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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Si quieres pasar revisión, esto es lo que dice la ley polaca (traducida por Google) pero como bien dice Apagapenol, no es obligatorio no pasando revisión.


EQUIPAMIENTO PARA YATES DE MAR HASTA 24 M DE LONGITUD
I. Medidas de salvamento
1) Un yate en las Regiones 3 y 4 (navegación en alta mar y oceánica) debe tener:
(a) balsas salvavidas inflables * capaces de acomodar a todos los presentes
en el yate,
b) dos aros salvavidas, incluido uno con una boya ligera y un asta de bandera
y el otro como salvavidas; un yate con una eslora de al menos 15 m, navegando
oceánico, debe tener 4 ruedas,
c) cinturones / chalecos salvavidas ** para cada persona en el yate;
2) Yate en Área T, 1 y 2 (navegando en aguas de entrenamiento, áreas protegidas y costeras)
nej) debería tener:
a) dos aros salvavidas, incluido uno con una boya ligera y un asta de bandera
y el segundo con un salvavidas,
b) cinturones / chalecos salvavidas ** para cada persona en el yate,
(c) balsas salvavidas inflables * , capaces de acomodar a todos los presentes
en el yate;
3) Cada barco en las Regiones 1, 2, 3 y 4 (protegido, costero, mar adentro
y océano) deben tener cinturones de seguridad para todas las personas en el yate,
y el yate en el Área T (navegando en aguas de entrenamiento) debe tener un mini
cinturones de seguridad de mamá para al menos la mitad de las personas en el yate. Donde el chaleco
Los aros salvavidas están equipados con un arnés que funciona como cinturón de seguridad - adicional
no se requieren cinturones de seguridad;
4) Un yate en las Regiones 3 y 4 (navegación en alta mar y oceánica) debe tener:
a) 12 cohetes paracaídas rojos,
b) 1 boya de humo naranja;
5) Un yate en la Región 2 (transporte costero) debe tener:
a) 6 cohetes paracaídas rojos,
b) 1 boya de humo naranja;
6) El yate en la Región T (navegando en aguas de entrenamiento) de noche y en la Región
no 1 (envío protegido) debe tener:
a) 3 cohetes paracaídas rojos,
b) 1 boya de humo naranja.
Anexos a la ordenanza del Ministerio de Transporte, Construcción
y Economía Marítima de 28 de febrero de 2012 (ítem 326)
Apéndice 1
Página 7
Revista de leyes
- 7 -
Artículo 326
* Estándares de balsa salvavidas aceptados
No. Balsa estándar
Zona de envío
1
enfundado
2
costero
3
costa afuera
4
oceánico
1
SOLAS - Un paquete




1)
2
SOLAS - Paquete B



3 ISO 9650-1 paquete 1



1) En yates de hasta 15 m de eslora, también en la Región 4 (transporte marítimo), está permitido utilizar
con la norma ISO 9650-1 paquete 1.
** Normas aceptadas de cinturones / chalecos salvavidas
No. Cinturón / chaleco estándar
Zona de envío
1
enfundado
2
costero
3
costa afuera
4
oceánico
1
Arnés de salvamento SOLAS




2
cumpliendo con la norma
transponiendo el estándar
EN ISO 12402-2 [275 N]




3
cumpliendo con la norma
transponiendo el estándar
EN ISO 12402-3 [150 N]


Pensamientos generales:
1. Para balsas colocadas en un contenedor rígido en la cubierta abierta, se recomienda
fijación con el uso de una liberación hidrostática.
2. Las emisiones hidrostáticas deben tener una certificación válida.
3. Las balsas deben estar certificadas y tener una atestación válida.
4. Balsas salvavidas en las zonas T, 1 y 2 (navegación en aguas de entrenamiento, abrigadas
y costero) son el equipo recomendado.
5. Los chalecos salvavidas y los chalecos salvavidas para yates en la navegación de 24 horas deben estar en su lugar
equipado con lámparas que cumplen los requisitos del Codec LSA mencionado en
fork 34 Capítulo III del Convenio SOLAS, mencionado en el art. 33 punto 5 lit. y la ley
de 18 de agosto de 2011 sobre seguridad marítima.
6. Se deben proporcionar cinturones / chalecos salvavidas adecuados para cada persona con sobrepeso.
menos de 32 kg en el yate.
7. Los chalecos salvavidas inflables deben activarse automáticamente después
caer al agua.
8. En el caso de chalecos neumáticos, se requiere una reserva del 10% (o cartuchos de repuesto)
en relación con el número de personas en el yate, pero no menos de 1.
9. Los yates que navegan bajo supervisión están exentos de la necesidad de equipar
con las medidas de señalización mencionadas en los puntos 4, 5 y 6.
II. Equipo de señalización
1) El yate debe tener una linterna, letreros diurnos, equipo de señalización de acuerdo con los requisitos.
del Convenio para la Prevención de Colisiones, a que se refiere el art. 5 punto 33 lit. c de la ley
de 18 de agosto de 2011 sobre seguridad marítima.
Página 8
Revista de leyes
- 8 -
Artículo 326
2) Los yates que navegan bajo supervisión están exentos de la obligación de llevar el equipo.
señal.
III. Equipo de navegación
No.
Nombre del equipo
Zona de envío
Unidad
1
enfundado
2
costero
3
costa afuera
4
oceánico
1
2
3
4
5
6
7
1 brújula magnética 1)
1
1
1
1
pcs
2
Brújula
repuesto o brújula
rodamiento 1)
-
-
CON
1
pcs
3 Barómetro - aneroide
-
1
1
1
pcs
4 prismáticos
1
1
1
1
pcs
5
Equipo para medir
profundidad
-
-
1
1
pcs
6 secundaria
-
-
1
1
pcs
7 sextante
-
-
-
CON
pcs
8 Cronómetro o reloj
-
-
-
CON
pcs
9 Set para trabajar con mapas
1
1
1
1
pcs
10
Cartas náuticas o
navegando 2)
1
1
1
1
colocar
11 posiciones de mar 2), 3)
1
1
1
1
colocar
12 Lista de luces 2), 3), 4)
1
1
1
1
colocar
13 cartas de navegación
-
-
CON
CON
pcs
14 Anuario astronómico
-
-
-
CON
pcs
15 Tablas de mareas 2), 5)
-
1
1
1
colocar
dieciséis
Signos y abreviaturas utilizados
en mapas
-
1
1
1
colocar
17 MPZZM - COLREG 72 6)
1
1
1
1
pcs
18
Regulaciones portuarias,
MKS 2), 3), 7)
1
1
1
1
colocar
19
Lista de estaciones de radio
náutico 2)
-
-
1
1
colocar
veinte
Receptor de satélite
el sistema de navegación,
por ejemplo, GPS
-
1
1
1
pcs
21 Radar 8)
-
1
1
1
pcs
22 Reflector de radar 9)
1
1
1
1
pcs
23
Sistema automatico
Identificación AIS
CON
CON
CON
CON
pcs
Explicaciones:
Z - Equipo recomendado.
1) La brújula debe tener una aprobación o un certificado de prueba emitido por un reconocido
estación de atestación.
Página 9
Revista de leyes
- 9 -
Artículo 326
2) Cartas náuticas y de vela, así como publicaciones de navegación y reglamentos portuarios, para la ruta de viaje prevista.
Las ediciones deben estar actualizadas y corregidas. Estos requisitos pueden completarse con mapas electrónicos vectoriales,
siempre que el yate tenga una versión en papel de los mapas o que el sistema esté duplicado.
3) En el Área 1 (envío protegido), un extracto de las publicaciones enumeradas en el ítem 11, 12 y 18.
4) Se requiere la lista de luces en un yate que opera las 24 horas del día.
(5) Tablas de mareas requeridas para viajes en regiones de mareas.
6) la Convención para la Prevención de Colisiones, a que se refiere el art. 5 punto 33 lit. c de la Ley de 18 de agosto
2011 sobre seguridad marítima; la publicación de la Convención de Prevención de Colisiones debería estar en
equipo de yate.
7) Código internacional de señales: el yate debe proporcionar la publicación relativa al ICS.
8) Se aplica a yates con una eslora de al menos 20 m.
9) Se aplica a los yates con un arqueo bruto inferior a 200. El reflector de radar debe estar certificado y presente
instalado de acuerdo con la normativa.
IV. Dispositivos de comunicación por radio
1) Un yate en la Región 4 (navegación oceánica) debe estar equipado con al menos:
a) radioteléfono fijo VHF con DSC,
b) la terminal de satélite del barco o el radioteléfono de ondas hectométricas / decamétricas (onda media y corta) del sistema
mem DSC, o un teléfono móvil satelital con acceso a un número de emergencia
centro de salvamento marítimo,
c) Haz de radio de emergencia de 406 MHz (EPIRB),
d) dispositivo para recibir pronósticos y avisos meteorológicos,
(e) Transpondedor de radar de rescate (SART) o transpondedor AIS de rescate (AIS
SART);
2) Un yate en la Región 3 (navegación marítima) debe estar equipado con al menos:
a) radioteléfono fijo VHF con DSC,
b) Haz de radio de emergencia de 406 MHz (EPIRB),
c) un dispositivo para recibir pronósticos y avisos meteorológicos;
3) Un yate en la Región 2 (transporte costero) debe estar equipado al menos
w Radioteléfono VHF;
4) Cada yate debe poder recibir información sobre seguridad marítima.
y previsiones meteorológicas;
5) En las proximidades de los dispositivos instalados, especialmente los de alarma, coloque
reducir los procedimientos de emergencia.
Nota general:
El servicio de radiodifusión de emergencia (EPIRB) debe registrarse e ingresarse en los registros
transmisores de socorro a bordo y personales.
Página 10
Revista de leyes
- 10 -
Artículo 326
V. Equipo de protección contra incendios
No.
Área / Lugar
Tipo de equipamiento
1 Puesto de control principal o cabina *
Extintor para grupo fuego ABC 2 kg - 1 ud
2
Por cada 20 m 2 de espacio habitable.
Si el espacio habitable (área o grupo
las cabañas están separadas del resto de la unidad
particiones defectuosas como cubiertas o
mamparos que pueden instalarse
en la puerta o trampilla), luego para cada compartimento *
Extintor para grupo fuego ABC 2 kg - 1 ud
3
Dentro de cada dispositivo con abierto
llama 1)
Extintor para grupo fuego ABC 2 kg - 1 ud
o una manta ignífuga y un extintor de incendios grupal
ABC 1 kg - piezas 1
4 Unidad con motor fueraborda 2)
Extintor grupo fuego ABC 2 kg - 1 ud
5
Fuera del compartimiento del motor, pero no
a más de 2 m de la abertura de extinción de incendios en ambos
aprenderá el motor
Para motores con potencia total (propulsión
y auxiliar) hasta 120 kW:
- extintor para grupo de fuego ABC 4 kg - 1 ud
(o alternativamente 2 extintores de 2 kg cada uno)
Para motores con potencia total (propulsión
y auxiliar) por encima de 120 kW:
- extintor para grupo de fuego ABC 4 kg - 2 uds.
Si se utiliza una instalación fija
sistema de extinción bajo la supervisión de un clasificador
No se requiere quemar en extintores
1) Cuando hay puestos de control o cabina en el espacio y es al mismo tiempo
la sala de estar en la que se encuentra el dispositivo con una llama abierta solo es necesaria
un extintor de incendios del grupo ABC de 2 kg.
2) Requerido cuando el motor fuera de borda está ubicado dentro de la posición de control o cabina
un solo extintor grupo ABC de 2 kg.
Pensamientos generales:
1. Todo equipo de lucha contra incendios debería ser de fácil acceso y estar marcado con el apropiado.
Símbolo ISO y sujeto a pruebas periódicas.
2. El yate debe estar equipado con instrucciones para el capitán y el usuario en las que deben estar
incluyó la siguiente información:
- equipo de protección contra incendios,
- actividades de mantenimiento relacionadas con equipos de protección contra incendios,
- avisos de advertencia adicionales para el usuario del yate.
3. La obligación de equipar con equipo de protección contra incendios no se aplica a los yates sin
motor, sin instalación eléctrica y sin estufa.
Página 11
Revista de leyes
- 11 -
Artículo 326
VI. Equipo de a bordo
El yate debe estar equipado con al menos:
- herrajes de ancla con cadena o cuerda, según el tamaño del yate,
- equipo de amarre adecuado al tamaño del yate,
- un conjunto de herramientas y repuestos necesarios para realizar trabajos de reparación en el
en cubierta, adecuado al tamaño del yate y al tipo de propulsión,
- botiquín de primeros auxilios * ,
- cortadores de aparejos para yates de vela de al menos eslora
12 m.
* Se recomienda que el equipo del botiquín cumpla con los requisitos del Reglamento del Ministerio de Salud
de 3 de noviembre de 2003 sobre los requisitos mínimos de seguridad y salud
con el fin de garantizar un mayor nivel de tratamiento en los buques (Revista de leyes núm. 194, artículo 1904),
dependiendo del destino del yate y la zona de navegación
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2 Cofrades agradecieron a Ppd3 este mensaje:
Dorf (18-05-2021), humpback (14-05-2021)
  #2  
Antiguo 14-05-2021, 12:11
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Buenos días y cervezas fresquitas.
Retomando un asunto que ya se había tratado en este hilo, y en relación al registro de EPIRB y PLB de embarcaciones con bandera polaca, Polonia no admite radiobalizas que no tengan HEX ID con prefijo polaco.
Y, si esto es así, es necesaria una reprogramación con un ID polaco. Pero, ¿se cambia solamente el prefijo del pais, o hay que asignarle un número de registro nuevo?
Yo hasta la semana pasada he sido belga, con PLB de prefijo ID de UK (232).



¿Alguna experiencia al respecto?
__________________
___
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  #3  
Antiguo 14-05-2021, 23:32
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Cita:
Originalmente publicado por Capitansito Ver mensaje
Buenos días y cervezas fresquitas.
Retomando un asunto que ya se había tratado en este hilo, y en relación al registro de EPIRB y PLB de embarcaciones con bandera polaca, Polonia no admite radiobalizas que no tengan HEX ID con prefijo polaco.

Y, si esto es así, es necesaria una reprogramación con un ID polaco. Pero, ¿se cambia solamente el prefijo del pais, o hay que asignarle un número de registro nuevo?

Yo hasta la semana pasada he sido belga, con PLB de prefijo ID de UK (232).

¿Alguna experiencia al respecto?
Sobre la reprogramación de radiobalizas EPIRB hice hace algún tiempo un hilo dedicado al particular:

https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=183589

Las PLB son más complicadas, porque el grado de aceptación de las PLB por parte de las distintas naciones dista mucho de ser tan uniforme como con las EPIRB. Polonia admite el uso de PLB's siempre que se disponga de una licencia de radiooperador. El procedimiento de registro de PLB's es muy parecido al de EPIRB's, aunque con ciertas diferencias. Si necesitas saber algo más sobre cómo llevar a cabo el registro de PLB's, envíame un privado.

En todo caso, en los códigos de programación de las PLB siempre aparece el MID y el número de serie. En ciertos casos, y a criterio de la Administración responsable del registro de la PLB, también se puede programar el Certificado de Aprobación de Modelo (Type Approval Certificate - TAC) de COSPAS-SARSAT. Éste es el caso de Polonia. Por tanto, quien quiera registrar su PLB en Polonia, tendrá que pedir la reprogramación al servicio técnico correspondiente.

Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol
Capitansito (15-05-2021)
  #4  
Antiguo 15-05-2021, 09:08
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Sobre la reprogramación de radiobalizas EPIRB hice hace algún tiempo un hilo dedicado al particular:

https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=183589

Las PLB son más complicadas, porque el grado de aceptación de las PLB por parte de las distintas naciones dista mucho de ser tan uniforme como con las EPIRB. Polonia admite el uso de PLB's siempre que se disponga de una licencia de radiooperador. El procedimiento de registro de PLB's es muy parecido al de EPIRB's, aunque con ciertas diferencias. Si necesitas saber algo más sobre cómo llevar a cabo el registro de PLB's, envíame un privado.

En todo caso, en los códigos de programación de las PLB siempre aparece el MID y el número de serie. En ciertos casos, y a criterio de la Administración responsable del registro de la PLB, también se puede programar el Certificado de Aprobación de Modelo (Type Approval Certificate - TAC) de COSPAS-SARSAT. Éste es el caso de Polonia. Por tanto, quien quiera registrar su PLB en Polonia, tendrá que pedir la reprogramación al servicio técnico correspondiente.

Saludos y
Muchas gracias Apagapenol. Entonces antes del registro, e incluso de la obtención del MMSI polaco, tengo que solicitar la reprogramación de la PLB con un código "polaco". Espero que no me salga más barato comprar una nueva (polaca).
Gracias y saludos.
__________________
___
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  #5  
Antiguo 15-05-2021, 13:24
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Alguien que abanderara hace poco en Polonia podría indicarme como rotular el barco.
Unos dicen que nombre en amuras y npmbre nº de registro y puerto en popa
otros que nombre y puertoe n popa y nº de registro en aletas
Ya sé que nadie vaa venir a inspeccionar el barco y ver si está correcta la rotulación, pero prefiero tener rotulado el barco correctamente
un saludo
__________________
Salud y buen viento




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  #6  
Antiguo 15-05-2021, 18:27
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Cita:
Originalmente publicado por burlanegra1 Ver mensaje
Alguien que abanderara hace poco en Polonia podría indicarme como rotular el barco.
Unos dicen que nombre en amuras y npmbre nº de registro y puerto en popa
otros que nombre y puertoe n popa y nº de registro en aletas
Ya sé que nadie vaa venir a inspeccionar el barco y ver si está correcta la rotulación, pero prefiero tener rotulado el barco correctamente
un saludo
Una fotocopia plastificada de la documentación colgando de la botavara ,creo que sería lo suyo. Así te evitas problemas con la patrullera polaca.
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