Cita:
Originalmente publicado por kUcHilla
A mi lo que me sorprende es que siendo la compra una cesión de un derecho de uso preferente, este tenga gravamen de ITP.
Esto también hay que tenerlo en cuenta respecto a los precios, pues es un 10%
¿Tiene sentido pagar ITP por algo que no es patrimonio?
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Hola,
Es que el alquiler de un bien inmueble también tributa ITP, otra cosa es la gente lo haga. En las compraventas como son ante notario éste informa a la AEAT y por tanto si no lo haces en un mes se te cae el pelo. Pero en los alquileres no hay quien les informe, gracias a dios...
Pero en los alquileres de los pisos se ha de pagar ITP. Me dedico a este tipo de gestión inmobiliaria.