Re: bandera cortesia con escudo
Sobre la obligación de llevarla no sé qué decir, porque creo que es un tema de Costumbre Internacional.
Pero, en caso de llevarlo, sobre el tamaño de la misma sí hay regulación:
El Real Decreto 2335/1980, de 10 de octubre, por el que se regula el uso de la Bandera de España y otras banderas y enseñas a bordo de los buques nacionales
'Artículo segundo.
Uno. Se reservará el asta de popa y el pico del palo mayor para la Bandera de España.
Dos. Ninguna otra bandera ni enseña podrá permanecer izada si no lo está el Pabellón nacional y sus dimensiones nunca serán superiores a un tercio del área de éste.'
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