Por favor, inserta cada tema en el foro más adecuado. La inserción de temas donde no correspondan puede conllevar directamente su eliminación. Gracias. webmaster@latabernadelpuerto.com
Pero si no se abonó el IVA o se desgravó por la explotación comercial en 6ª hay que volver a pagarlo. Ojo.
Si la embarcación ha cumplido una serie de años en 6ª, (creo que son 5), ya no se paga iva, sino el impuesto de transmisión de patrimonio, que según la comunidad es de un % diferente.