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El Gobierno aprueba el empadronamiento en "cuevas"
Este sábado 2 de mayo el BOE publicaba "las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal".
Miguel Ángel Pérez Seguir a miguelpr832020-05-04
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Este sábado 2 de mayo el BOE publicaba "las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal".

Pedro Sánchez en las cuevas de Altamira | EFE
El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado el empadronamiento en "cuevas". Este sábado 2 de mayo el Boletín Oficial del Estado publicaba "las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal" de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.

La resolución de 45 páginas era publicada en el BOE por el Ministerio de la Presidencia y actualiza y modifica algunos puntos de la normativa aprobada en el año 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy. Sin duda, la medida más llamativa de la resolución se encuentra en el punto 3 sobre los "Casos especiales de empadronamiento".

La norma mantiene el artículo 3.3 denominado "Empadronamiento en infraviviendas y de personas sin domicilio" indica que "el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón".

"Las situaciones más extremas", añade el BOE, "pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el Padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección".
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