
21-05-2021, 12:36
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Capitán pirata
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Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.
Cita:
Originalmente publicado por trabañarru
Ahora la pregunta es:
Hasta donde pueden entrar, cubierta, camarote?
Sólo los camarotes están protegidos como si fuera un domicilio. En el resto, al no ser paso inocente, si pueden. Hay jurisprudencia al respecto.
Material de seguridad, tengo que llevar según la zona en la que me encuentre ( hasta las 12 millas) y según los tripulantes que tenga a bordo ( chalecos, con luces si es de noche).
A partir de la zona 4, que?, me pueden multar por pasar a zona 3?
Fuera de las 12 millas, me pueden imponer la ley española?.
No, ya que el RD de seguridad solo se aplica hasta las 12 millas. Fuera de las 12 millas solo tendrás que cumplir la legislación de tu bandera, y solo ellos te pueden sancionar.
Y otro tema, la tan llamada disposición adicional quinta, "un español en un barco extranjero por titulación, tiene que cumplir legislación española", esta ley tambien de muy dudosa "legalidad" fuera de las 12 millas, sabe alguien si alguno fue sancionado??
La legislación española solo se puede aplicar fuera de las 12 millas a embarcaciones de bandera española.
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Salvo mejor interpretación, Un saludo.
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