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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días, cofrades:
Vamos ahora con los requisitos del proceso de abanderamiento. Como todos los Registros dependientes del Registro Británico, tiene dos secciones, la Part I también llamado "Full Register" y la Part III, llamado "Small Ships Register". En la Part III sólo pueden abanderar los residentes o naturales de Jersey, así que esa vía la abandonamos. Centrándonos en la Part I, vemos que tiene una página de internet bastante bien estructurada: https://www.ports.je/shipsregistry/fullregistration/ en la que ya observamos ciertas características de interés: - La renovación es cada 10 años (en contraste con la británica, que es cada 5 años) - Los ciudadanos de la UE tienen derecho a abanderar en Jersey (en la británica también, con restricciones). - No es necesario ser residente (al contrario que en el Registro británico). El procedimiento viene explicado en el documento JR20 "Guidance notes on registration procedures", que tenemos disponible en inglés, francés e italiano. Continuará... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 12-09-2020 a las 07:12. Razón: Corrección de errores |
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#2
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Buenos días, cofrades:
Hoy vamos a repasar la documentación que debemos enviar. 1- Solicitud (Formulario JR01 "Application to register" o JR01A, si vamos a registrar a nombre de una empresa). Hay que proponer tres nombres, porque no puede haber otro barco con el mismo nombre registrado en Jersey (si nuestro barco se llama "Manolo y Pili" no tendremos problema ).2- Factura o contratos de compraventa de los últimos 5 años anteriores a la fecha de la solicitud. Si no están en inglés, hay que enviar traducción jurada al inglés. 3- Copia notarial o traducción jurada de los certificados de baja de registros anteriores (si están en inglés, como por ejemplo el certificado de baja del Registro belga, copia notarial; si no están en inglés, como el certificado de baja del Registro español, traducción jurada). 4- Declaración de idoneidad (Formulario JR05 "Declaration of elegibility"). Para los no residentes en Jersey es obligatorio designar un representante en Jersey; esto es un trámite administrativo vestigial sin efectos, ya que normalmente el Registro se relaciona con el propietario. Si conocemos a alguien que viva allí (algo más bien improbable), podemos pedirle el favor. Si no, hay empresas que se prestan a ello previo pago de una cantidad variable. Como ayuda, el documento JR17 "Representative persons 2019-2020" contiene una lista de dichas empresas. Conviene preguntar antes las tarifas y elegir la más barata. 5- Certificado de arqueo, emitido precisamente por alguno de los organismos que figura en el documento JR21 "List of surveyors". En el documento hay dos listas, la de las empresas autorizadas a emitir certificados para barcos de recreo de cualquier eslora y la de las que están autorizadas sólo para emitir certificados a barcos de recreo de eslora inferior a 24 m. Es preferible ponerse en contacto con las empresas de esta última lista y pedir presupuesto. Por lo que he visto, hay medidores que viven en España, por lo que el trámite no debería ser especialmente molesto. Como en el caso anterior, mejor elegir el presupuesto más barato. 6- Pagar las tasas, que vienen detalladas en el documento JR25 "Fees for full registration". Se puede pagar por cheque (desaconsejable, porque tiene que estar en libras, y el banco nos va a aplicar comisiones por emisión de cheque y cambio de moneda) o por tarjeta de crédito. Continuará... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 12-09-2020 a las 07:16. Razón: Corrección de errores |
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#3
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Buenas noches, cofrades:
Seguimos con las vicisitudes del abanderamiento en Jersey... Una vez que hemos enviado todos los documentos y pagado las tasas nos las prometemos muy felices porque lo único que falta es que nos manden el certificado de registro, ¿no? Pues ¡¡nooooo!! Los británicos tienen una costumbre muy arraigada (como todas las que tienen) que es la del "carving and marking", literalmente "grabado y marcado", que en origen consistía en el tallado a cincel del número de registro del barco y de su arqueo en la cuaderna maestra. Esta bonita costumbre se ha abandonado, más que nada por la falta de cuadernas maestras, pero continúa en la forma que ahora veremos. Pues bien, la Oficina del Registro nos remitirá la "Carving and Marking Note", en la que se indica cómo hay que proceder para marcar correctamente el barco. Deberemos rellenarla y firmarla en el espacio al efecto, y devolverla junto con evidencia fotográfica del marcado del barco. Éste se hace de la siguiente forma: - En la popa, el nombre del barco y, o bien la palabra “Jersey”, o las siglas de nuestro club náutico (el mismo que indicamos en su momento, si es que lo hicimos, al rellenar el formulario JR01), también de al menos 10 cm de altura. - En algún lugar que forme parte de la estructura del casco, suficientemente visible pero suficientemente discreto, una placa de metal, madera o plástico, que lleva grabados el Número de Registro (“Official Number”) y el arqueo (“registered tonnage”), y que se tiene que fijar de modo permanente (pegada con epoxi, remachada o atornillada con tornillos antirremoción, o con tornillos normales a los que luego se les taladra la cabeza). Una vez que la Oficina de Registro considere que el trámite de grabado y marcado está cumplido satisfactoriamente, nos mandará, ahora sí, el Certificado de Registro, con lo que podremos pasar al siguiente paso. Continuará... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 07-04-2021 a las 08:21. Razón: Corrección de errores |
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iuri (14-09-2020) | ||
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#4
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Buenas por lo visto será mejor esperar acontecimiento con Polonia, que parece que se va viendo luz al final del tunel.
y vayan unas para tod@s |
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#5
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Buenas tardes, cofrades:
Vamos ya con el final, la solicitud de Licencia Radio y el registro de la radiobaliza. Ambas se hacen por internet, y ambas son gratuitas. Para la Licencia Radio tenemos que entrar en la página de la OfCom: https://www.ofcom.org.uk/manage-your...ensing-service registrarnos, introducir los datos personales, los del barco y los de los equipos radio. En lo que respecta a la radiobaliza, no debemos introducir el HEX ID, porque este cambiará cuando nos den el nuevo MMSI británico. Para registrar la radiobaliza, primero deberemos reprogramarla con el HEX ID que corrresponda a nuestro nuevo MMSI. Para la reprogramación de las radiobalizas, mirad aquí: https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=183589 Una vez que la tengamos reprogramada, entramos en la página de internet del Registro de Radiobalizas británico: https://forms.dft.gov.uk/mca-sar-epirb/ nos registramos, introducimos nuestros datos personales, los del barco, los de la radiobaliza y los puntos de contacto en tierra para emergencias. La enorme ventaja que tienen ambas páginas es que cualquier cambio se puede gestionar en remoto y gratis. ![]() Continuará (ya queda poco...) Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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atria (21-09-2020) | ||
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#6
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Creo que me sale más a cuenta pagar ITB cada 5 años y las bengalas cada 4 y la balsa..... pues cuando me vaya fuera a zona 2 pues la reviso.
presupuesto itb 90 al año bengalas 60 al año balsa 350 al año total 500 + o - Para todo lo demás ........ master card ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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ROyOR (14-09-2020) | ||
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#7
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Es un punto de vista...
Pero no se puede dejar de tener en cuenta que todos los gastos de la bandera de Jersey, excepto el de renovación cada 10 años (100 libras) son por una sola vez, mientras que las ITB's y otros gastos parásitos (por ejemplo, si quieres instalar una radio nueva) los pagas mientras tengas el barco. Llega un momento en que sí trae a cuenta. Por no hablar de la tranquilidad que da no estar sometido a las arbitrariedades de la DGMM. Eso sí que no lo paga ni la MasterCard. Saludos y ![]()
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Jcastillo (15-09-2020) | ||
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#8
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presupuesto itb 90 al año
Vaya precio! A mí no me bajaba de 350 € para un 8 m. ![]() |
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