Re: Señal de Fondeo Diurna
En primer lugar he dicho que posiblemente este equivocado en mi respuesta, no he comentado con la soberbia que lo has hecho tu al hablar de mis mínimos conocimientos .
Ley 14/2014 de 24-VII de Navegación marítima . Art 56 .
BUQUE vehículo con estructura y capacidad para navegar por el mar y transportar personas o cosas que cuente con cubierta corrida y de eslora igual o superior a 24 metros .
En segundo lugar no hay ninguna lista de material de seguridad obligatorio en la que figure el disco de fondeo ni se lo han pedido a nadie que yo sepa al pasar la ITB .
Seguramente estaré equivocado igual que en mi anterior comentario , no me creo dios como otros y como siempre las leyes y normas son tan ambiguas y sujetas a la interpretación del capitán marítimo de turno que ni la GC sabe muchas veces que exigir y que no .
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