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#176
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A ver si nos centramos:
El BOE publicado no se refiere a la fase cero. Se refiere a los paseos y deportes a un kilómetro, etc.. que se refirió el presidente hace unos días. Nada que ver con el desescalado. La fase cero empieza el lunes, y lo que dice la nota aclaratoria del ministerio es que aunque sí que es cierto que se podrá hacer todo lo que dice en su primera nota, no puede darse por oficial hasta que se publique el BOE correspondiente, que seguro no saldrá hasta el domingo. Mantened la calma, que en la fase cero, si compartes municipio con tu barco, podrás ir a hacerle mantenimiento. |
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#177
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InshAllah!
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#178
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¿Todo queda en mera burocracia? La primera respuesta de la DGMM era razonable a falta de alguna aclaración. Y ¿Ahora es el BOE?, ¿la Delegación del Gobierno?... Jo qué país. "La parte contratante de la primera parte..." o "Vuelva usted mañana" si se prefiere a Larra...
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#179
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Cita:
Pues segun la contestacion a ANAE va a ser que no Mientras en la fase 0 puedes acceder al barco si esta en tu municipio, hasta la fase II no podras hacerlo si esta en otro termino de la misma provincia. Lo que no se entiende por que no se puede acceder en la fase I cuando para el resto de actividades se amplia la movilidad al ambito provincial. Cosas de la improvisacion |
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#180
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#181
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Por acotar, Puertos del Estado y Autoridades portuarias dependen directamente de la Secretaría de Estado, no de la DGMM. Y la potestad de cierre y apertura de los puertos (al tráfico marítimo) es de la AP.
Cita:
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#182
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Cita:
https://elpais.com/sociedad/2020-04-...esescalar.html Seguimos igual.... yo no me la juego, y no será por ganas. Si haces deporte y te da tiempo a pasar por donde tienes el barco pero sin entrar a puerto, puedes verlo pero sin parar, puedes aprovechar y marcarte unas flexiones y abdominales para ganar tiempo, es lo único... Editado por fluxa en 02-05-2020 a las 08:49. |
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#183
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Pues no discutas jaja
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#184
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#185
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El BOE que citas ni regula la fase 0, solo los paseos y actividad deportiva, además la fase 0 no empieza hoy, empieza el lunes.
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#186
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En Getxo había mucha gente e incluso alguno ha salido y eso que uno de ellos era de Bilbo
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#187
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#188
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Faltaría más. Aunque dándole un poco de coba, he conseguido convencerla
para hacer esta mañana hora y media de deporte. ¡Eso tiene su mérito!. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#189
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Cita:
La presión gubernamental la podía haber hecho desde el teléfono y sin motivar a los ilusos. sin crear falsas expectativas en una sociedad que lleva 48 días sin plenas libertades, ha hecho daño mucho daño en las motivaciones de las personas.....
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a danilo | ||
Fuerza 7 (04-05-2020) | ||
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#190
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yo lo que veo es que a partir del 11 si todo va como tiene que ir (esperemos) vamos a poder salir a navegar
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vamos despacio, por que vamos lejos...
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#191
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Exacto. Esa es la clave.
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#192
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Cita:
Según esta regulación, corresponden al Ministerio de Fomento las competencias en materia de ordenación general de la navegación marítima, de conformidad con las normas europeas correspondientes, y de la flota civil, excepción hecha de las que en relación con la actividad de la flota pesquera y la ordenación del sector pesquero corresponden al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación únicamente. Las Funciones de la Dirección General de la Marina Mercante como órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, son las siguientes de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 953/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales: 1º.- El control del tráfico marítimo y del despacho. 2º.- El registro y abanderamiento de buques; las instrucciones respecto del auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima. 3º.-la seguridad de la navegación y del salvamento de la vida humana en la mar, homologación y control de centros de formación de enseñanzas profesionales marítimas, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, 4º.-la coordinación de las emergencias marítimas, la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento. 5º.- (y la que nos atañe a nosotros) La ordenación general de la actividad náutica de recreo, a todos los efectos, la gestión de las titulaciones náuticas, y el registro, control del personal marítimo civil y adecuación de las titulaciones profesionales de la marina mercante para el ejercicio en buques civiles. etc... A parte de todo esto hay que decír que dentro de las competencias administrativas otorgadas por la Constitución Española de 1978 al Estado, en su artículo 149.1.20, competencia exclusiva sobre Marina Mercante y abanderamiento de buques, iluminación de costas y señales marítimas, puertos de interés general, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves. Dentro de la Administración del Estado, estas competencias se ejercen por el Ministerio de Fomento a través de la Dirección General de la Marina Mercante. Es decir la gestión de los puertos de interés general es llevada a cabo por la DGMM, por delegación, por lo que es el organo facultado por dicha delegación a proceder al cierre o apertura de puertos y a regular el tráfico marítimo de los mismos con especial incapie en todo lo que tenga que ver (para lo que nos interesa) con la navegación de recreo. A expcepcion de ciertas competencias delegadas a las CCAA en materia de regulación portuaria, que ha dado pie a organismos como Puertos canarios y otros en diferentes comunidades autónomas todos ellos a pesar de todo dependientes de la entidad administrativa Puertos del Estado que por lo descrito viene siendo competencia de la DGMM. Es por ello que tal como yo he indicado la DGMM es totalmente competente para determinar la apertura o cierre de las actividades portuarias asi como para determinar la suspensión del tráfico marítimo o su reanudación, y es por ello que tan solo con su nota aclaratoria a la ANEM ese mismo día todas las empresas nauticas de servicios maritimos se han puesto en funcionamiento en las marinas y puertos del estado, y por cierto las notas aclaratorias son desarrollo de ley o reglamento pero no se publican en el BOE ni en los boletines provinciales, aún que desplieguen su efectividad a efectos de la aclaración de diferentes normas etc... Aunque si es cierto que, si la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, no esta de acuerdo con una medida de cierre o apertura portuaria, puede intervenír y comunicarlo a la DGMM etc...pero esto no suele ocurrir...casi todas las direcciones generales y subdirecciones operativas trabajan por delegación en este país y no suelen haber interferencias, aunque puritariamente incluso la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transportes y Vivienda trabaja por delegación del Ministro de Fomento y este seria el que tendría siempre la última palabra claro esta pero este esta suboordinado al presidente del gobierno, por lo que si hay que abrir o cerrar puertos la DGMM es competente para hacerlo por las diferentes delegaciones descritas. Lo que pasa Extremesailing, es que yo en mi post al que haces referencia, me ahorro todo este tocho y directamente hablo de una forma mas directa pero a ti te lo aclaro porque si bien si es cierto que la Secretaría de Estado de fomento es la titular, no es cierto que ejerza dichas competencias que están delegadas en la DGMM como puedes constatar por la profusa legislación que te aporto.![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 02-05-2020 a las 12:14. |
| 2 Cofrades agradecieron a Fuerza 7 este mensaje: | ||
Capitan Barbosa (02-05-2020), tomaquet (02-05-2020) | ||
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#193
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Espero que pueda navegar a partir del 25 en la fase 2... ya tengo unas cuantas pre-reservas de clientes para navegar de 2 en 2 y sentados por cubierta para mantener la distancia conmigo
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#194
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Cita:
La orden a la que nos referimos sólo regula determinados aspectos de la fase cero. No creo que se apruebe ninguna regulación que se denomine "OM por la que se regule la fase cero ...". Los aspectos de autorización de determinadas actividades económicas, etc. ahora está previsto que entren en vigor el lunes y deberá previamente aprobarse la correspondiente norma, en la planificación que copio a continuación decía para el día 2. Todo esto es nuevo, pero lo que estoy percibiendo es que hay un plan previsto (susceptible de modificación), que se prevé las fases de transición a lo que se ha denominado "nueva normalidad" y eso va a ir plasmándose en distintas normas. Lo aprobado sobre deporte y paseos, junto con lo de los huertos urbanos, que también se ha publicado, está dentro de la fase cero. Lo que se apruebe para el inicio de otras actividades el lunes también. No lo digo yo, lo dce el gobierno. Fase 0 o de preparación de la desescalada Es la situación a fecha de hoy, caracterizada por el establecimiento de medidas de alivio comunes para todo el país una vez doblegada la curva de contagios, permitiendo la movilidad fuera del domicilio, fundamentalmente en el ámbito privado, y medidas con un riesgo asociado de contagio muy bajo o nulo, siempre que se cumplan las indicaciones de seguridad, en base a la responsabilidad y autoprotección de los ciudadanos (actividad deportiva individual sin contacto y paseos, atención de huertos familiares, algunas actividades económicas con control de aforo, etc.).Para ello se proyectan medidas como el próximo 2 de mayo permitir salidas y ejercicios individuales de los adultos y se abrirán pequeños resquicios de actividad económica. Por ejemplo, la apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes como pudiera ser la apertura de restaurantes con servicio de comida para poder llevar a domicilio, sin consumo en el local. Otro ejemplo sería la apertura de entrenamientos individuales, de deportistas profesionales y federados y el entrenamiento básico de ligas profesionales. A lo largo de esta fase, de la Fase 0, de la fase de preparación hacia esa desescalada, se va a intensificar la preparación de todos los locales públicos con señalización y medidas de protección para preparar el comienzo de la siguiente fase, que es la Fase I Durante esta fase se podrán adoptar medidas que afecten exclusivamente a determinados territorios. En particular, islas sin movilidad exterior y con tasas de contagio prácticamente nulas, en consecuencia, la isla de Formentera en las Islas Baleares y las islas La Gomera, El Hierro y La Graciosa en Canarias anticiparán unos días, al cuatro de mayo su desescalada, situándose en la Fase 1. https://www.lamoncloa.gob.es/consejo...sescalada.aspx Por cierto que en el caso de los huertos urbanos hay alguna excepción respecto a que deba ser en el mismo municipio. No creo que se aplique lo mismo a la asistencia para el mantenimiento de embarcaciones. No sé si lo intentará alguna asociación, pero ahí hay un precedente. Esto se está volviendo excesivamente jurídico para lo que interesa en este foro, y estoy seguro de estar aburriendo a la mayor parte de los cofrades, así que doy por finalizada mi intervención en este hilo. Un cordial saludo. |
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#195
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Papaventos ;tus Intervenciones me resultan de las mas interesantes y mejor soportadas . Así que si te sirve mi comentario para que sigas interviniendo, bienvenido seas.
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| 2 Cofrades agradecieron a scampolo este mensaje: | ||
papaventos (02-05-2020), vent (02-05-2020) | ||
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#196
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Hay una variable que no sé hasta que punto puede afectar al plan de desescalada.
Esta es que el gobierno no consiga los apoyos necesarios para mantener el Estado de Alarma a partir del dia 11 de mayo, cosa que parece posible por parte del resto de partidos. En ese caso, creo que quedariamos en estado de emergencia sanitaria y, ¿pasaría la competencia a manos de las CCAA?. Si es asi, el plan de desescalada puede ser tambien dirigido y llevado a cabo por las CCAA y cambiar todo este tema de las fases. Es decir des- fasarlo ![]() ![]() |
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#197
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Cita:
Y menos cuando nos encontramos en Estado de Alerta, que se caracteriza por ser un estado situacional de la población totalmente excepcional, sometido a cambios que suponen que no puede en muchos casos esperarse a los procedimientos farragosos de la creación normativa... Es por ello que las notas informativas emitidas por comisiones creadas desde las diferentes delegaciones del gobierno en cada CAA y provincia despliegan sus efectos muchas veces desde su creación, y se ven situaciones totalmente irregulares, como enviar dichas notas a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, sin antes siquiera haberlas publicado en una web oficial, (paso determinante para su entrada en vigor)... Por ello, bastara con que las correspondientes delegaciones emitan dentro de sus notas informativas de las reuniones de los correspondientes comités de seguridad de cada provincia o CCAA, la conformidad con lo dispuesto por la DGMM, y a partír de ese momento ya quedará validado el desconfinamiento para acudir a las marinas y que se implementen las medidas del plan de la DGMM. No creo que tarden mucho, pues técnicamente por la DGMM se ha admitido que los mantenimientos y navegación son necesarios y que deben empezar en fase 0 y fase I respectivamente para residentes municipales, fase II para los residentes provinciales y fase III para el resto... Por lo que no creo que las delegaciones del gobierno vayan a tardar mucho en validar lo previsto por esa Dirección general de la marina mercante en cuanto a esas fases de desconfinamiento nautico..
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 02-05-2020 a las 12:45. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Fuerza 7 | ||
Alex (02-05-2020) | ||
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#198
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¿Pero no dabas ya por finalizada tu intervención?
![]() ![]() ![]() Si luego la pereza no me agarra lo mismo me meto a discutir un poco más, mientras tanto, horizontal y Sail In: http://www.sailinfestival.com/sail-in-home-sesion-7/ último pase! ![]() ![]() Cita:
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#199
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Cita:
Y lo que dicen es que mientras no sea así, dicha nota aclaratoria no tiene efecto. |
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#200
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Y visto por otro lado desde un profano que ya me he perdido desde minuto 2:
El primer comunicado la DGMM responde a ANEN, y el comunicado no es público o por lo menos yo no lo encuentro en la web del ministerio. Si es así, es otro, no DGMM ni Ministerio de Transportes quien lo divulga, ANEN en este caso. El resto del mundo mundial lo ha tomado como suyo. ¿No debería ser de otro modo si fuera dirigido al público general? Editado por 5ymitad en 02-05-2020 a las 13:01. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a 5ymitad | ||
Wasilopez (02-05-2020) | ||
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