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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Informe jurídico de la FEPYC
Copia del correo electronico recibido el 29/04/2020 Buenos días: La posible vuelta a los entrenamientos y competiciones según el plan de desescalada anunciado ayer por el Gobierno sería como sigue (adjunto anexo del Mº de Sanidad): 1º.- La desescalada se distribuye en cuatro fases: la fase 0 a partir del lunes 4 de mayo, la fase 1 a partir del 11 de mayo, la fase 2 a partir del 25 de mayo y la fase 3 a partir del 8 de junio. El Gobierno irá decidiendo qué provincias van avanzando de fase de forma quincenal. 2º.- Régimen común aplicable a todas las actividades: (i) Cualquier actividad permitida deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social. El uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social. Igualmente, se deberá facilitar la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente. (ii) Todos los locales y demás establecimientos, así como su equipamiento, de las actividades permitidas deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados. (iii) Con carácter general, hasta alcanzar la nueva normalidad que se consigue al superar la fase III, no se permitirá viajar a provincias diferentes a aquella en la que se resida, salvo por las causas justificadas. Una vez en la etapa de nueva normalidad, se podrá viajar entre provincias cuando ambas hayan superado la fase III. (iv) Todas las actividades y sus limitaciones señaladas en el siguiente cuadro se mantendrán en las fases sucesivas de la desescalada, salvo que se señalen otras limitaciones diferentes. (v) Los viajes que se efectúen, cualquiera que sea el medio de transporte, deberán hacerse para la realización de las actividades permitidas. Habrá que ver si los viajes fuera de la provincia se pueden entender justificados por razones de competiciones o entrenamientos. 3º.- La Pesca Deportiva consta en el cuadro del Anexo del Ministerio de Sanidad dentro del apartado AGRICULTURA prevista en su reanudación (para toda la actividad, tanto entrenamientos como competiciones) para la FASE II, es decir a partir del 25 de mayo, sin embargo, como actividad deportiva federada y no profesional puede encuadrase la Pesca Deportiva dentro de los aparados DEPORTE PROFESIONAL Y FEDERADO y DEPORTE NO PROFESIONAL (federado o no), como deporte individual, sin contacto y al aire libre por lo que estaríamos dentro de las siguientes posibilidades: - Como actividad deportiva sin contacto e individual: entraría en la FASE 0, y al referirse a actividad, entiendo que incluye tanto entrenamientos como competiciones: Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.). - Al disputarse en escenarios o instalaciones al aire libre y al desarrollarse sin contacto, la actividad deportiva en dichos escenarios se incluye en la FASE I: I nstalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis). - Como espectáculo o actividad deportiva (aunque no considero que la Pesca Deportiva sea un espectáculo), competiciones con aforo limitado (entendiendo por aforo limitado los pescadores y demás personal federativo y acompañantes), se incluye igualmente en la FASE II. También en la FASE II dentro del cuadro de Agricultura: Reanudación de caza y pesca deportiva; Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase. 4º.- El mejor de los escenarios para el inicio de la actividad de la Pesca Deportiva sería la FASE 0 incluyendo entrenamientos y competiciones al ser una actividad individual, sin contacto y al aire libre. De no entender que en esa fase se permitan las competiciones sí opino que en cualquier caso se contemplarían los entrenamientos individuales de Pesca Deportiva. La segunda opción sería la FASE I (escenarios al aire libre), para la práctica deportiva al aire libre sin contacto (yo entiendo que no se limita a entrenamientos), aunque se podría entender al igual que dicha fase para el deporte profesional sólo para la práctica de entrenamientos no sólo individuales sino colectivos. La tercera opción, FASE II, tanto si se incluye la Pesca Deportiva en el apartado AGRICULTURA, como si la incluímos en el apartado de deporte no profesional, entrenamiento total sin limitaciones y competiciones, por supuesto a puerta cerrada (sin permitir público de ningún tipo). 5º.- En conclusión aunque en mi opinión, tal y como viene redactado el Anexo cabría entender que la Pesca Deportiva podría iniciarse tanto en competiciones como en entrenamientos en la Fase 0 o en la Fase I, sin embargo, interpretando todo de manera conjunta, tiene más sentido que en la FASE 0 se podrían iniciar los entrenamientos, en la FASE I esos entrenamientos podrían ser de manera colectiva al igual que en deporte profesional en cuanto a las Ligas (entrenamiento medio), es decir con varios deportistas simultáneamente y en la FASE II ya los entrenamientos sin limitaciones y las competiciones sin público. Recomendaría la consulta a las autoridades deportivas correspondientes y la coordinación entre federaciones: española y autonómicas. Un saludo. ![]() ![]() |
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