma forma.
Por fin he podido completar la gestion en Hacienda.
La frase completa con el articulo correcto es: TVA non applicable "regime particulier-Biens d'occasión" Article 297 A du CGI et directive communautaire 2006/112/CE.
Cumplimentar el formulario 565 y al ser de menos de 8 mts , exento de impuesto.
Ahora a guardar el formulario sellado en Hacienda por si me paran...
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  #4  
Antiguo 11-07-2019, 10:54
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buenos dias
con respecto al tema del abanderamiento en francia me surgen unas dudas

1º comentado con la gestoria me dicen que para barcos mayores de 7 metros es necesario tener residencia en francia , lo que no me concuerda con los datos que aqui poneis

2º los tramites de abanderamiento hay que hacerlos en presona o se pueden realizar por correo o telematicamente

gracias y un saludo
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  #5  
Antiguo 11-07-2019, 19:31
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buenos dias
con respecto al tema del abanderamiento en francia me surgen unas dudas

1º comentado con la gestoria me dicen que para barcos mayores de 7 metros es necesario tener residencia en francia , lo que no me concuerda con los datos que aqui poneis

2º los tramites de abanderamiento hay que hacerlos en presona o se pueden realizar por correo o telematicamente

gracias y un saludo

Para el punto 1: No se necesita "Tu residencia" se necesita "una residencia" que puede ser un amigo, familia etc.


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  #6  
Antiguo 12-07-2019, 09:02
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Y yo me pregunto:

Con lo de que los nuevos permisos de navegación ponga en “zona de navegación según categoría de diseño” y luego el material de seguridad sea responsabilidad del armador, no creéis que es un paso adelante sin tener que pasar itbs para cambiar de zona etc...? Sé que no es el único punto, precisamente la misma itb cada 5 años puede ser un gasto y un coñazo, revision anual de balsa y radiobaliza, etc...pero empiezo a pensar que el mayor obstáculo, que era la zona y la itb con todo el material de seguridad para tu navegación de mayor altura se ha salvado.
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad.
sdk.
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  #7  
Antiguo 16-07-2019, 15:07
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Para el punto 1: No se necesita "Tu residencia" se necesita "una residencia" que puede ser un amigo, familia etc.


Gracias, alguien me puede recomendar algún gestor que me lo pueda tramitar?
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  #8  
Antiguo 29-07-2019, 08:39
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Predeterminado Re: Pabellon Frances

Buenas, tengo barco con pabellón francés y pretendo pasarlo al español. Alguien podría pasarme el enlace de la administración francesa donde se solicita la baja.

Gracias.
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